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EStudiante Derecho


Enviado por   •  4 de Enero de 2014  •  580 Palabras (3 Páginas)  •  505 Visitas

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La libertad condicional es una medida alternativa a una pena privativa de libertad, como la prisión o el arresto domiciliario, que contemplan los ordenamientos jurídicos de algunos países, y que es posible imponer en la sentencia cuando se cumplen ciertos requisitos establecidos en la ley, que le permite al condenado por un delito cumplir su sanción penal en libertad, aunque sujeto a ciertas obligaciones o bajo ciertas condiciones, por ejemplo, no cometer nuevos delitos o faltas. En caso de incumplir tales condiciones, la persona a la cual se le ha concedido la libertad condicional debe cumplir su condena en la cárcel.

Del mismo modo, esta figura es contemplada en ciertos sistemas legales como una medida de rehabilitación, que le permite al condenado, tras cumplir una cierta proporción de la pena impuesta y otros requisitos, terminar su condena en libertad, aunque sujeto a ciertas condiciones.

Más de 10.000 documentos para Redencion de penas por el trabajo

Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 28 de Octubre de 2008

Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO. Conforme a los artículos 479, numeral 2, en concordancia con el 482, último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a los artículos 88 y 97 del Código Penal, se Reformula el cómputo por acumulación de Penas y Redención de la condena por el Trabajo y el Estudio, impuesta al ciudadano CIRO ENRIQUE VENEGAS BLANCO, titular de la cédula de identidad número 18.819.943, correspondiente a NUEVE (09) AÑOS, UN (01) MES y NUEVE (09) DIAS DE PRISION, por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUS...

Decisión de Tirbunal Primero de Ejecución de Trujillo, de 1 de Junio de 2009

El penado puede optar a los beneficios: 1º) DESTACAMENTO DE TRABAJO AL CUMPLIR LA CUARTA PARTE DE LA PENA 11 DE MARZO DEL 2.010. 2º) REGIMEN ABIERTO AL CUMPLIR LA TERCERA PARTE DE LA PENA 01-DE MARZO DE 2.011. 3º) LIBERTAD CONDICIONAL AL CUMPLIR LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA PENA 17 DE ENERO DE 2.015 4º) CONFINAMIENTO AL CUMPLIR LAS TRES CUARTAS PARTES DE LA PENA EL 07 DE ENERO DE 2.016. Pudiendo ser con antelación mediante redención intramuros POR ESTUDIO Y /O TRABAJO. PENAS ACCESORIAS Se desaplican por decisión del Tribunal Supremo de Justicia. NOTIFIQUESE A LAS PARTES. HAGASE LAS PARTICIPACIONES DE LEY E IMPÓNGASE AL PENADO DE LA DECISIÓN. Se ordena solicitar sus antecedentes penales y estudios técnicos. Hágase las participaciones. Notifíquese a las partes

Decisión de Corte de Apelaciones

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