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EL DELITO


Enviado por   •  11 de Marzo de 2014  •  5.128 Palabras (21 Páginas)  •  301 Visitas

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s definido como una acción típica, anti jurídica, imputable, culpable, sometida a una sanción penal, y a veces a condiciones objetivas de punibilidad. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley.

Por la Forma de la Acción el delito clasifica en delito de comisión (hacer lo que la ley prohibe), de omisión (no hacer lo que la ley manda), de comisión por omisión (hacer lo que no se debe, dejando hacer lo que se debe).

El delito de comisión vulnera ley prohibitiva. El delito de comisión es el hacer lo que la ley prohibe.

Por ejemplo: El robo, calumnia, aborto

Delitos de simple omisión. Es el no hacer lo que la ley manda. Vulnera la norma imperativa. Por ejemplo:

“ Articulo 171.- (ENCUBRIMIENTO).- El que después de haberse cometido un delito, sin promesa anterior, ayudare a alguien a eludir la acción de la justicia u omitiere denunciar el hecho estando obligado a hacerlo, incurrirá en reclusión de seis meses a dos años.” (Código Penal. Ley 1768 10 marzo 1997).

“ Artículo 178.- (OMISIÓN DE DENUNCIA).- El juez o funcionario público que estando por razón de su cargo, obligado a promover la denuncia o persecución de delitos y delincuentes, dejare de hacerlo, será sancionado con reclusión de tres meses a un año o multa de sesenta a doscientos cuarenta días, a menos que pruebe que su omisión provino de un motivo insuperable.

Delitos de Comisión Por Omisión. Hacer lo que no se debe, dejando hacer lo que se debe. El delito de comisión por omisión alcanza el resultado mediante una abstención Por ejemplo dejar de amamantar, enfermera que deja de alimentar al paciente para que muera, abandono de hijos menores.

Ejemplos tenemos en el Código Penal, Ley 1768 10 marzo 1997:

“ Articulo 262.- (OMISIÓN DE SOCORRO).- Si en el caso del artículo anterior (Homicidio Y Lesiones Graves Y Gravísimas En Accidentes De Transito) el autor fugare del lugar del hecho u omitiere detenerse para prestar socorro o asistencia a las víctimas será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años.

La pena será de privación de libertad de seis meses a dos años, cuando el conductor de otro vehículo no se detuviere a prestar socorro o ayuda al conductor u ocupantes del vehículo accidentado, agravándose la pena en una mitad, sí el accidente y la omisión de asistencia se produjeren en lugar deshabitado.”

“ Articulo 248.- (ABANDONO DE FAMILIA).- El que sin justa causa no cumpliere las obligaciones de sustento, habitación, vestido, educación y asistencia inherente a la autoridad de los padres, tutela o condición de cónyuge o conviviente, o abandonare el domicilio familiar o se substrajere al cumplimiento de las indicadas obligaciones, será sancionado con reclusión de seis meses a dos años o multa de cien a cuatrocientos días.

DELITO INSTANTÁNEO

Aquel en que la violación jurídica realizada en el momento de consumación se extingue con esta.

La acción coincide con la consumación. El agente no tiene ningún poder para prolongarlo ni para hacerlo cesar. Por ejemplo en el homicidio, robo, hurto.

Maggiore los define como aquel en que la acción se extingue en un solo momento, al coincidir con la consumación. El delito instantáneo representa un término opuesto al delito permanente, criterio diferencial aceptado por muchos tratadistas, entre ellos Francisco Carrara.

“El delito instantáneo, es un punto, el delito permanente una línea ininterrumpida y el delito continuado, una línea de puntos” (Alimena).

1.- Continuado es aquel delito consistente en varias infracciones que, por atacar bienes jcos. idénticos y realizarse aprovechando una misma circunstanica u ocasión, se pena de forma difernte a otros grupos de infracciones.

Por ejemplo, un sujeto que realiza diversas estafas en un corto espacio de tiempo: con tarjeta de crédito ajena o falsa, realiza diversas compras en distintos establecimientos.

2.- Delito permanente es aquel, consistente en una única infracción, cuyo resultado o efectos se prolonga en el tiempo, en tanto el sujeto no realice una acción, u omita hacer otra. Y es un ataque continuado a un único bien jurídico.

Por ejemplo: el abandono de menores: se puede prolongar durante años, en tanto el progenitor infractor no remedie la situación. O la usurpación de estado civil.

En Derecho, el dolo es la voluntad deliberada de cometer un delito a sabiendas de su ilicitud. En los actos jurídicos, el dolo implica la voluntad maliciosa de engañar a alguien o de incumplir una obligación contraída. En el derecho el término dolo se usa con significados diferentes

un ejemplo de dolo es cuando alguien planea un homicidio, es forma DOLOSA por que fue planeado o premeditado, así que el seguir una persona, hacerla amigo y después matarlo tratando de no dejar evidencia es un ejemplo claro de dolo.

2) un segundo ejemplo de dolo es cuando planea robar una casa, en otras palabras, concierto para delinquir, lo cual es la reunión para planear un delito (así no se lleve a cabo) el sol planearlo, y si al final lo hacen, sería un hurto doloso.

3) el tercer ejemplo de dolo, puede ser cuando estafas una persona, puede ser vendiendole un producto engañoso, que sabes que no va a funcionar, por ejemplo, unacaja con cuchillos de cocina y al destaparlos no traen nada, aunque tambien es huerto, hace parte mas del engaño doloso,

Culpa es el término jurídico que, según Francesco Carrara, al igual que la negligencia, supone la "voluntaria omisión de diligencia en calcular las consecuencias posibles y previsibles del propio hecho"

Por ejemplo, si un automovilista atropella a un peatón sin intención, pero estando distraído, por ejemplo, hablando por celular, y lo mata o lesiona, puede ser procesado por homicidio o lesiones culposas, respectivamente.

Se dice que la tentativa está presente cuando, con el objetivo de cometer un delito, ha comenzado alguien su ejecución por medios apropiados pero no se consuma por causas ajenas a su voluntad.

Los delitos imperfectos se caracterizan y se diferencian por la parte subjetiva. Ejemplo. Alguien dispara contra la víctima y le causa una herida, ¿cómo se sabe si es homicidio frustrado o lesión? Ya que objetivamente es lo mismo. La diferencia radica en la intención del autor, ésta intención va a ser la que permita diferenciar el delito y por ello es la parte central de los delitos de imperfecta realización. Esto sin embargo no quiere decir que

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