ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

FUNCIONES DIRECTIVAS

kary17396 de Mayo de 2013

2.746 Palabras (11 Páginas)675 Visitas

Página 1 de 11

NIVEL DIRECTIVO

DIRECTORIO

“ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL DIRECTORIO

a) Determinar las políticas y programas generales de ETAPA, fijar los objetivos y metas para cada una de las ramas de la actividad de la misma, e impartir las instrucciones necesarias para que tales políticas y programas sean aplicados y dichas metas y objetivos sean alcanzados;

b) Conocer y aprobar la programación técnica, económica, social y ambiental a corto, mediano y largo plazo, para la ejecución de proyectos y prestación de servicios; y, en general la programación estratégica;

c) Elaborar proyectos de ordenanzas y reglamentos, relativos al giro de negocios y servicios prestados, por ETAPA, para someterlos a aprobación del I. Concejo Cantonal;

d) Aprobar los reglamentos internos y manuales operativos para el desenvolvimiento técnico y administrativo de ETAPA;

e) Elaborar y aprobar el presupuesto y sus reformas y presentar para su ratificación al I. Concejo Municipal;

f) Determinar, fijar y revisar las tarifas, precios y tasas correspondientes a los servicios prestados por ETAPA. Previa a su determinación el Directorio definirá las políticas de subsidios;

g) Aprobar los proyectos de inversión en compañías de comercio, presentados por el Gerente, y someterlos a autorización del Concejo Cantonal, organismo que resolverá en la forma establecida en la presente Ordenanza.

Aprobar la participación e inversión en asociaciones, con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, fundaciones o corporaciones, convenios, actos y contratos, contratos de gestión compartida, convenios de cooperación interinstitucional y otras formas de asociación permitidas por la ley, previa propuesta del Gerente, en los casos en que la inversión por su monto supere los límites máximos atribuidos al Gerente;

h) Aprobar la creación de comités o comisiones especiales o asesoras, así como de unidades ejecutoras para el desarrollo de proyectos específicos y perentorios;

i) Aprobar a petición del Gerente, y en el marco de esta Ordenanza, la estructura Orgánico Funcional de la Empresa, cuidando que las diferentes dependencias guarden unidad y constituyan un organismo racionalmente integrado desde el punto de vista de la división del trabajo;

j) Nombrar y remover a los Gerentes de Área, a los Directores y más funcionarios cuya designación no corresponda al I. Concejo Cantonal o al Gerente. Para el nombramiento de los funcionarios mencionados, el Gerente presentará las correspondientes ternas;

k) Presentar al I. Concejo Cantonal una terna para la designación de Auditor Interno, de conformidad a lo previsto en la Ley de Régimen Municipal. Este funcionario durará cuatro años en sus funciones pudiendo ser reelegido;

l) Conceder licencia o permiso al Gerente, cuidando de no perjudicar la marcha normal de las actividades de la Empresa;

m) Dictar la reglamentación interna para fijar la cuantía hasta por la cual el Gerente y los demás ordenadores del gasto, puedan contraer obligaciones a nombre de ETAPA;

n) Definir cuantías y términos para la contratación de empréstitos internos o externos, de lo que informará al Concejo Cantonal;

o) Declarar de utilidad pública o de interés social los bienes inmuebles necesarios para el cumplimiento de los fines de ETAPA; y, autorizar al Gerente la transferencia de los que sean de su propiedad, así como la constitución de gravámenes o limitaciones de dominio de los bienes de la Empresa, en el marco de la Ley;

p) Aprobar los lineamientos generales de las políticas de manejo del recurso humano, y, en especial, de la política salarial, de remuneraciones, viáticos y movilizaciones, cuya ejecución y manejo competerá al Gerente. La contratación colectiva deberá ser aprobada por el Directorio;

q) Cumplir y hacer cumplir las leyes, ordenanzas, reglamentos y demás normas que rigen a ETAPA; y,

r) Conocer y resolver en última instancia sobre las reclamaciones o apelaciones que presenten las personas naturales o jurídicas, respecto de las resoluciones dictadas por la Gerencia.”

NIVEL EJECUTIVO

GERENCIA GENERAL

DENOMINACIÓN: GERENCIA GENERAL

NIVEL: EJECUTIVO

NIVEL DE REPORTE: DIRECTORIO

GERENCIAS Y DIRECCIONES DEPENDIENTES:

B1.1. GERENCIA DE AGUA POTABLE, SANEAMIENTO Y GESTIÓN AMBIENTAL

B1.2. GERENCIA DE TELECOMUNICACIONES

B1.3. GERENCIA COMERCIAL

B1.4. CORPORACIÓN PARQUE NACIONAL CAJAS

OBJETIVO BASICO:

Alcanzar el cumplimiento de los objetivos empresariales de ETAPA.

