Penal.
Tesis7 de Julio de 2013
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INTRODUCCION.
A continuación encontrara diferentes conceptos, los cuales sean estudiado desde un punto jurídico así como histórico. Los cuales mean sido de beneficio como estudiante.
CONCLUCION
LO APRENDIDO EN ESTE TRABAJO FUE A CONJUGAR LOS CONCEPTOS DESDE VARIAS PUNTOS, HISTORICOS, O SIMPLES. ASI COMO LA INVESTIGACION DE CONCEPTOS MUY INPORTANTES PARA ESTA HONORABLE CARRERA.
ESPERO QUE ESTE TRABAJO AYA SIDO DE SU AGRADO YA QUE FUE CREADO Y ESTUDIADO CON MUCHO ESFUEZO DE MI PARTE.
POR OTRO PUNTO GRACIAS POR SER UN GRAN MAESTRO Y AMIGO.
1. EL CONCEPTO DESDE EL PUNTO DE VISTA ETIMOLOGICO.
La palabra concepto viene del latín conceptum y este del verbo concipiere, que significa concebir, concipiere deriva de capere o sea agarrar o capturar algo.
Los conceptos son construcciones o imágenes mentales, por medio de las cuales comprendemos las experiencias que emergen de la interacción con nuestro entorno. Estas construcciones surgen por medio de la integración en clases o categorías, que agrupan nuestros nuevos conocimientos y nuestras nuevas experiencias con los conocimientos y experiencias almacenados en la memoria. Una idea que nos formamos todas las personas de determinada cosa o bien a si pensamientos que obtenemos mediante el conocimiento diario de la vida.
2. JURIDICO DESDE EL PUNTO DE VISTA ETIMOLOGICO:
Del latin Juridicus, formado con IUS derecho y Dicere decir, dio lugar a una vasta familia de términos vinculados al derecho.
1. IURISCONSULTUS, se formo mediante JURIDICUS Y CONSULERE, que significa pedir consejo y tomo la forma JURISCONSULTO.
2. A la misma familia de palabras pertecene JURAR de latin JURARE, utilizada inicial mente con el sentido de formular una declaración poniendo a DIOS como testigo. OVIDIO decía JURARE DEOS, juras por los dioses.
Es lo relacionado con el Derecho, que es el conjunto de normas que regulan la conducta del hombre en sociedad, y establecen penas ante su incumplimiento. Proviene del vocablo latino JURIDICUS, de IUS o IURIS, que significa Derecho. Lo jurídico es lo impuesto exteriormente al ser humano, que no decide si cumplir o no cumplir lo establecido normativamente, sino que debe hacerlo, si desea evitar la sanción.
3. FUNDAMENTAL DESDE EL PUNTO DE VISTA ETIMOLOGICO:
TIENE DERIVACIONES TANTO COMO:
A lo que sea su principio o parte principal véase también origen , esencia, y otros términos relacionados. A lo que sea su base o cimientos, tanto de forma literal como de forma alegórica (véase también profundidad y otros términos relacionados). Cimientos de determinada cosa o construcción. Esencia o inicios.
Es lo básico con bases y simientos, el centro o esencia de determinada cosa. Lo necesario de algo en algo, sin lo fundamental no podría ser lo que es.
4. NORMA DESDE EL PUNTO DE VISTA ETIMOLOGICO:
Viene del latín NORMA y se refería a una ESCUADRA, esas regalas q usan los carpinteros para verificar que las piezas de madera estén cuadradas ósea en Angulo recto. Regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas o actividades. En el ámbito del derecho, una norma es un precepto jurídico. Regla que es creada por la sociedad para regular cualquier comportamiento humano.
5. REGLA DESDE EL PUNTO DE VISTA ETIMOLOGICO.
El término latino regula indica un instrumento que sirve de ayuda para trazar líneas rectas. Se deriva de regere, es decir, dirigir, sostener guiar derecho.
ESTA PUEDE TOMARCE DESDE VARIAS CONTEXTOS Y PUNTOS.
En el contexto eclesiástico-religioso y hablando en sentido general. Las reglas, por otra parte, son normativas o preceptos que deben respetarse. Lo habitual es que las reglas surjan por un acuerdo o convenio y que, una vez instauradas, sean de cumplimiento obligatorio. Instrumento plano el cual sirva para trazar líneas rectas en determinada área.
Pude ser creada por el hombre para regular un sistema jurídico, en determinado estado.
