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Catedrático “Resumen Páginas 100-200”

josenovelo21Biografía6 de Mayo de 2017

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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON[pic 1][pic 2]

FACULTAD DE CONTADURIA PÚBLICA Y ADMINISTRACION

DERECHO SOCIETARIO

Juan Pablo Armendáriz Y.

Catedrático

“Resumen Páginas 100-200”

Nombre: Novelo Medina Mario Alejandro

Matricula: 1693320

Grupo: GW

Monterrey, Nuevo León a 12 de Mayo del 2017

Capitulo 11  SOCIEDAD ANÓNIMA LA VIGILANCIA

  1. Concepto: la vigilancia de la sociedad anónima es un órgano de fiscalización y control del trabajo o act. De los administradores.
  2. Los comisarios: estará a cargo de 1 o varios comisarios, temporales y revocables, quienes pueden ser socios o personas extrañas a la sociedad.
  3. Prohibiciones para ser comisario: establece el artículo 165 que no podrán ser comisarios:
    -los inhabilitados para hacer el comercio
    -los empleados de la sociedad y de aquellas sociedades que sean accionistas
    -los parientes consanguíneos de los administradores.
  4. Facultades y obligaciones de los comisarios:
    -cerciorarse de la constitución y subsistencia de las garantías que exige la ley.
    -exigir a los administradores una info. Mensual que incluya edo. De la situación financiera y un edo. De resultados.
    -realizar un examen de las operaciones, documentación y registros.
    -rendir informe anual a la asamblea Gral.
    -convocar a asambleas ordinarias y extraordinarias
    -asistir con voz pero sin voto a todas las sesiones del consejo
    -asistir con voz pero sin voto a las asambleas generales  de los accionistas.
  5. Nombramiento y revocación: los comisarios como vigilancia de la Soc. anónima son nombrados por la asamblea ordinaria de accionistas y solo en caso de excepción, cuando no los hubiese y a petición de cualquier accionista lo hará la autoridad judicial del domicilio de la sociedad, y estos comisarios serán provisionales hasta que la asamblea ordinaria de accionista haga los nombramientos definitivos.
  6. Garantía o caución de los comisarios: los comisarios al igual que los administradores deberán otorgar garantías económicas por las responsabilidades en que puedan incurrir en sus funciones.
  7. Responsabilidades de los comisarios: serán responsables con la sociedad por el cumplimiento de la ley y los estatutos que les imponen.

Capítulo 12 SOCIEDAD ANONIMA  ASAMBLEA DE ACCIONISTAS

  1. Concepto: la asamblea general de accionistas es el órgano supremos de la sociedad que puede acordar y ratificar todos los actos y operaciones de la misma
  2. Convocatoria y reunión: la convocatoria para las asambleas de accionistas deberá hacerse por el administrador o el consejo de administración o por los comisarios
  3. Asambleas generales ordinarias: son ordinarias aquellas que se reúnen para tratar cualquier asunto de importancia Gral. Siempre y cuando no seas aquellos que la ley reserva para las asambleas generales extraordinarias.
    diferencia entre las ordinarias y extraordinarias está en la relación a los asuntos a tratar, a los quórum, y votaciones mayoristas por la ley.
  4. Asamblea generales extraordinarias: deberán estar representadas, por lo menos, las ¾ partes (setenta y cinco por ciento) del capital social.
    las asambleas generales extraordinarias tienen competencia para conocer los asuntos sgts.:
    - prórroga de la duración
    -disolución anticipada de la sociedad
    -aumento o reducción del capital
    -cambio de objeto de la sociedad
    -cambio de nacionalidad de la sociedad
    -transformación de la sociedad
    -fusión con otra sociedad
  5. Actas de asambleas: cada vez que se celebre una asamblea general de accionistas se levantara un acta pormenorizada con la orden del día, las deliberaciones de los puntos a tratar, las votaciones y resoluciones.
  6. Asambleas especiales: es esta se requerirá la mayoría exigida para las modificaciones al contrato constitutivo (mayoría absoluta) la cual ira en relación al número total de acciones de la categoría de que se trate.

