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Derecho Fiscal Para Principiantes


Enviado por   •  17 de Febrero de 2015  •  5.866 Palabras (24 Páginas)  •  460 Visitas

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1.1 Breve reseña histórica

 

A través de la historia concebimos al hombre gregario con necesidades tan variadas sustentables en gran medida bajo la exigencia del tributo, otras comunidades avanzaron en la imposición de pago del tributo en torno a la aplicación de justicia conmutativa y del bien común. Hay autores que justifican ciertas violaciones del bien común y de los derechos humanos, civiles y ciudadanos. Por ejemplo: en la antigüedad, la esclavitud  permitió acumular riqueza para unos cuantos, con las atrocidades que la historia confirma y documenta, lo cual impactó en tiempos de colonización a la Nueva España, proyectado al derecho positivo nacional en algunos términos proteccionistas a etnias y sectores primarios del país. La época medieval, fue teatro de grandes violaciones a la libertad religiosa, a la igualdad y excesiva carga tributaria, impulsando revoluciones sociales que posterior fueron plasmados los principios ideológicos en nuestra Constitución. El siglo XIX se permitió condiciones inhumanas de trabajo, con fines económicos de países que hoy sustentan poderío económico, donde México ha pretendido posicionarse sin éxito, pero sí cedió a la formalización de tratados internacionales de índole económico y tributario. En el siglo XX existieron genocidios discutibles por su objeto al limitar el poderío económico de una raza hábil para las finanzas privadas en el caso Alemán; en México, segmentado en regiones con extrema pobreza e inconformismo a la adopción de políticas públicas, es detonante para el estudio de la redistribución de recursos partiendo de términos aún cuestionables, como exenciones de pago para algunos grupos, federalismo tributario y sistema de coordinación fiscal.

 

En suma, la falta de equilibrio entre la seguridad jurídica y justicia conmutativa altera indirectamente el orden social, ya que en un país o lugar donde no se respeta el libertad o propiedades, papeles, posesiones o derechos de las personas, o se incumplan las obligaciones para solventar los gastos públicos, crearía condiciones adversas al bien común, entendiéndose el término al conjunto de medios materiales, culturales y espirituales que los miembros de una comunidad requieren para alcanzar su plenitud humana.

 

En principio, preguntar el por qué se obliga el pago de ciertas cantidades, sin recibir retribución en el acto, crea confusión y suspicacias, ¿será falta de conocimiento en la materia? o ¿será la detección de actos injustos en la exigencia y aplicación de recursos económicos de algunos sujetos contribuyentes o no? En la práctica docente me encuentro con inquietudes de los alumnos en fincar su interés sólo en aspectos que eviten el pago impositivo, increíble resulta retomar la materia para evitar estar en los supuestos de pago y es aquí donde el libre albedrío educado, será la diferencia. Doctrinariamente el término justicia, se ha acuñado desde siglos antes de nuestra era, como la constante y perpetua voluntad de darle a cada uno su derecho; así existen clases de justicia, según se trate de bienes privados o de bienes comunes, personas privadas o  colectivas, por tanto la justicia puede ser:

1.- Conmutativa, son los intercambios que realizan personas en un plano de igualdad, por ejemplo, en la celebración contractual de una compraventa o un arrendamiento.

2.- Distributiva, consiste en repartir con un criterio igual y objetivo el bien común entre los miembros de una colectividad. Puede ser una familia, un sindicato, una ciudad, un país o la comunidad internacional.

3.- Legal, general o del bien común, se refiere a las obligaciones que tienen los miembros de una colectividad hacia esta.

 

En ese contexto, denota el término de igualdad y proporcionalidad en las frases anteriores, la cual obtiene diversos enunciados:

 

1. Igualdad en la justicia conmutativa, es de cosas no tanto de personas. Por ejemplo, si mis ingresos actualizan la aplicación de ley, debo entregar esa suma exacta para cancelar la deuda de justicia. Si debo una cosa imposible de sustituir, como una obra de arte, debo entregar esa cosa y no otra, aunque sea más valiosa la segunda. Se dice que es una igualdad aritmética.

 

2. La igualdad en la justicia distributiva se dice que es proporcional o geométrica. A todos se les da con el mismo criterio pero no se les da lo mismo. Por ejemplo, en un hospital no se dan a todos los enfermos la misma medicina. Cuando se trata de entregar un presupuesto a las carreras de una Universidad, no se les da lo mismo. Se tiene que atender al número de alumnos, al equipo indispensable de cada área, instalaciones diversas, entre otros requerimientos. Se violaría la igualdad de la justicia distributiva si se da más a una carrera que a otra por criterios de amistad entre los directivos o por desorden administrativo.

 

Iniciamos con estos conceptos, porque la justicia probablemente sea una de las virtudes peor enseñadas en nuestro sistema educativo, toda vez que cuando los recursos económicos que entregamos al Estado, tangiblemente no recibimos ningún beneficio en el acto, sumado a lo grave en administrar bienes ajenos y evitar cumplir con sus obligaciones, probablemente sea la virtud más difícil de practicar. Desde Aristóteles se concibió que tratándose de bienes propios es fácil determinarlos, pero tratándose de bienes ajenos que implican un sacrificio propio, la cosa se complica, pues nos resulta gravoso.

 

 

1.3 Concepto de Derecho Financiero

 

Derecho financiero, es el conjunto de normas jurídicas que sistematizan los ingresos y los gastos públicos, normalmente previstos en el presupuesto, y que tienen por objeto regular las funciones financieras del Estado: la asignación de recursos; el pleno empleo con estabilización; la distribución del ingreso y el desarrollo económico.

 

Concepto de derecho financiero público, es una rama autónoma del derecho administrativo, que estudia las normas legales que rigen la actividad financiera del Estado o de otro poder público.

 

El objeto del derecho financiero es normar aquello que se relaciona jurídicamente con las finanzas del Estado, o sea, con la captación y la administración de los recursos económicos estatales. Desde esa perspectiva, se puede decir que el

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