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Medios De Prueba En El Proceso Penal


Enviado por   •  15 de Abril de 2013  •  489 Palabras (2 Páginas)  •  533 Visitas

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MEDIOS DE PRUEBA EN EL PROCESO PENAL

8.1 DECLARACIÓN DEL IMPUTADO

La confesión es la declaración voluntaria hecha por una persona mayor de 18 años, en pleno uso de sus facultades mentales, recibida ante el M.P. , el juez o tribunal de la causa, sobre hechos propios constitutivos del tipo penal delictivo, materia de la imputación.

8.2 DECLARACIÓN DE TESTIGOS

Toda persona que sea testigo está obligada a declarar respecto a los hechos investigados. Los testigos pueden ser presénciales o de oídas.

8.3 CAREO CONSTITUCIONAL Y PROCESAL

Constitucional: sólo se celebran si el abogado defensor lo solicita.

Procesal: se practicará cuando exista contradicción sustancial en las declaraciones de 2 personas, pudiendo repetirse cuando el tribunal lo estime conveniente. O cuando surjan puntos de contradicción.

8.4 RECONOCIMIENTO DE PERSONAS, COSAS Y LUGARES

Personas: debe recaer sobre todas las personas relacionadas con el delito, (sujeto activo y pasivo) y es necesario para la comprobación del cuerpo del delito, de lesiones externas o internas.

Cosas: debe recaer sobre las relacionadas con el delito, en las que debe describirse sus estado y las circunstancias conexas y específicamente sobre los documentos tachados de falsos.

Lugares: debe practicarse, en términos generales, cuando tuviere importancia para la comprobación del delito, de sus elementos o de sus circunstancias. Debe de ir acompañado de las cosas descubiertas en él, relacionadas con el delito y de las huellas producidas por él o por el delincuente.

8.5 RECONSTRUCCIÓN DE HECHOS

Su objeto será apreciar las declaraciones que se hayan rendido y los dictámenes periciales que se hayan formulado.

Se podrá llevar a cabo siempre que la naturaleza y las pruebas rendidas así lo exijan, a juicio del servidor público que conozca del asunto, aún durante la vista del proceso, si el tribunal lo estima necesario, no obstante que sea practicado con anterioridad.

8.6 PERITACIÓN

Siempre que para un examen de personas, hechos u objetos se requieran conocimientos especiales, se procederá con la intervención de peritos . los peritos que dictaminen serán 2 o más, pero uno, cuando solamente éste pueda ser habido o cuando el caso sea urgente.

8.7 DOCUMENTALES

El tribunal recibirá las pruebas documentales que le presenten las partes, hasta un

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