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EL PROCESO DE CELEBRACION DE LOS TRATADOS


Enviado por   •  8 de Agosto de 2018  •  Resúmenes  •  1.184 Palabras (5 Páginas)  •  126 Visitas

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Capítulo V*

LOS TRATADOS INTERNACIONALES:

EL PROCESO DE CELEBRACION DE LOS TRATADOS

INTERNACIONALES SEGÚN EL DERECHO INTERNACIONAL

El trabajo en esta área se ha desarrollado principalmente por Comisión de Derecho Internacional de la O.N.U.y grandes conferencias auspiciadas por las N.U. Destacan dos convenciones, ambas en Viena en 1968 y 1969, sobre Derecho de los Tratados entre Estados; y Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales respectivamente.

1) Concepto de Tratado: “Acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o en más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular” (Convención de Viena de 1969).

Obs: “…cualquiera que sea su denominación particular” implica acuerdo, convención, carta, compromiso, concordato, pacto, protocolo, estatuto, etc.

Pero en consideración del Artículo 3, se puede considerar acuerdo internacional:

  1. Concertados entre Estados, entre Estados y Organizaciones Internacionales de Derecho Internacional, o entre Organizaciones Internacionales de Derecho Internacional. (se excluye a cualquiera que tenga en una de sus partes a una persona privada)
  2. Concertados bajo cualquier forma o denominación siempre que supongan un acuerdo de voluntades entre sujetos de Derecho Internacional.

La característica principal de un T.I. (tratado internacional) es su naturaleza y contenido, no su forma. “un acuerdo internacional puede tener formas variadas y presentarse bajo denominaciones diversas”, incluso pueden ser orales.

2) Clases de tratado:

A) Por número de partes contratantes: bilaterales y plurilaterales o multilaterales. ( que pueden ser restringidos o generales)

B) Por grado de apertura: Abiertos (pueden entrar más Estados sin haber estado desde el origen), cerrados (pueden participar solo los Estados originarios del tratado, un Estado nuevo supone un tratado nuevo) y semicerrados (a veces por invitación, a veces por protocolo de adhesión establecido en el tratado)

C) Por materia objeto: político, económico, cultural, humanitario, etc…

D) Por función de creación de obligaciones: Tratado-Contrato (intercambio de prestaciones entre la partes) y Tratado-Ley (impone una norma a la comunidad internacional)

E) Por naturaleza de los participantes: Entre Estados, Estados y sujetos de D. I. o entre sujetos de D.I.

F) Por duración: plazo determinado, plazo indeterminado y prorrogables (tácitos o expresos)

G) Por forma de conclusión: Forma solemne (ratificación autorizada por el parlamento, intervención del jefe de Estado e intercambio o depósito del instrumento de ratificación) y forma simplificada (aquellos en donde el consentimiento del Estado se manifiesta de manera verbal o mediante acción o conducta aceptante de oferta de la contraparte o constitutiva de oferta para la contraparte)

Obs: lo anterior se aplica a la forma internacional, ya que de manera interna cada Estado organiza su manera de llevar a cabo el proceso (discusión, rechazo o aceptación, etc...) Esta manera es la más habitual y en aumento porque el D.I. acepta formas variadas para un T.I.

3) Fases de la celebración del T.I.: 

A) Otorgamiento de los plenos poderes: fase previa, se lleva a cabo dentro de cada Estado. Es cuando el Estado  (mediante la autoridad competente) decide quien le representará en los pasos siguientes en la celebración del T.I. y le otorga los plenos poderes (según convención de Viena, los plenos poderes es un documento emanado por la autoridad competente que designa al representante de un Estado en la C.I. para temas relacionados al T.I. en cuestión).

B) Negociación: Esta fase ya ocurre en el plano internacional. Desarrollo, es decir, presentación de propuestas y contrapropuestas (conversaciones directas entre los representantes de los Estados, o mediante Conferencia). Fin de la negociación mediante la adopción del texto. Esto acredita que el texto es el convenido por las partes, pero no son una obligación para los Estados en este punto todavía.

C) Manifestación del consentimiento: Sin esta fase los Estados no son obligados a los contenidos del tratado. La prestación del consentimiento transforma a los Estados de “negociadores” a “contratantes”, y con la entrada en vigor a “Estado parte en el tratado”. Puede ser consentimiento pleno o con reservas.

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