Capítulo 13  LA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

  1. Concepto: es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.
  2. Nombre de la sociedad: podrá ser por razón social o por denominación social.
  3. Socios comanditados y socios comanditarios: los socios comanditados aportan solo su trabajo y responden solidaria, subsidiaria e ilimitadamente con su patrimonio personal de las obligaciones sociales, en cambio los socios comanditarios aportan capital y sus aportaciones se encuentran representadas en títulos de créditos llamadas acciones y solo responden hasta el momento de sus aportaciones (limitadamente).
  4. El capital social y las acciones: lo forma las aportaciones de los socios comanditarios y como lo manifestamos, representa por acciones y por tanto el capital social como las acciones en esta sociedad se regirán por las reglas establecidas por la ley Gral. De sociedades mercantiles.
  5. La organización de la sociedad: se refiere a los órganos en comandita por acciones que son:
    - la asamblea Gral. De accionistas, -el administrador o consejo de administración y los comisarios o vigilancia

Capítulo 14  SOCIEDAD COOPERATIVA

  1. Concepto: la sociedad cooperativa es una sociedad mercantil integrada por personas físicas con intereses comunes, principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua.
  2. Principios de la sociedad cooperativa:
    -libertad de asociación y retiro voluntario de los socios.
    -administración democrática
    -limitación de intereses a algunas aportaciones de los socios si así se pactara.
    -distribución de los rendimientos en proporción a la participación de los socios.
    -fomento de la educación cooperativa
    -participación en la integración cooperativa
    respeto al derecho individual de los socios de pertenecer a cualquier partido político o asociado religioso.
    -promoción de la cultura ecológica.
  3. La constitución de una sociedad cooperativa.
    -se reconoce un voto por socio
    -serán de capital variable
    -habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones
    -tendrán duración indefinida
    -se integraran con un mínimo de 5 socios.
  4. Las bases constitutivas: son el equivalente en las demás sociedades mercantiles de sus requisitos de contenido del acta constitutiva y de sus estatutos como norma de org. Y funcionamiento.
  5. Clases: 1. La de consumidores de bienes y/o servicio, 2. De productos de bienes y/o servicios
  6. Categorías: -ordinarias, - de participación estatal
  7. Órganos y funcionamiento
    -la asamblea general.
    -el consejo de administración
    -el consejo de vigilancia
    -las comisiones que ordene la ley y las que establezca la asamblea general.

TERCERA PARTE

GENERALIDADES DE LAS OBLIGACIONES Y LOS CONTRATOS MERCANTILES

Capítulo 1  LAS OBLIGACIONES MERCANTILES

  1. Concepto: como la que tiene que cumplir el deudor o sujeto pasivo de la relación para con el acreedor, o sujeto activo, pudiendo consistir en una prestación de dar, hacer o no hacer.
  2. Elementos de la obligación:
    -la relación jurídica: se lleva por medio de contratos, son acuerdos de voluntades entre las partes con la finalidad de crear o transmitir derechos y obligaciones.
    -los sujetos: el pasivo o deudor, quienes se obligan a cumplir con la prestación pactada.
    -el objeto: consiste en la prestación a la que está obligada a cumplir el sujeto deudor o pasivo de la relación jurídica.
  3. Clases de obligaciones:
    -puras y condicionales
    -a plazo
    -conjuntivas y alternativas
    -mancomunadas y solidarias
    -de dar, hacer o no hacer
  4. Formas de transmitir las obligaciones:
    -cesión de derechos
    -cesión de deudas
    -subrogación
  5. Formas de extinguir las obligaciones:
    -pago
    -dación en pago
    -compensación
    -confusión de derechos
    -novación
    -remisión de deuda
    -Nulidad
    -rescisión
  6. Incumplimiento de las obligaciones:
    -Mora
    -Daños y perjuicios
    -Clausula penal

