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Mercantil. Edad Media: tráfico comercial se intensificó a través del mar Mediterráneo nació la idea de utilizar documentos representativos del dinero efectivo.


Enviado por   •  2 de Marzo de 2016  •  Tareas  •  944 Palabras (4 Páginas)  •  325 Visitas

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 Mercantil II

Edad Media: tráfico comercial se intensificó a través del mar Mediterráneo nació la idea de utilizar documentos representativos del dinero efectivo.

Finales del siglo pasado en Inglaterra así como en los EEUU principiaron a legislar sobre la materia de derecho mercantil persigue los patronos que sigue el congreso o sea el organismo legislativo y se deriva la creación de las leyes uniformes.

En Guatemala desde las ordenanzas de Bilbao de 1877 y 1970 actualmente en vigor y siempre ha existido los títulos de crédito.

También rigió el reglamento uniforme de La Haya en el año de 1912 esto trato de normar lo que es la letra de cambio a nivel internacional y más tarde se concretó la conferencia en Ginebra de 1930.

Naturaleza jurídica.

De los títulos de crédito:

es un bien mueble: contiene un negocio jurídico unilateral o una declaración de voluntad que obliga al suscriptor desde el mismo momento que lo  anda con sus firmas siguiendo de este medio la teoría de la creación. Esta teoría da a entender que el título de crédito existe y obliga desde el momento en que se crea cualquiera que sea la causa por la que ha sido suscrito.

Estando firmado el título tiene la máxima seguridad estando autorizado ya puede circular.

Características de los títulos de crédito.

Formalismo: por qué está sujeto a una fórmula especial de redacción y contiene todos los elementos generales y especiales de cada uno en particular.

Incorporación: esto nos dice que el derecho no es accesorio sino que el derecho está dentro del documento. Quiere decir que cuando firmar estas cediendo.

Literalidad: se basa en lo que se escribe en el.

Autonomía: quiere decir por qué es autónomo es una existencia independiente de cualquier vínculo subjetivo.

Requisitos de los títulos de crédito:

Son art. 386, 387 388 c. Com

El nombre del título de crédito que se trate

399 cc bien mueble

392 se dividen en:

  • Nominativos: nombre a quien se crea el documento
  • A la orden: son creados a favor de determinada persona y por endosó.
  • Al portador

393: obligaciones del signatario

394: verlo bien

395: alteración del texto dolosa o culposamente en su aspecto documental.

Puede ser alterado sobre la cantidad , forma de vencimiento reforma de vencimiento reforma de vencimiento, circunstancia que cambie los términos originales de la obligación o del derecho contenido en el título.

396 convenio del plazo.

Inhábil: plazo se prorroga al siguiente día hábil con el fin de no colocar en desventaja al deudor.

397: título de crédito puede ser creado por varias personas

Puede ser aceptado por varios libradores y varios avalistas.

Creación y aceptación del aval etc.

Si son varios mancomunada y solidaria cumplimento total de la obligación sin perjuicio de su derecho de repetir con los demás co-obligados.

EL AVAL

Es un escrito en donde uno responde de la conducta del otro. Especialmente en materia política.

Art. 212

Su interés jurídico está vinculado con el derecho civil y aún más con el derecho mercantil, el aval es absoluto cuando el avalista responde por el total de lo avalado (suma de lo que le están nombrando ya sea en Quit o en moneda) y también del tiempo que se acuerde para pagar, tiene que constar en el documento constituido de la deuda principal. El avalista debe de hacerse solidariamente responsable con la persona avalada.

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