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EL DERECHO GENERAL

chrys9099 de Febrero de 2015

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2.1 ETIMOLOGÍA DE LA PALABRA DERECHO.

La palabra “Derecho” viene del latín “directum”, que significa conforme a la regla, conforme a la ley, es decir, lo que es recto.

En las diversas lenguas modernas, germánicas y latinas, se usa indistintamente la palabra Derecho y la palabra recto, para significar el Derecho.

2.2 SUS DOS SENTIDOS FUNDAMENTALES

En su primer sentido se puede significar una facultad reconocida al individuo por la ley para llevar a cabo determinados actos, o un conjunto de leyes, o normas jurídicas, aplicables a la conducta social de los individuos.

En su otro sentido, significa el conjunto de reglas o disposiciones que rigen la conducta de los hombres en sus relaciones sociales. Se tiene que en el primer caso, viene siendo una facultad, y en el segundo un mandato o un conjunto de mandatos.

2.3 DERCHO POSITIVO Y DRECHO NATURAL.

El derecho positivo, es el conjunto de reglas o normas jurídicas en vigor, en un lugar y en una época determinada. Se le llama conjunto de normas positivas porque forman un grupo, materia de estudio concreto y cierto, contenido en colecciones llamados códigos.

El derecho positivo varía en el tiempo y en el espacio.

El Derecho Natural es común a todos los hombres y a todos los pueblos, es inmutable, quiere decir, que no cambia de un pueblo a otro ni de una época a otra.

El Derecho Natural, es un conjunto de máximas fundamentadas en la equidad, la justicia y el sentido común, que se imponen al legislador mismo y nacen de las exigencias de la naturaleza biológica, racional y social del hombre.

2.4 DEFINICIÓN DE DRECHO POSITIVO.

Es un conjunto de normas que regulan la conducta social de los individuos, susceptibles de recibir una sanción política, y que, inspirados en la idea de justicia a realizar el orden social.

2.5 LAS FUENTES DEL DERECHO.

El derecho bien pronto se manifieste como un producto del espíritu popular que, desenvolviéndose a través de diversas cauces, se concreta en normas. El Derecho al desarrollarse adopta diversas formas, las cuales son llamadas, fuentes del Derecho. Dichas fuentes son: la Ley, la Costumbre y el Uso, la Jurisprudencia y las Doctrinas.

2.6 LA LEY.

Es la norma de Derecho dictada, promulgada y sancionada por la autoridad pública, aún sin el consentimiento de los individuos.

2.7 LA JURISPRUDENCIA.

Es la interpretación que de la ley hacen tribunales cuando la aplican a cinco casos concretos sometidos a ellos y la generalizan.

En México, toca a los tribunales federales establecer la jurisprudencia. Para que ésta exista, es necesaria que la interpretación de la Ley se aplique a casos concretos, se repita en cinco ocasiones y se generalice.

2.8 LA COSTUMBRE Y EL USO.

La forma primitiva del desarrollo del Derecho es la costumbre.

Se puede definir como la observancia uniforme y constante de reglas de conducta obligatorias, elaboradas por una comunidad social para resolver situaciones jurídicas.

Las normas que tienen como origen la costumbre, reciben en conjunto, el nombre de Derecho Consuetudinario.

2.9 LA DOCTRINA.

Está integrada por el conjunto de estudios y opiniones que los autores de Derecho realizan o emiten en sus obras.

Los autores de Derecho, emiten opiniones propios e interpretan la Ley en sus obras, todo ese conjunto de ideas expuestas por dichas personas, toma el nombre genérico de Doctrina.

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