6. LEY DESDE EL PUNTO DE VISTA ETIMOLOGICO.
La palabra ley viene del latín Lex, palabra que se refería a la formula de mezclar mentales, especial mente ala cantidad de oro que debían de tener las monedas romanas, el genitivo de Lex es Legis. La ley (del latín lex, legis) es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia. Su incumplimiento trae aparejada una sanción. Es una norma creada por el hombre, la cual lleva diferentes procesos para ser promulgada, asi como aplicada.
7. VALOR DESDE EL PUNTO DE VISTA ETIMOLOGICO.
La palabra valor viene del latin valere que significa ser fuerte. Cualidad que confiere a las cosas, hechos o personas una estimación, ya sea positiva o negativa. Se pude tomar a este como aquello que esta dentro de las personas el cual rectifica la personalidad o comportamiento de estas, o el precio de una cosa determinada.
8. PRINCIPIO JURIDICO.
Este aparece desde el momento en que el derecho surge el derecho de la concepción racionalista asentada en el siglo XVII. Son conceptos o proposiciones de naturaleza axiológica o técnica que informan la estructura, la forma de operación y el contenido mismo de las normas, grupos normativos, conjuntos normativos y del propio Derecho como totalidad.
9. Espiritu: La concepción moderna dice: el espíritu no es una sustancia, sino el modo de ser propio del ser humano, cuya esencia es la libertad. Seguramente somos seres de libertad porque plasmamos la vida y el mundo, pero el espíritu no es exclusivo del ser humano ni puede ser desconectado del proceso evolutivo. Pertenece al cuadro cosmológico. Es la expresión más alta de la vida, sustentada a su vez por el resto del universo.
ESPÍRITU DE LAS LEYES: «Este espíritu consiste en las diversas relaciones que las leyes pueden tener con diversas cosas» (E.L.,I,3). Hegel en sus LECCIONES SOBRE HISTORIA DE LA FILOSOFÍA (III) dice que: “[el texto] contempla a los pueblos desde el grandioso punto de vista que consiste en considerar como una totalidad su constitución política, su religión, en una palabra, todo lo que se encuentra dentro de un Estado”. El concepto, que Montesquieu toma al jurista Jean Domat, define el horizonte metajurídico de las leyes en el Estado y debe leerse por oposición al empirismo y al positivismo jurídico. Se fundamenta en una doble exigencia “justicia” y “libertad” simultáneamente. Siendo ontológicamente de carácter jurídico el mismo orden del mundo, el conocimiento racional de las leyes es una exigencia fundamental en la medida en que el hombre se realiza en tanto que humano por medio de reglas jurídicas. Existen unas leyes inmutables y eternas «leyes naturales» y leyes «leyes-relaciones» [«lois-rapport»], cuyo fundamento está en las primeras. La normatividad de las leyes humanas depende de la «naturaleza de las cosas», tal como Dios la ha querido. Montesquieu, pues, forma parte de la corriente iusnaturalista pero lo hace de una manera profundamente original
10. Garantía: Son las que pretenden que las autoridades del estado no apliquen arbitrariamente el orden jurídico, se salvaguarda cuando las autoridades actúan con apego a las leyes, y las formalidades deben observarse antes de que a una persona se le prive de su patrimonio y su libertad.
11. Axiologia: (del griego άξιος 'valioso' y λόγος 'tratado'), o filosofía de los valores, es la rama de la filosofía que estudia la naturaleza de los valores y juicios valorativos.1 El término axiologíafue empleado por primera vez por Paul Lapie2 en 1902 y posteriormente por Eduard von Hartmann en 1908. La reflexión explícita acerca de los valores, sin embargo, es anterior a la noción de axiología y puede remontarse a Hume, quien se preocupa principalmente por los valores morales y estéticos y elabora una teoría antimetafísica y nominalista de los valores. Con todo, la teoría de Hume define los valores como principios de los juicios morales y estéticos, visión que será criticada por Friedrich Nietzsche y su concepción genealógica de los valores, según la cual no sólo los juicios estéticos y morales dependen de valores, sino que hasta las verdades científicas y las observaciones cotidianas responden a ciertos valores y formas de valorar. Por otro lado, también Marx utiliza un concepto económico de valor para fundamentar en buena medida sus críticas y análisis socioeconómicos. Desde el punto de vista ético, la axiología es una de las dos principales fundamentaciones de la ética junto con la deontología.
12. Deontologia: (del griego δέον "debido" + λόγος "Tratado"; término introducido por Jeremy Bentham en su Deontology or the Science of Morality/Deontología o la ciencia de la moralidad, en 1889) hace referencia a la rama de la ética cuyo objeto de estudio son aquellos fundamentos del deber y las normas morales. Se refiere a un conjunto ordenado de deberes y obligaciones morales que tienen los profesionales de una determinada materia.
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