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PROCESO DE APROBACIÓN PARA TRATADOS DE DERECHO INTERNACIONALES PÚBLICO


Enviado por   •  10 de Octubre de 2012  •  601 Palabras (3 Páginas)  •  954 Visitas

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PROCESO DE APROBACIÓN PARA TRATADOS DE DERECHO INTERNACIONALES PÚBLICO

¿Que es tratado de derecho internacional?

Es la manifestación de la voluntad de dos o más sujetos jurídicos internacionales con la capacidad suficiente para crear obligaciones y generar consecuencias reguladas por el derecho internacional, los cuales están sujetos a la regulación interna de cada estado negociador y la no aprobación de ellos carecería del todo sentido de obligatoriedad.

¿Como surgen los tratados de derecho internacional?

El derecho internacional surgió de la necesidad de poder conocer como se llevaría a cabo la relación entre países, ya que cada quien tiene sus leyes y tenia que existir una manera de regular el comportamiento en cualquier ámbito internacional, para evitar problemas que pudieran perjudicar a todos.

REQUISITOS PARA QUE UN TRATADO SEA BALIDO EN COLOMBIA

Para que un tratado sea balido en Colombia deben intervenir las tres ramas del poder público: la ejecutiva, legislativa y la judicial.

La Rama ejecutiva a través del presidente de la republica junto con el ministro de relaciones exteriores, (art. 189 n° 2. De la constitución política) entra en el proceso de negociación con el estado interesado en dicho asunto, en el que suelen presentaren una serie de propuestas que deben ser debatidas por una o por otra parte.

Dicha negociación puede ser realizada por ministros, diplomáticas, asesores u organizaciones internacionales siendo estos nombrados previamente por el Presidente de la Republica en su calidad de director de las relaciones internacionales, por medio del Ministro de Relaciones Exteriores. El acuerdo es concluido con la adopción del texto del tratado, acatando la redacción definitiva del mismo.

Seguidamente la rama legislativa aprueba o desaprueba el tratado sometiéndolo a consideración mediante ley, sancionada luego por el presidente de la republica. (Arts. 154,150n° 16,19 literales b, c, de la constitución política).

Sobre las reglas del trámite legislativo que anteceden la aprobación de la ley, es preciso advertir que el texto constitucional no dispone de un procedimiento legislativo especial para la expedición de una ley aprobatoria de un tratado internacional. Razón por la cual debe seguir, en términos generales el mismo trámite de una ley ordinaria. (Ley 5° de 1992, art 204).

En razones del trámite la ley se requiere:

1. El inicio del procedimiento legislativo en la comisión constitucional correspondiente del senado de la republica.

2. La publicación oficial del proyecto de ley.

3. La aprobación

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