“DESCRIPCIÓN DE COMPETENCIAS :

a. Cumplir y hacer cumplir las leyes, ordenanzas, reglamentos y otras normas aplicables a ETAPA, así como los acuerdos, resoluciones y políticas dictados por el Directorio;

b. Definir y conducir la política administrativa de ETAPA, siguiendo las orientaciones del Directorio;

c. Organizar y supervisar la marcha económica y administrativa de ETAPA, y coordinar los procesos de planificación y presupuesto en función de las prioridades establecidas;

d. Celebrar, en nombre de ETAPA, todo acto o contrato por medio del cual se adquieran bienes, derechos u obligaciones principales, solidarias y subsidiarias; y, aceptar herencias y legados con beneficio de inventario y donaciones;

e. Administrar ETAPA y supervigilar el trabajo de funcionarios, empleados y trabajadores;

f. Controlar la ejecución de proyectos y la prestación de servicios, dar cuenta de ello al Directorio y disponer medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos y metas de ETAPA.

Planificar y desarrollar promociones comerciales sobre los servicios que preste ETAPA, teniendo como referencia los máximos fijados por el Directorio en los respectivos pliegos tarifarios, debiendo mantener oportunamente informado de estas acciones a dicho organismo;

g. Proponer al Directorio los proyectos de inversión en compañías de comercio, la participación e inversión en asociaciones, con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, fundaciones o corporaciones, convenios, actos y contratos, contratos de gestión compartida, convenios de cooperación interinstitucional y otras formas de asociación permitidas por la ley. Proponer, asimismo, al Directorio la creación de Comités o Comisiones Especiales o Asesoras, así como de unidades ejecutoras para el desarrollo de proyectos específicos y perentorios;

h. Proponer al Directorio ternas para los cargos de gerentes de área y directores;

i. Suscribir todo tipo de actos, contratos, convenios, en el marco de la ley y de esta Ordenanza, en calidad de representante legal de la institución, así como autorizar gastos, adquisiciones de conformidad con sus atribuciones y niveles que no sean de competencia del Directorio; y, dirigir la preparación del presupuesto anual de ETAPA y presentarla a consideración y aprobación del Directorio y su posterior ratificación del I. Concejo Cantonal;

j. Delegar o encargar de conformidad con las normas pertinentes las funciones administrativas y de gestión que creyere oportuno, debiendo informar al Directorio de las más trascendentales;

k. Nombrar y remover a los empleados y trabajadores de ETAPA, cuya nominación no le corresponda al I. Concejo Cantonal, ni al Directorio, de conformidad con la ley;

l. Autorizar las licencias y vacaciones a los gerentes de área y a los directores. En los demás casos será la unidad de recursos humanos en coordinación con los niveles administrativos respectivos, quienes autorizarán el uso de licencias y vacaciones;

m. Proponer al Directorio, de conformidad a las normas legales y reglamentarias, las remuneraciones de los empleados y trabajadores y los lineamientos generales de las políticas de manejo del recurso humano, y, en especial, de la política salarial y de remuneraciones, debiendo contar con informe favorable de la Dirección Financiera;

n. Asegurar la implementación, funcionamiento y actualización de los sistemas de administración financiera, de presupuesto, de determinación y recaudación de los recursos financieros, de tesorería y de contabilidad, cuidando de incorporar el control interno dentro de dichos sistemas;

o. Presentar al Directorio proyectos de ordenanzas, reglamentos o resoluciones que convengan para la mejor gestión administrativa - financiera y la óptima prestación de servicios;

p. Dictar en caso de emergencia, medidas de carácter urgente y transitorias, y dar cuenta de ellas al Directorio;

q. Presentar semestralmente, o cuando fuere requerido, informes escritos al Directorio y al Concejo Cantonal, acerca de la gestión administrativa y del cumplimiento de los planes y programas aprobados por el Directorio;

r. Concurrir a las sesiones del I. Concejo Cantonal y demás organismos municipales, que requieran de su presencia. A las sesiones del Directorio, el Gerente General deberá concurrir obligatoriamente. Coordinará la actividad de ETAPA con las otras dependencias

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (19 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com