Capítulo 2  EL CONTRATO MERCANTIL

  1. Concepto:
    -contrato: es el acuerdo de voluntades de o más personas con el propósito de crear y transmitir derechos y obligaciones.
    -convenio: es el acuerdo de voluntades de 2 o más personas con el propósito de modificar y extinguir derechos y obligaciones.
  2. Elementos necesarios de existencia:
    -el acuerdo de voluntades o consentimiento
    -el objeto
  3. Elementos necesarios de validez:
    -la licitud
    -la formalidad
    -ausencia de vicios en la voluntad
    -el error
    -violencia
    -dolo
    -lesión
    -la capacidad jurídica

Capítulo 3  CONTRATOS MERCANTILES

  1. Compra venta. Generalidades: aquel por el cual una persona llamado vendedor se obliga a transmitir la propiedad de una cosa o un derecho a otra llamada comprador que se obliga a pagarle a cambio un precio cierto y en dinero.
    -compraventa en abonos
    -compraventa con reserva de dominio
    -compraventa sobre muestras y calidades
    -compraventa contra documentos.
  2. Contrato de préstamo mercantil

-Concepto: llamado contrato de mutuo, es aquel por medio del cual el mutuante se obliga a transmitir la propiedad de una suma de dinero u otras cosas fungibles al mutuario, quien se obliga a devolver, otro tanto de la misma especie y calidad
-Restitución
-Plazos: el mutuario deberá cumplir con su  obligación en el plaza o tiempo pactado en el contrato de préstamo mercantil.
- Intereses

