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JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE PERDIDA DE PATRIA POTESTAD


Enviado por   •  7 de Abril de 2016  •  Apuntes  •  1.675 Palabras (7 Páginas)  •  550 Visitas

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AARON PAULO BARRON GUZMAN

                                                                   VS

DULCE ALEJANDRA SANCHEZ BADILLO

JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE

PERDIDA DE PATRIA POTESTAD

450/2015

JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DE LO FAMILIAR

P R E S E N T E:

                          BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto ser la C. DULCE ALEJANDRA SANCHEZ BADILLO, ocupación: empleada, nacionalidad: mexicana, estado civil: casada, edad: 25 años, con domicilio particular ubicado en calle Emilio Portes Gil, número 302, entre calles Loma Alta y Aduana, Colonia Tamaulipas, código postal 89040, en Tampico Tamaulipas, y señalando como domicilio convencional para oír y recibir todo tipo notificaciones ubicado en Calle Girasoles número 234 entre calle Flor y Luna, colonia Del Valle en Cd. Madero Tamaulipas código postal 87654, Ante usted C. Juez comparezco y expongo lo siguiente:

                     Por medio del presente escrito ocurro ante éste tribunal con la finalidad de dar contestación en tiempo y forma a la falsa e infundada demanda en mi contra, por tal acto manifiesto:

CONTESTACION DE PRESTACIONES:

  1. Niego derecho alguno al actor de otorgarle la guarda y custodia de nuestro menor hijo, pues el manifiesta que su nombre es Juan Andrés Rivas Cruz a lo que es totalmente falso, pues su nombre es Juan Andrés Barrón Sánchez.
  2. Niego rotundamente la guarda y custodia exclusiva al C. AARON PAULO BARRON GUZMAN sobre nuestro menor hijo antes mencionado.
  3. No ha lugar a fijar una pensión alimenticia, ya que el C. AARON PAULO BARRON GUZMAN cuenta con un trabajo estable y muy bien remunerado. Dicho lugar de trabajo lleva por denominación “GLASS & GLASS SA de CV” ubicado en Boulevard de los Ríos, kilómetro 1+880, en el Puerto Industrial de Altamira, acreditando mi dicho con el correspondiente recibo de pago del actor. Nexo 1 (uno).
  4. Me opongo a pagar los gastos y costas del presente juicio.

CONTESTACION DE HECHOS:

  1. Es cierto que la suscrita y el C. AARON PAULO BARRON GUZMAN contrajimos matrimonio en el mes de Enero del 2013, tal como el actor lo acreditó.
  2. Es cierto que con fecha de 10 de Junio del año 2008 procreamos un hijo quien actualmente tiene 7 años de edad, pero es totalmente falso que lleva por nombre JUAN ANDRES RIVAS CRUZ, pues su nombre correcto es JUAN ANDRES BARRON SANCHEZ, acredito mi dicho con la correspondiente acta de nacimiento expedida por la Oficialía Primera del Registro Civil en Tampico Tamaulipas. Nexo 2 (dos).
  3. Es totalmente falso que la suscrita me el domicilio conyugal durante 6 meses en calidad de abandono, pues el C. AARON PAULO BARRON GUZMAN sabía perfectamente que se me había presentado una oportunidad de trabajo en la Ciudad de Tula de Allende en Hidalgo en una empresa llamada “MINERAS SA de CV”. Ambos estuvimos de mutuo acuerdo que la suscrita me fuera a trabajar fuera de la Ciudad un tiempo y él se quedaría al cuidado de nuestro menor hijo pues en ese entonces tuvimos una crisis económica muy fuerte. Acredito mi dicho con el correspondiente contrato de trabajo que la suscrita firmé donde se puede leer claramente la fecha en la cual se comenzó a laborar en la empresa de Tula de Allende en Hidalgo.

  1. Es falso que la suscrita regresé a la Ciudad de Tampico únicamente para llevarme a nuestro menor hijo a la casa de mis padres, pues hago de su saber que cuando llegué a la ciudad, el C. AARON PAULO BARRON GUZMAN  y la suscrita comenzamos a tener constantes desavenencias en nuestra relación, por lo que tomé la decisión de irme al domicilio ubicado en calle Emilio Portes Gil, número 302, entre calles Loma Alta y Aduana, Colonia Tamaulipas, código postal 89040, en Tampico Tamaulipas en el cual viven mis padres. Acredito mi dicho con la correspondiente copia certificada de la denuncia de hechos que se interpuso en contra del C. AARON PAULO BARRON GUZMAN, en la que se narra con detalle los sucesos que me orillaron a irme del domicilio conyugal junto con nuestro menor hijo JUAN ANDRES BARRON SANCHEZ. Nexo 3 (tres). Al igual, es totalmente falso que tengo en abandono a nuestro menor hijo, pues en horarios de 7:00 am a 16:00 horas de lunes a viernes, la suscrita me encuentro trabajando y es verdad que mi madre la C. ANTONIA BADILLO LOPEZ me apoya en cuidar a nuestro hijo en ese horario, sin embargo el resto de la tarde mi tiempo es exclusivo para mi menor hijo JUAN ANDRES BARRON SANCHEZ.

  1. Es falso que la C. DULCE ALEJANDRA SANCHEZZ BADILLO no dejo que el C. AARON PAULO BARRON GUZMAN vea a nuestro menor hijo antes mencionado, pues hago de su conocimiento que con fecha de 12 de Junio del año en curso la suscrita llevé a cabo una fiesta de cumpleaños para nuestro menor hijo, en la cual el C. AARON PAULO BARRON GUZMAN estuvo presente, demostrando mi dicho con copias fotostáticas dónde se ve claramente la presencia del actor en la fiesta de cumpleaños de nuestro hijo. Nexo 4 (cuatro). Cabe mencionar que constantemente la suscrita estoy en comunicación con el C. AARON PAULO BARRON GUZMAN por medio de mensajes de texto en donde nos ponemos de acuerdo para las visitas que el actor vaya a realizar con nuestro menor hijo. Acredito mi dicho con copias simples de las conversaciones que se han tenido con el C. AARON PAULO BARRON GUZMAN. Nexo 5 (cinco).
  1. Es totalmente falso acerca de la supuesta enfermedad de los pulmones que padece nuestro hijo JUAN ANDRES BARRON SANCHEZ, pues él se encuentra en un estado de salud bueno, acredito mi dicho con un dictamen médico otorgado por el DR. RODRIGO TORRES MEZA, quien es neumólogo con cédula profesional número 2897560. Nexo 6 (seis). Además hago de su conocimiento que es falso el hecho de que el C. AARON PAULO BARRON GUZMAN trabaja en un taller mecánico que está según a una distancia de 4 cuadras de su domicilio, pues a esa distancia no hay ningún taller mecánico. Agrego que el actor está laborando actualmente en la industria “GLASS & GLASS SA de CV” como jefe de logística, se comprueba mi dicho con el correspondiente recibo de pago que ya se anexo como nexo 1(uno) dentro del capítulo de “CONTESTACION DE PRESTACIONES”.

PRUEBAS

Documental pública.- consiste en la correspondiente acta de nacimiento de nuestro menor hijo JUAN ANDRES BARRON SANCHEZ, en donde claramente se ve el nombre correcto que éste lleva.

Documental privada.- Consiste en el correspondiente recibo de pago que se le es otorgado al C. AARON PAULO BARRON GUZMAN donde se plasma que él es trabajador de la empresa “GLASS & GLASS SA  de CV”.

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