Modelo De Estatuto D Una Fundacion
selunemi23 de Julio de 2011
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ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN MEJOR CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA
ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO
CAPÍTULO PRIMERO
NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN
ARTÍCULO 1. La persona jurídica que se constituye, se denomina FUNDACIÓN MEJOR CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA, y podrá utilizar la sigla FUNCAVICOL, que es opcional), es una institución de utilidad común y sin ánimo de lucro.
ARTÍCULO 2. Naturaleza.- LA FUNDACIÓN CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA es una persona jurídica de derecho privado, de las reguladas, en lo pertinente, por los artículos 633 a 652 del Código Civil Colombiano, el decreto 2150 de 1995 y demás normas concordantes. Se constituye como una entidad sin ánimo de lucro, de carácter permanente, independiente y autónomo y de utilidad común.
ARTÍCULO 3.- Domicilio.- El domicilio principal de LA FUNDACIÓN ________________________ (indique el nombre de su Fundación), es _________________ (indique el municipio o ciudad donde tiene el domicilio principal) Departamento de _________________, República de Colombia; pero podrá, por determinación de la Junta Directiva, establecer sedes o capítulos y realizar actividades en otras ciudades y/o municipios del país y del exterior.
ARTÍCULO 4.- Duración.- LA FUNDACIÓN CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA, tendrá una duración indefinida, pero podrá disolverse anticipadamente por las causas que contemplan la ley y los presentes estatutos.
CAPÍTULO SEGUNDO
OBJETO SOCIAL Y DESARROLLO
ARTÍCULO 5.- Fines.- Los fines de la FUNDACIÓN CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA, persiguen fines de beneficencia, el interés o utilidad común y el mejoramiento de la calidad de vida, el bienestar común o de interés social (Indique si su entidad va a tener fines científicos, tecnológicos, culturales, recreativos, servicio social, etc.) .
ARTÍCULO 6.- Objeto.- La FUNDACIÓN CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA tendrá como objeto, (indique específicamente, a que se va a dedicar la Fundación, haciendo una definición clara y precisa de las actividades principales que conforman su objetivo social).
Los objetivos específicos de la Fundación serán:
. a) Crear fondos documentales y bibliográficos relacionados con los fines de la Fundación.
b) Realizar un estudio y investigar, su condición de persona necesitada ya sea: desplazada, damnificada, y ayuda a quien lo necesite. Para mejorar el desarrollo y calidad de vida de las persona. Ejemplo:
apoyar a la educación de los niños
Asesoría sicológica
Ayuda alimenticia
Construcción de vivienda
Reconstrucción parcial de vivienda
c) Conceder becas de estudio y subvenciones tanto para formación como para trabajos de investigación relacionados con los fines de la Fundación.
d) Organizar y participar en eventos (seminarios, conferencias, jornadas, congresos, exposiciones, conciertos y demás actos culturales) tanto presenciales como virtuales, en torno a cuestiones relacionadas.
e) Apoyar a personas e instituciones, públicas o privadas, en la captación de fondos procedentes de programas regionales, nacionales o internacionales que permitan la ejecución de proyectos.
f) Captar subvenciones o patrocinios que permitan la ejecución de las actividades de la Fundación.
g) Participar y crear foros nacionales e internacionales para el intercambio de experiencias y conocimientos en el uso de la información como herramienta de alfabetización y desarrollo sostenible.
h) Dar formación presencial o virtual para que todos los miembros de la Sociedad e instituciones puedan acceder y usar la información.
DESARROLLO DEL OBJETO SOCIAL
La Fundación podrá para el cumplimiento de sus fines que garantizan el cumplimiento del objetivo principal) (Por Ejemplo:)
a) Organizar las condiciones para desarrollar sus propias actividades, celebrar contratos o convenios y asociarse con otras entidades sin ánimo de lucro, de carácter nacional o internacional.
b) Realizar, patrocinar, organizar, sistematizar toda clase de eventos, en el país o en el exterior, que contribuyan al cumplimiento del presente objeto social.
c) Apoyar, patrocinar y/o facilitar la ejecución de ideas presentadas por personas o grupos, cuyos propósitos y objetivos concuerden con los de LA FUNDACIÓN CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA.
