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Penitenciarismo


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2012  •  1.628 Palabras (7 Páginas)  •  469 Visitas

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República Bolivariana De Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior

Universidad Bolivariana de Venezuela

San Juan de Colón-Estado Táchira

ENSAYO

“UNIDAD IV, V VI Y VII”

Elaborado por:

Ballesteros G. Flor Y.

Estudios Jurídicos

VIII Semestre

San Juan de Colón, Noviembre de 2012

Las reglas mínimas de las naciones unidas para el tratamiento de los reclusos son los parámetros mínimos a nivel mundial, deben reconocerse por parte de los estados y así garantizar a la población reclusa el cumplimiento de sus deberes y garantizar aquellos derechos que como seres humanos deben ser dignos de ellos.

Estas reglas están estructuradas así:

1. Observaciones preliminares donde se estipula de que se trata este reglamento.

2. La primera parte trata de las reglas de aplicación a la administración general de los establecimientos penitenciarios aplicable a todas las categorías de los reclusos.

3. La segunda parte es sobre las reglas aplicables a categorías especiales.

Para concluir se establecen los principios básicos para el tratamiento de los reclusos en donde están contenidos los derechos en once numerales.

Referente a esto podemos decir que como recomendación relacionada podemos acotar que el Estado ha tratado de ajustar el Ordenamiento Jurídico a estas reglas, sin embargo se ha dejado notar que manejar la Ley es distinto a la realidad social que se vive y los recursos económicos juegan un papel fundamental dentro del entorno penitenciario.

La vida penitenciaria en cuanto a la Ley podemos encontrarla estipulada en la Ley de Régimen Penitenciario en donde encontramos la clasificación desde el artículo 9 hasta el 11, en donde la clasificación puede ser por: sexo, edad, naturaleza y tipo de delito, antecedentes penales, grado de cultura, profesión u oficio, estado de salud, características de su personalidad y la naturaleza y duración de la pena, esta se hará en el periodo de observación no más de 3 meses donde se dará diagnostico criminológico y designa quien elaborará dicho diagnostico, en el reglamento de la Ley de Régimen Penitenciario en el capítulo I del artículo 1 al 6, mientras en el Reglamento de Internados Judiciales encontramos un capítulo entero desde el artículo 10 al 15, para la observación, clasificación y agrupación de los reclusos en donde la clasificación según artículo 11 la agrupación según artículo 13 y 14.

Mientras la agrupación de los penados en la Ley de Régimen Penitenciarios artículo 12 al 14, según casos de emergencia, enfermedad y traslado afinidad de sus respectivos tratamientos y la autoridad hará trato adecuado a cada grupo, en el Reglamento de la Ley de Régimen Penitenciario lo encontramos del artículo 7 al 10 en donde encontramos una explicación profunda de los artículos 12 al 14 de la Ley de Régimen Penitenciario.

El trabajo Es para los penados y reclusos un derecho y un deber de carácter formativo y productivo; este lo podemos encontrar en la Ley de Régimen Penitenciario del artículo 15 al 19 y en el Reglamento de la Ley de Régimen Penitenciario del artículo 11 al 19 donde encontramos desde derecho y deberes laborales hasta el estudio de la distribución en porcentaje del sueldo o remuneración, y en el Reglamento de Internados Judiciales, estipulado desde el artículo 16 al 20 donde se deja ver el trabajo como un esfuerzo para mejorar la parte educativa y formativa, ya que es reconocido como una forma de asistencia integral para todo procesado.

Los servicios de educación cultura deporte y entretenimiento: Los establecimientos penitenciarios y los internados judiciales según el Reglamento de la Ley de Régimen Penitenciario en los artículos 20 al 28 nos habla sobre los servicios educativos, culturales y deportivos en donde se especifica servicio de educación primaria y media, alfabetización, pruebas de exploración para comprobar nivel escolar, se puede ejercer la docencia siempre que se cumplan los requisitos de la Ley de Educación y sus Reglamentos, habrá un Coordinador General para la parte cultural y se promoverán estas en la institución, así como se celebraran fechas patrias y en cada establecimiento funcionara una biblioteca, como también habrá un profesor de Música y Grupos de Coros, Bandas Orquestas y Conciertos para motivar la población penitenciaria dentro del recinto penitenciario, también habrá espacios adecuados para la práctica de Deportes y para el Reglamento de Internados Judiciales lo encontramos desde el artículo 24 al 32 donde se especifica lo anteriormente expuesto sobre las actividades según la Ley del Régimen Penitenciario.

Es también el problema sexual, un punto importante a tratar, ya que a pesar que no hay denuncias oficiales se sabe que algunos reclusos han sido víctimas de fuertes agresiones y violaciones en donde tener corta edad o haber cometido delitos de violación de la seducción, la prostitución o corrupción de menores y de los ultrajes al pudor, son conductas que dentro de los recintos carcelarios son de relevancia para ser víctima de estos; se podría decir, que se estigmatiza en una venganza

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