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PRINCIPIO DE LEGALIDAD


Enviado por   •  21 de Octubre de 2013  •  1.027 Palabras (5 Páginas)  •  203 Visitas

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PRINCIPIO DE LEGALIDAD

Este primer principio se refiere a la superioridad de la Constitución y de la Ley en sentido material; lo cual conlleva al absoluto sometimiento de la acción administrativa al denominado bloque de la legalidad. Existe un aspecto muy importante que se debe resaltar, y es que el principio bajo análisis no solo comprende a la Constitución y las leyes formales emanadas del órgano legislativo, sino también las disposiciones, que dictadas por el propio Poder Ejecutivo, vinculan a la Administración en su actuación concreta en virtud del principio de la jerarquía de las normas.

Encuentra el principio de legalidad su fundamento constitucional en el artículo 137 de la Carta Magna venezolana, al cual también se le conoce como principio de la competencia o bloque de la legalidad, por cuanto las actividades que realicen los órganos que ejercen el Poder Público deben someterse a la Constitución y a las leyes.

De manera sucinta puede señalarse entonces respecto del principio de legalidad, que éste implica el sometimiento pleno de la Administración Pública al Ordenamiento jurídico, y al control judicial, de manera que no haya exclusión a ese control.

PRINCIPIO DE JERARQUÍA Y COORDINACIÓN

Este principio atiende al hecho de que los entes de la Administración Pública estarán conforme a la distribución vertical del Poder Público, jerárquicamente ordenados y relacionados de forma organizada. Los de menor jerarquía estarán sometidos al control, supervisión y dirección de los superiores con competencia en la materia correspondiente. El incumplimiento de las órdenes e instrucciones de su superior jerárquico inmediato, obliga la intervención de éste y motiva responsabilidad civil, penal o administrativa de los funcionarios o funcionarias públicos inculpados, sin que les sirva de excusa haber actuado cumpliendo órdenes superiores.

Es necesario para que los órganos de la administración pública puedan lograr el cumplimiento de sus fines, deben estar coordinados funcionalmente bajo el principio de una unidad orgánica.

Para mantener su orientación institucional de conformidad con la Constitución y la Ley, la organización de la Administración Pública tendrá la asignación de competencia, relaciones, instancias y sistemas de coordinación.

PRINCIPIO DE COMPETENCIA

Se encuentra definido en la Constitución en su Artículo 137, cuando dispone: “La Constitución y la ley definirán las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben sujetarse las actividades que realicen”.

Se entiende como la aptitud legal de los órganos del Estado, o en palabras, como el conjunto de facultades, de poderes y de atribuciones que le han sido legalmente asignadas para actuar en sus relaciones con los otros órganos del Estado y con los particulares.

Concede una facultad, pero establece una obligación y un límite dentro del cual puede actuar el órgano.

PRINCIPIO DE LA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN

La base fundamental del principio de la responsabilidad de la administración se encuentra consagrada en el texto fundamental en el artículo 140, que se refiere tanto a la responsabilidad contractual como extracontractual, siempre que la lesión sea imputable al funcionamiento normal o anormal de la actuación de la Administración Pública.

Esta responsabilidad que consagra la Constitución, es distinta y excluyente de los requisitos subjetivos de la responsabilidad previstos en el Código Civil. Es una responsabilidad objetiva, y es aquella responsabilidad que resulta de una relación

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