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Principio De LegalidaD


Enviado por   •  5 de Mayo de 2014  •  606 Palabras (3 Páginas)  •  256 Visitas

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2. Antecedentes Históricos

En la actualidad, se llega a afirmar que el principio de legalidad es producto de la filosofía de la ilustración; pero sin embargo, también, se ha llegado a sostener que sus orígenes se remontan a épocas anteriores, remitiéndose hasta el Código de Hammurabi (según algunos, año 1950 a. C., según otros año 1700 a. C.) en el cual se planteaba la necesidad de un derecho plasmado en grafías, accesible a todos, que protegiera y brindara seguridad jurídica a los ciudadanos.

Igualmente, hay algunos que señalan que el Derecho romano y el Derecho Medieval románico preveían ya en cierta medida prohibiciones de retroactividad, pero era absolutamente usual castigar conforme al Derecho consuetudinario o al arbitrio judicial.

Durante algún tiempo, otro sector doctrinal ha sostenido que su origen hay que buscarlo en el artículo 39 de la Magna Charta Libertatum dada por el Rey inglés Juan sin Tierra en el año 1215. Otros se inclinan por el precedente de la Charta Magna Leonesa que D. Alfonso Rey de León y de Galicia, otorgó en las Cortes de León del año 1188.

Pero, sin duda, es el pensamiento de la ilustración, que surgió como respuesta a las arbitrariedades del poder estatal, el que sienta las bases del principio de legalidad. Encuentra en esta época, su plasmación, su firme y claro contenido, hasta hoy, vigente.

De cualquier forma no cabe duda que el principio, tal como actualmente se concibe; tiene su origen en el siglo XVIII y es obra del pensamiento ilustrado y liberal en su lucha contra los abusos y arbitrariedades del poder. Su consagración definitiva se inicia en las Constituciones americanas (Filadelfia, 1774; Virginia y Maryland, 1776). En Europa lo esboza la “Josephina” austriaca de 1787, pero es, sobre todo, la Declaración francesa de los Derechos del hombre y del ciudadano de 26 de agosto de 1789 la que le otorga carta de naturaleza

En el Perú la constitución de 1828 (art. 150), recoge por primera vez el principio de legalidad en forma clara y categórica: “ningún peruano está obligado a hacer lo que no manda la ley, o impedido de hacer lo que ella no prohíbe”, En el Proyecto de Código Penal de Manuel Lorenzo de Vidaurre no prevé en forma explícita el principio de legalidad. En el art. 34 lo contiene implícitamente: “toda acusación deberá contener la ley que se ha quebrantado”. El Código Penal de 1863, dispone que: “las acciones u omisiones voluntarias y maliciosas penadas por la ley, constituyen los delitos y las faltas”6 El Código penal de 1924 lo recoge en el artículo 2 “Nadie será condenado a sufrir pena alguna que no esté sancionada en la ley, ni a sufrir pena distinta de la que la ley señala para la infracción juzgada”; y, también, en el artículo 3 “Nadie será condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no estuvieren calificado en la ley de manera expresa

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