d) Diseñar y desarrollar mecanismos de financiación y con financiación, inversiones a nivel nacional, internacional, necesarios para el financiamiento y sostenimiento de LA FUNDACIÓN CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA, sus actividades y proyectos, utilizando en ambos casos los sistemas de cooperación, administración delegada de recursos, o cualquier otro medio.
e) Realizar actividades y programas que propendan por el desarrollo integral y gremial de los beneficiarios de LA FUNDACIÓN CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA.
f) Efectuar todas las otras actividades y operaciones económicas, relacionadas desde o directamente con el objeto social, para el desarrollo del mismo, el bienestar de los asociados y la adquisición de bienes, muebles e inmuebles de LA FUNDACIÓN CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA.
g) Realizar, directa o indirectamente, por cuenta propia o ajena, sola o mediante consorcios, uniones temporales o alianzas estratégicas con organizaciones no gubernamentales u organizaciones de la sociedad civil o entidades del sector privado, nacionales o extranjeras, todas aquellas actividades encaminadas a: Proyectar, ejecutar, administrar, coordinar, controlar o evaluar planes, programas o proyectos, orientados a buscar el bienestar de los asociados y el de los particulares, para tales efectos podrá asociarse, fusionarse, participar en uniones temporales, consorcios y elaborar convenios con otras personas naturales o jurídicas que desarrollen el mismo o similar objeto.
CAPÍTULO TERCERO
ASOCIADOS, DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES
ARTÍCULO 7.- Clases.- Los asociados de LA FUNDACIÓN son (indique que tipo de asociados desea tener en su Fundación) (Por ejemplo.) de tres (3) clases: fundadores, adherentes y honorarios.
Son Asociados Fundadores de la fundación las personas que idearon, promovieron, convocaron, generaron la creación de la FUNDACIÓN CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA
.
Hicieron los primeros aportes para su conformación.
Para efectos de los presentes estatutos, se consideran asociados fundadores, alas persona que con su esfuerzo aportaron su conocimiento arduamente para que esta fuera constituida, y quienes suscribieron los presentes estatutos, el acta de constitución y realizaron su aporte de ingreso.
Son Asociados Adherentes, las personas naturales y jurídicas que con posterioridad a la firma del acta de constitución, sean admitidas como tales de conformidad con estos estatutos y reglamentos correspondientes y cancelen el aporte que para tal efecto fije la Junta Directiva con base en el estatuto marco que apruebe la Asamblea General.
Son Asociados Honorarios de LA FUNDACIÓN CALIDAD DE VIDA PARA COLOMBIA. Las personas naturales y jurídicas que por sus actividades y aportes científicos y/o económicos, contribuyan de manera significativa al cumplimiento del objeto social de la institución. Su exaltación se hará cumpliendo la reglamentación que la Junta Directiva expedida al respecto.
ARTÍCULO 8.- Derechos.- Son derechos de los asociados en general (puede incluir más derecho, o variar los sugeridos):
a) Participar en las actividades de la Fundación conforme a las condiciones que para ellos se establezcan.
b) Promover programas y proyectos para el logro de los objetivos de la Fundación.
c) Elegir y ser elegido integrante de la Junta Directiva o de los comités de trabajo cuando corresponda.
d) Representar a la Fundación con previa autorización de la Junta Directiva o Asamblea General, en cualquier evento o vocería institucional temporal o permanente.
e) Recibir las publicaciones hechas por la Fundación.
f) Recibir autoría de los trabajos ejecutados como integrantes de la Fundación.
g) Fiscalizar la gestión económica y administrativa de la Junta Directiva, examinar los libros o documentos y solicitar informes al Presidente o a cualquier integrante de la Junta Directiva.
h) Retirarse voluntariamente de la Fundación según lo prescrito en estos estatutos.
i) Proponer reformas de estatutos.
j) Apelar las decisiones sancionatorias.
k) Solicitar licencias y permisos especificando su tipo y periodo de duración de las mismas.
l) Ser ratificada la aceptación de ingreso por la Asamblea General.
ARTÍCULO 9.- Deberes de los asociados. (Puede incluir más deberes o variar los sugeridos) - Serán aquellos contenidos en la declaración de principios de LA FUNDACIÓN consignados en el acta de constitución y los que se deriven de decisiones de carácter general, adoptadas por la Asamblea General y especialmente:
a) Comprometerse
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