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PENITENCIARISMO


Enviado por   •  29 de Octubre de 2012  •  1.764 Palabras (8 Páginas)  •  409 Visitas

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La Penología: es una discutida ciencia penal que se ocupa de la aplicación y ejecución de las penas, y de forma general del castigo y tratamiento del delincuente.

Se trata de una rama de las ciencias penales que estudia los sistemas de castigo y redención de los criminales, así como de los métodos y procedimientos legales destinados a prevenir el delito.

Su denominación procede del término ingles Penology, aparecido en 1834 de la mano de Francis Lieber, quien la concibió en el sentido amplio que mantienen sus defensores como disciplina autónoma.

El Derecho Penitenciario: es la rama del Derecho que se ocupa de la ejecución de las penas y medidas de seguridad privativas de libertad o de derechos. Surge como disciplina jurídica autónoma a principios del siglo XX.

Penología y Derecho Penal.

Penología: cuando la prisión se convierte en una pena formalmente y mucho después, cuando esta pena empieza a utilizarse como un medio para obtener un cambio de conducta, de mentalidad de internos, como un instrumento con el cual obtener la corrección del hombre delincuente, no se habla de derecho Penitenciario ni mucho menos de derecho de ejecución de penas.

Derecho Penal.

Es la rama del derecho público interno relativa a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad, que tiene por objetivo inmediato la creación y la conservación del orden social.

El derecho penal es un medio de control social, y este último puede ser comprendido como un conjunto de modelos culturales y de símbolos sociales, también de actos, a través de los cuales dichos símbolos y modelos son determinados y aplicados.

Criminología.

La criminología trata del fenómeno criminal en todas sus dimensiones: causas, naturaleza y circunstancias que rodean el delito; características de los criminales y sus organizaciones; métodos de represión, tratamiento y reinserción de los delincuentes; medios de reacción frente al crimen y prevención de las conductas delictivas.

Ciencia Penitenciaria.

Es una parte de la penología que se ocupa del estudio de las penas privativas de libertad, de su organización y aplicación, con la finalidad de reintegrar, profesional y socialmente, a los condenados y le atribuye a la penología la responsabilidad de estudiar las restantes penas, capital restrictivas de libertad o derechos, pecuniarias, así como la asistencia pos carcelaria.

Derecho Penitenciario.

Conjunto de normas que regulan la readaptación de los individuos sujetos a una sentencia privativa de la libertad.

La penología, se dice que él, penitenciario nace paralelamente al derecho penal surgiendo la penología cuando se convierte en la prisión en una pena formalmente, y se sigue utilizando hasta nuestros días como un medio para obtener un cambio de conducta personal y mental de los delincuentes teniendo como base la sanción correctiva de su privación de libertad.

Los Sistemas y los Regímenes Penitenciarios.

Es frecuente el uso indistinto de "cárcel" o "prisión", sin embargo Ruiz. Funes, distingue entre cárceles de custodia y cárceles de pena. No sería estrictamente prisión el lugar donde se encuentran los ciudadanos, hasta que una sentencia firme los considera culpables de un delito y obligados al cumplimiento de una sanción penal.

La cárcel precede al presidio y a las penitenciarías, que son las que designan el modo de cumplimiento y el lugar de ejecución de las sanciones privativas de libertad.

El término "cárcel", conforme al diccionario, significa "cosa pública", destinada para la custodia y seguridad de los reos.

Otros encuentran su origen en el vocablo latino "coercendo” que significa restringir, coartar, y en la palabra "carcar", término hebreo que significa "meter una cosa". Oportunamente veremos que este concepto ha cambiado.

Después aparece el concepto de penitenciaría que evoluciona hacia el de la pena privativa de libertad como “penitencia”.

Es decir, lugar para lograr el arrepentimiento de quien violó la norma penal.

ANTIGÜEDAD

En la antigüedad existían penas privativas de la libertad que forzosamente debían cumplirse en establecimiento a los que se denominaban cárceles. Se internaban a deudores, a sujetos que no pagaban o no cumplían con sus obligaciones por ejemplo impuestos y el Estado tenía interés en asegurar su cumplimiento.

Las descripciones de los lugares donde se alojaban eran tremendas y así se cuenta que en una cárcel de Birmania, un obrero llamado Henry Gouger, fue arrojado a un calabozo poblado de leprosos, enfermos de viruela y gusanos hambrientos.

Sin embargo, pudo sobrevivir y agrega, en un informe que durante un periodo de su encarcelamiento, se colocó a una leona hambrienta en la celda vecina, a la vista de los presos que vivían en un temor constante de acabar entre sus garras. Esta era una forma de terror psicológico.

La prisión, como pena, fue casi desconocida en el antiguo derecho.

Los pueblos que tenían lugares destinados a cárceles, en el antiguo y medio oriente, fueron el chino, babilónico, hindú, persa, egipcio, japonés y hebreo.

Los chinos las tenían ya en el siglo XVIII, en épocas del Emperador Sum. Después se impuso algún reglamento carcelario y los condenados por lesiones, debían realizar trabajos forzados y públicos. En esas cárceles se aplicaron los más diferentes tormentos, como el del hierro caliente “pao-lo", que consistía en picar los ojos de los delincuentes.

En Babilonia las cárceles se denominaban "Lago de Leones" y eran verdaderas cisternas.

Los egipcios tenían como lugares destinados a cárceles, ciudades y casas privadas, donde debían realizar trabajos.

Los japoneses dividían al país en cárcel del norte y del sur, para alojar en estas últimas a quienes eran condenados por

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