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Derechos Fundamentales De La Constitución De Puerto Rico


Enviado por   •  17 de Abril de 2017  •  Informes  •  846 Palabras (4 Páginas)  •  1.319 Visitas

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Universidad del Este

Taller Dos: Ensayo

Derechos Fundamentales De La Constitución De Puerto Rico

INBU204

Por: Liss E. Colón Espada

Profesor: Luis A. Rivera Cruz

16 de noviembre de 2015

Los derechos fundamentales en la Constitución de Puerto Rico,  se encuentran enumerados en el Artículo II. El mismo fue influido por la Carta de Derechos de la Constitución de Estados Unidos y la Declaración Universal de Derechos Humanos de la O.N.U. Es importante  señalar que la Constitución de Puerto Rico garantiza más derechos que la federal. Entre estos, el derecho absoluto a la vida, el derecho a la intimidad, la fianza antes de ser hallada una persona culpable y la prohibición de interceptación de conversaciones telefónica y el derecho a la de negociación colectiva y a la huelga, entre otros. Estos derechos buscan proteger la dignidad del ser humano y su derecho a una vida justa y a vivir en paz. En ocasiones provienen de distintas fuentes, pero su propósito es la protección de todos por igual.

En 1902 se crea la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, donde  se redactó una ley que definía los derechos de los puertorriqueños. Existen veinte derechos fundamentales en la Constitución de Puerto Rico. Los derechos fundamentales de libertad, justicia y paz tienen como base el reconocimiento de la dignidad y derechos iguales para todos los seres humanos. Como parte importante de todos estos derechos, “todos los hombres son iguales ante la ley”. Lo que significa, que toda persona, sin distinción alguna, tiene igualdad de derechos y deberes frente a la sociedad. Tanto los hombres como mujeres deberán  hacer valer sus derechos, pero sin dejar pasar por desapercibido la equidad de todos los seres humanos. Lo cual quiere decir, que dichos derechos están reconocidos en la propia Constitución de nuestro país; la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

En Puerto Rico,  hombres y mujeres disfrutan de muchos derechos que están establecidos en nuestras leyes, pero no todos esos derechos son de naturaleza constitucional. Gran parte de ellos surgen solamente de estatutos, reglamentos u ordenanzas que aplican en nuestra Isla, no surgen directamente de la Constitución. Únicamente los derechos fundamentales tienen su raíz directa en la propia Constitución. Los derechos fundamentales como tal tienen la más elevada jerarquía entre las leyes del país. Cuentan con una enorme protección legal inviolable. Esto quiere decir que son libertades, prerrogativas y condiciones de vida que todo hombre y toda mujer tienen precisamente por su carácter de persona, se trata de los derechos que tienen por su condición humana. Por ello también se les conoce como derecho humanos. Significa que sí una persona vive en Puerto Rico, está protegida por los derechos fundamentales de la Constitución aunque sea extranjera. No es necesario ser ciudadano de Puerto Rico o de Estados Unidos para disfrutar de los derechos fundamentales en la isla. Tampoco se necesita saber leer o escribir o pertenecer al partido de la mayoría para tener derechos fundamentales.

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