  1. Contrato de comisión mercantil
    -concepto: es aquel por medio del cual una persona llamada comisionista se obliga a realizar actos de comercio que otra persona llamada comitente le encarga lleve su nombre.
    -Elementos: uno de los elementos es el acuerdo de voluntades o consentimiento
    -Derechos y obligaciones del comitente y comisionista: el comisionista tiene la obligación de remunerar al comisionista por su trabajo salvo pacto en contrario, y en caso de no existir estipulación previa, el monto se regulara por el uso mercantil de la plaza donde se realice la comisión.
    -Extinción de la comisión mercantil: se puede extinguir por revocación hecha por el comitente, también puede terminar  por renuncia del comisionista, según lo dispone el art. 278 de la mencionada ley que nos ocupa. Otra causa es por muerte o inhabilitación del comisionista, por vencimiento del plazo pactado o por terminación de la comisión.
  2. Contrato de transporte:
    -Concepto: es un contrato por medio del cual una persona llamada porteador se obliga por medio de una retribución del cargador, a trasladar personas o cosas de un lugar a otro.
    -Elementos: el porteador ene el contrato de transporte, es la persa. Que se obliga a transportar las cosas o personas., el cargador o remitente es la persona que entrega al porteador las cosas para su transporte., el consignatario o destinatario es aquella persona a cuya orden van dirigidas las cosas objeto del transporte.
    -La carta del porte
  3. Contrato e deposito:
    -Concepto: es aquel por medio del cual el depositario se obliga hacia el depositante a recibir  una cosa, mueble o inmueble que este le confía, y ha guardado para restituirla cuando la pida el depositante.
    -Obligaciones del depositario y del depositante:
    depositario: conservar la cosa objeto del depósito, devolverla o restituirla con los doctos, responder de los menoscabos, daños y perjuicios
    depositante: retribuir o pagar al depositario lo pactado en el contrato.
    -Almacenes Generales de depósito: tendrán por objeto el almacenamiento, guarda o conservación de bienes o mercancías y la expedición de certificados de depósito y bonos de prenda.
  4. Contrato de seguro: como un contrato por medio del cual una empresa aseguradora se obliga, a cambio del pago de una prima, a resarcir un daño o pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato.
    -Elementos:
    La empresa aseguradora: aquellas que se organicen y funcionen de acuerdo a la ley.
    Contratante, asegurado y beneficiario: el contratante es la persona que contrata el seguro con la empresa aseguradora, el asegurado puede ser el mismo contratante o un tercero, el beneficiario del contrato de seguro es la persona que se designa para recibir la indemnización en caso de que se realice el siniestro o eventualidad pactada.
    -Los riesgos pactados: el contrato será nulo si en el momento si en el momento de sus celebración, el riesgo hubiera desaparecido o el siniestro se hubiere ya realizado.
    -El siniestro: la realización de la eventualidad prevista y pactada en el contrato de seguro
    -La indemnización: Es el pago de la suma de dinero pactada que debe realizar la empresa aseguradora al beneficiario por el daño causado al ocurrir el siniestro
    -La póliza y la prima a pagar: la prima es el dinero que el contratante del seguro se obliga a pagar como contraprestación a la empresa asegurada.
    -Clases de contratos: los contratos de seguros contra los daños y contratos de seguro sobre las personas.
    -Reaseguro, Co-Aseguro y Contraseguro: el reaseguro es un contrato por medio del cual una empresa de seguro se hace responsable total o parcialmente de un riesgo ya cubierto por otra o el remanente de daños que exceda de la cantidad asegurada por el asegurador directo.  El co-aseguro es cuando 2 o más personas aseguradoras se obligan a participar en un mismo riesgo, por medio de contratos de seguro directo entre las empresas aseguradoras y el contratante. Contraseguro es el convenio o acuerdo en el que la empresa aseguradora se obliga a reintegrar al contratante los pagos por primas cubiertas cuando se cumplan determinadas condiciones pactadas.
  5. Contrato de asociación en participación: es un contrato por medio del cual una persona (asociante) concede a otras (asociados) que le aportan bienes o servicios, una participación en la utilidades y en las perdidas de una negociación mercantil o de una o varias operaciones de comercio.
    -Formalidades del contrato: las asociaciones en participación no tienen personalidad jurídica ni razón social o denominación.
    -obligaciones del asociante y del asociado:
    EL asociante tiene las siguientes obligaciones de ejercer como comerciante la explotación de la negociación mercantil, entregar a él o a los asociados la participación económica pactada como utilidades, al término del contrato reintegrar a él o a los asociados las aportaciones que haya obligado en el contrato.
    El asociado tiene las sgts, obligaciones de aportar el numerario, bienes o servicios a que haya obligado en el contrato.
    -Su contenido: se distinguen 3 cosas, 1. Las relaciones jurídicas entre asociante, asociados y terceros, 2. La distribución de utilidades y pérdidas, 3. La disolución y liquidación de la asociación en participación.
  6. Contrato de prenda mercantil: es aquel por medio del cual se constituye un derecho real sobre un mueble enajenable  para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el yugo.
    - Constitución de la prenda mercantil
    -Derecho y obligaciones de las partes:
    acreedor: entregar al deudor un resguardo que exprese el recibo de los bienes o títulos dados en prenda y los datos necesarios para su identificación.
    deudor: pasar por los gastos que el acreedor prendario haga para el resguardo, recibo de bienes o títulos e identificación de los mismos dados en prenda.
  7. Contrato de fianza mercantil: contrato por medio del cual una persona (llamada fiador) se compromete con el acreedor a pagar por el deudor (llamado fiado), si este no lo hace.
    -Elementos: El fiador. Las instituciones de fianzas/ El fiado
    -La póliza y la prima
    -Reafianzamiento y coafianzamiento.
  8. El contrato de fideicomiso: es aquel por medio del cual el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o titularidad de uno o más bienes o derecho, según sea el caso, para ser destinados a fines lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos fines a la propia institución fiduciaria.
    -Elementos: El fideicomitente/ El fiduciario/ El fideicomisario.
    -El patrimonio y finalidad del fideicomiso: puede serlo toda clase de bienes y derechos, salvo aquellos que conforme a la ley, sean estrictamente personales de su titular.
    -La formalidad
    -Extinción: por la realización del fin para el cual fue constituido, por hacerse este imposible, por hacerse imposible el cumplimiento de la condición, por haberse cumplido la condición, por convenio expreso entre fideicomitente, fiduciario y fideicomisario, por revocación, fraude.

CUARTA PARTE

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