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Mora


Enviado por   •  2 de Enero de 2014  •  Síntesis  •  567 Palabras (3 Páginas)  •  320 Visitas

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Mora

La mora es el retraso culpable o doloso en el cumplimiento de una obligación.

Es evidente que el que puede retrasarse en el cumplimiento de una obligación

es el deudor y así, decimos que incurre en mora cuando no cumple a tiempo

y por causas que le sean imputables.

Sin embargo, para el Derecho romano, también el acreedor podía incurrir en

mora; esto sucedía cuando rechazaba, sin justa causa, el pago ofrecido por el

deudor.

Así, el Derecho romano, nos presenta la moro debitoris; a cargo del deudor,

y la mora creditoris, a cargo del acreedor.

A. Mora debitorís

Para que el deudor incurriera en mora era necesario que el retraso le fuera imputable y que la deuda estuviera vencida. Para aquellas obligaciones no sujetas a plazo, era necesario que el acreedor hubiera requerido el pago mediante una interpelación (interpellatio); además, incurre en mora sin interpelación la persona que obtenga un objeto de forma ilícita, como el ladrón, por ejemplo. El deudor moroso debía pagar al acreedor los daños y perjuicios que su retraso le hubieran ocasionado, respondía hasta por fuerza mayor y además el acreedor se hacía dueño de los frutos del objeto debido desde el momento en que el deudor se constituyó en mora.

B. Mora creditorís

Como ya dijimos,la mora del acreedor aparece cuando éste rechaza injustificadamente la oferta de pago que le hace el deudor. Tiene como consecuencia eliminar la mora del deudor.

Si se debía una cantidad de dinero, el deudor podía sellarla (obsignatio) y depositarla en establecimientos públicos, quedando así liberado de la obligación (Papiniano, D. 22, 1, 7).

Dolo

Existe dolo cuando voluntariamente el deudor no cumple la obligación con la intención de dañar al acreedor.

Son elementos del dolo:

Primero: un acto o una omisión del deudor.

Segundo: la intención de llevar a cabo dicho acto.

Tercero: que este acto traiga un perjuicio económico a la otra parte.

El dolo no se presume sino que debe ser probado por el acreedor.

Culpa

La culpa se da cuando el deudor ocasiona un daño al acreedor,

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