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Ensayo De Jurisprudencia Tecnica


Enviado por   •  10 de Marzo de 2014  •  1.850 Palabras (8 Páginas)  •  344 Visitas

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INTRODUCCION

La jurisprudencia técnica es una doctrina del orden positivo, ya que no versa, como la teoría jurídica fundamental, sobre la esencia del derecho, ni estudia los valores supremos del mismo, como la Axiología Jurídica, sino que se reduce a la sistematización de las reglas que constituyen determinado ordenamiento, e indica en qué forma puede ser resuelto los problemas que su aplicación suscita.

LA JURISPRUDENCIA TECNICA

La jurisprudencia técnica tiene por objeto la exposición ordenada y coherente de los preceptos jurídicos que se hallan en vigor en una época y un lugar determinados, y el estudio de los problemas relativos a su interpretación y aplicación.

Tomando en cuenta la definición anterior, podemos decir que la citada disciplina ofrece dos aspectos fundamentales: uno teórico o sistemático, otro teórico o práctico. En el primero, es una exposición de las reglas jurídicas que pertenecen a un ordenamiento temporal y especialmente circunscrito; en el segundo, el arte de la interpretación y aplicación de las normas (legales o consuetudinarias) que lo integran.

Al emprender dicha tareas, procede de manera dogmática. Queremos decir que no examina la justificación de las disposiciones que compone cada derecho positivo, sino que, por el contrario, considera a todas como intangibles y autárquicas, o sea, como un conjunto de normas en relación con las cuales el problema estimado no debe siquiera ser planteado. Esta característica de la jurisprudencia técnica revela una diferencia fundamental con la filosofía jurídica. Para la primera, el orden positivo es un conjunto de reglas cuyo valor no se discute; para la segunda, una congerie de pretensiones cuya justificación depende del sentido que encierren y los valores que realicen. Atendiendo a su índole dogmática, se ha escrito que a aquella disciplina asemejase a la geometría y a la especulación teológica. Así como el geómetra parte en sus desarrollos de axiomas o verdades evidentes, que no necesitan de ser demostrados, y el teólogo se funda en dogmas que estima revelados por Dios y reputa indiscutibles, el jurista, cuando precede estrictamente como tal, vuelve los ojos a las leyes e instituciones de un ordenamiento determinado y se limita a clasificarlas y sistematizarlas, mas no emite juicios de valor acerca de su contenido ni se atreve a poner en duda su obligatoriedad.

La postura del filósofo del derecho ante el orden jurídico es radicalmente diversa. Dicho orden no es para él un código de mandamientos absolutos, sino fenómeno cultural cuya justificación solo puede establecerse de acuerdo con criterios ultra positivos de valoración. A diferencia de la teoría general del derecho, que quiere descubrir lo que todos los sistemas tienen en común, y elevarse inductivamente hasta los conceptos jurídicos fundamentales, la jurisprudencia técnica aparece ante nosotros como doctrina especial de cada ordenamiento y, en vez de estudiar aquellas nociones, las da por conocidas, concretándose a exponer el contenido de las leyes o costumbres que forman el sistema a que se halla referida. Los estudios de jurisprudencia técnica pueden ser tan numerosos como los derechos positivos que la historia registra; en cambio, desde un punto de vista estrictamente lógico, solo podemos aceptar una teoría fundamental o una teoría general del derecho. Aquella disciplina no sistematiza únicamente las reglas en vigor; puede también referirse a las instituciones y preceptos de ordenamiento pretéritos. Pero, en todo caso, tales instituciones y preceptos representan para el jurista un material que él no ha creado ni puede modificar, un sistema de imperativos de validez indiscutible, como son indiscutibles para un teólogo los dogmas que la divinidad ha revelado, o evidentes para el geómetra los eximas en que sus deducciones se fundamentan.

RAMAS DE LA JURISPRUDENCIA TÉCNICA

Al primer capítulo de la Jurisprudencia Técnica suele dársele la denominación de sistemática jurídica; el segundo se llama técnica jurídica o doctrina de la aplicación del derecho. Antes de señalar en detalle cuáles son las tareas concretas de las dos ramas de la materia a que hemos venido aludiendo, es necesario inquirir la naturaleza de esta última, y establecer qué lugar le corresponde dentro del cuadro general de las disciplinas científicas. Veamos ahora en qué forma realiza tal exposición. Antes que otra cosa, es indispensable clasificar esas disposiciones, tomando como criterio clasificador no su forma o estructura lógica, sino su contenido. El procedimiento no ofrece dificultades, porque los preceptos que componen los distintos sistemas de derecho reglamentan relaciones de índole diversa e importancia desigual. Los juristas romanos fueron los primeros en abordar el problema, y a ellos se debe la división, generalmente aceptada todavía, que separa los preceptos jurídicos en normas de derecho público y de derecho privado. Estas dos ramas son luego subdivididas en disciplinas especiales: el derecho público, en constitucional, administrativo, penal y procesal el privado, en civil y mercantil.

SISTEMATICA JURIDICA

El estudio realizado en las líneas precedentes nos ha conducido a la conclusión de que la jurisprudencia técnica, es un aspecto teórico, es una disciplina monográfica cuyo objeto estriba en exponer, de manera ordenada y coherente, las disposiciones, consuetudinarias, jurisprudenciales y legales, que integran cada sistema jurídico.

La tarea de sistematización no termina al ser agrupadas las reglas del derecho en disciplinas especiales. Debe continuar en el ámbito de cada una de ellas. De acuerdo también a un criterio de índole material, tales disciplinas son divididas en varias partes. Cada una de las partes generales posee asimismo un sistema. Se forman agrupando las reglas jurídicas en instituciones.

Instituciones

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