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Ley 26.331


Enviado por   •  19 de Junio de 2015  •  470 Palabras (2 Páginas)  •  226 Visitas

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Ley 26.331:

presupuestos mínimos de protección ambiental de los parques nativos. Dicha ley fue sancionada a fines del 2007, establecía que las provincias debían realizar un ordenamiento territorial de los bosques nativos existentes en su territorio en el plazo máximo de un año, mediante un proceso participativo, y que dicho ordenamiento debía ser aprobado por ley para poder guiar a los fondos para el enriquecimiento y conservación de los bosques. Los objetivos concretos dispuestos por ley fueron

• Promover la conservación durante el ordenamiento territorial

• Regular la expansión de la frontera agropecuaria y otros cambios de uso del suelo

• Controlar la disminución de la superficie de bosques existentes, lograr una superficie perdurable en el tiempo

• Mejorar y mantener los procesos ecológicos y culturales en los bosques nativos que beneficiaron a la sociedad

• Hacer prevalecer los principios precautorio y preventivo, en el mantenimiento de los bosques nativos

• Fomentar el enriquecimiento, conservación, restauración mejoramiento y manejo sostenible de los bosques nativos.

En el caso de Formosa, la ley fue aplicada en el año 2008, sin embargo, dicha provincia ha adoptado por brindar su territorio en beneficio del capital de los empresarios y no representando un ordenamiento territorial legitimo a beneficio de la naturaleza, “pintando” en su mayoría verde, (debido a que el ordenamiento se representaba en 3 colores, “verde” representando mucha extensión de un territorio y posibilidad de explotación, “amarillo” representando un terreno que si bien posee gran extensión, no debería ser explotado debido a que no sobra, “rojo” representando un terreno de poca extensión y no exportable), pero estableciendo categorías estrictas para el oeste y los corredores biológicos de manera tal que su verde no permite el desmonte del 100% como tolera la ley 26331, si no, que según la zona, se acepta el cambio de uso de entre un 20% hasta un 60% de la superficie de los predios y son restricciones particulares para los bosques altos, bajos y los otros ambientes en general (palmeras, pastizales, humedades, etc.). Objetivamente, el ordenamiento territorial de Formosa, además de garantizar la conservación de la mayor parte de sus bosques altos y bajos, sus alcances no son capaces de medirse exclusivamente en términos de la ley 26331, ya que no se limitó al bosque únicamente, si no que abarca a todo el territorio. Las proporciones organizativas garantizadas por cada color, vulnera al espíritu de dicha ley permitiendo a Formosa escapar de la mirada nacional, al poner sus bosques en la categoría menos restrictiva de la ley, sin embargo, dicha organización

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