ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

LOS HECHOS


Enviado por   •  21 de Febrero de 2014  •  1.930 Palabras (8 Páginas)  •  282 Visitas

Página 1 de 8

Hechos positivos o negativos, se les denominara así por su contenido. "los hechos jurídicos, igual que los actos jurídicos, pueden tener carácter positivo o negativo, según que como dice el Código Civil Argentino, sea necesario la realización u omisión de un acto, para que un derecho comience o acabe .La distinción entre uno y otro es, en opinión de Orgaz de interés teórico pero escaso valor práctico dado que sus términos se encuentran sometidos al mismo régimen en todo lo fundamental "[12]

Eso significa que los hechos positivos consisten en la realización de un hecho, y los hechos negativos consisten en la no realización de un hecho o su omisión.[13]

Hechos simples y complejos. Los hechos complejos son aquellos en los cuales tienen varios elementos, o sea requieren de la concurrencia de varios sucesos, para que sean considerados como unidades orgánicas; por ejemplo: el contrato, sin embargo-téngase en cuenta- sería erróneo decir que los hechos complejos son una sumatoria de hechos simples. Por el contrario, los hechos simples son aquellos que están formados por un solo elemento, eso quiere decir que se logran realizar o dar por un solo suceso u omisión.

Su diferencia en ambos radican en que tanto los hechos simples y complejos; los primeros son aquellos hechos que solo basta un acontecimiento para producir un efecto jurídico señalado, los segundos requieren el acontecimiento sucesivo de mas un hecho jurídico para provocar un efecto jurídico determinado[14]

"De los hechos naturales y voluntarios: en la literatura jurídica, a los primeros, también, los podemos conocer como hechos jurídicos involuntarios, en un sentido estricto, son aquellos hechos ejecutados sin discernimiento ,intención ni libertad ,es decir , pues lo que falta es la voluntad del agente que los realiza; dicho en otras palabras: son aquellos en e los cuales no intervienen la conducta voluntaria del hombre , tales como la muerte , el nacimiento , un terremoto que ocasiona pérdidas humanas y bienes , un aluvión, la mayoría de edad ,etc".[15] "En síntesis: sólo serán aquellos en los cuales producen efectos jurídicos sin que intervenga la voluntad del sujeto[16]Ej.

El transcurso del tiempo (Prescripción Arts.950, 1989 C.C)

La copropiedad (Arts.964 C.C)

El caso fortuito y la fuerza mayor (Arts.1315 Y 1317 C.C)

La accesión natural (Arts.936, 939,940 C.C)"

A Los hechos voluntarios, se les denomina así porque tienen como fuente o directriz a los actos humanos .Una conducta humana que consistirá en realizar ,ejecutar una acción o abstención humana (que uno u otros produzcan)

Pero que opina la doctrina extranjera al respecto a estas clases de hechos, primeramente, en función a los hechos jurídicos "Es entendido por los alemanes como"cualquier acontecimiento natural o humano productor de consecuencias de derecho".

PUGLIATLI dice: "Se designan como hechos jurídicos a todos los hechos naturales o humanos qué producen consecuencias jurídicas. El hecho jurídico está pues, constituido por la síntesis de un doble elemento: el hecho natural o humano (elemento material), y la calificación proveniente del ordenamiento jurídico (elemento formal)."

TRABUCCHI dice:"Los hechos jurídicos se distinguen fundamentalmente en naturales y humanos, los primeros son aquellos qué no dependen de la voluntad del hombre, nacimiento, muerte, enfermedad, incendio...los segundos denominados actos humanos son los realizados por un sujeto de derecho, como el contrato o el acto de violencia".[17]

"Todo hechos jurídico voluntario es cuando su producción depende de la voluntad humana. Se trata de una alteración de la realidad destinada a crear efectos jurídicos por voluntad humana.

Son elementos de este hecho jurídico voluntario:

a) Agente capaz de voluntad

b) Que la voluntad determine una acción lícita (de acuerdo con el ordenamiento legal) o licita (en contra del ordenamiento)"[18]

"La distinción entre estas dos clases de hechos jurídicos radica en que los primeros no intervienen una conducta voluntaria, y en los segundos, por el contrario, los efectos jurídicos nacen como consecuencia de la realización de una conducta voluntaria del individuo. En los hechos involuntarios, por el contrario, el efecto jurídico se atribuye a la realización del simple fenómeno o acontecimiento. En otros términos, a hablar de la intervención o no de la voluntad humana, es decir, al plantearse la diferencia entre hechos jurídicos voluntarios e involuntarios, estamos hablando de acuerdo a la posición tradicional de la intervención de la voluntariedad ,entendida como conducta realizada voluntariamente ,sin interesar la voluntad de producir o no algún tipo de efecto o consecuencia jurídica ".[19]

En síntesis: Los hechos jurídicos son aquellos acontecimientos que producen la eficacia constitutiva del Derecho; proporcionan la materia (supuesto de hecho) para que la norma desencadene sus efectos jurídicos. Los hechos jurídicos voluntarios pertenecen la categoría de los actos jurídicos.[20] Los hechos involuntarios no generan para su autor responsabilidad. Los hechos voluntarios pueden tener consecuencias inmediatas, que suceden por una razón natural y lógica. Si una persona arroja al suelo una cosa frágil, lo normal es que se rompa. Esto le acarreará hacerse cargo de las consecuencias de su accionar.[21]

Los hechos jurídicos pueden ser tanto como ilícitos como lícitos, los primeros son aquellos hechos que están prohibidos por la norma para poder realizarlo y por ende tienen una sanción, los lícitos son aquellos actos que están permitidos por el ordenamiento jurídico.[22]

Los actos lícitos son aquellos que están deliberadamente dirigidos a producir un efecto jurídico establecido por la ley. [23]Son hechos voluntarios que no resultan violatorios de una regla jurídica.

Cuando una persona realiza un hecho voluntario lícito, que tiene por finalidad crear, modificar, conservar, transferir o extinguir algún derecho, como finalidad inmediata, decimos que se trata de un acto jurídico, o un negocio jurídico, siguiendo la interpretación romanística.[24]

"Sin embargo, los efectos queridos pueden o no ser queridos por el agente. Los actos lícitos de efecto no querido, son aquellos, que sin expresa intención producen efectos jurídicos .Ej.el hallazgo de un tesoro .Los actos lícitos de efecto querido, son los actos jurídicos, son los actos jurídicos. Son los actos

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (12.7 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com