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Procesal civil. ORDINARIO DE DIVORCIO


Enviado por   •  13 de Octubre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  2.572 Palabras (11 Páginas)  •  192 Visitas

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SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA

ORDINARIO DE DIVORCIO NUEVO:            Of. Y Not.      

EDWIN ERNESTO HUERTAS ZULETA, de cuarenta y dos años de edad, casado, estudiante, guatemalteco, de este domicilio; actúo bajo la dirección y procuración del   Abogado que me auxilia, cuya oficina profesional esta ubicada en la novena avenida trece guión cincuenta y ocho de la  zona uno esta ciudad capital, lugar que  señalo para recibir notificaciones. Por el presente memorial me presento a demandar en la Vía Ordinaria el divorcio por causal determinada de mi esposa MARIA ISABEL PINEDA SALAZAR, quien puede ser notificada en el lote número veintiuno, manzana “E” zona veinticinco, Colonia Los Ángeles, municipio de Guatemala, del departamento de Guatemala, ignorando si es el lugar de su residencia, bajo el auxilio del abogado  ROXANA demanda que baso en los siguientes:

HECHOS:

  1. Con la señora MARIA ISABEL PINEDA SALAZAR, contrajimos matrimonio civil en el Municipio de Guatemala, del Departamento de Guatemala,  el veintinueve de abril del año mil novecientos noventa y cinco, ante los oficios del Notario HUMBERTO GIRON CORDON, dicho matrimonio esta inscrito en la partida número: Dos mil doscientos sesenta y seis (2266); folio: sesenta y seis (66); Libro: ciento ochenta MN (180MN) de matrimonios notariales del Registro Civil de las Personas del Municipio de Guatemala, del Departamento de Guatemala, tal como lo acredito con la certificación de matrimonio que fuera extendida por dicho registro, que me permito acompañar y que identifico como “ANEXO 1”.
  2. Como consecuencia del matrimonio procreamos a cuatro hijos de nombres: JAQUELINE ARELY, (actualmente mayor de edad), NURY SARAY, EDWIN DANIEL Y RONALD NOE, de apellidos HUERTAS PINEDA, de los cuales Edwin Daniel y Ronald Noe, son menores de edad, los nacimientos de nuestros están inscritos en las partidas números: cinco mil trescientos setenta y dos (5372); dos mil seiscientos uno (2601); mil ochocientos cincuenta y siete (1857);  doscientos treinta y ocho (238); folios: trescientos setenta y dos (372); doscientos cincuenta y nueve (259); ciento trece (113); doscientos treinta y ocho (238) de los libros: setenta y nueve IZ6 (79IZ6); noventa y siete guión IZ6 (97-IZ6); ciento treinta guión IZ6 (130IZ6); ochocientos doce diagonal N (812/N) respectivamente de nacimientos del Registro Civil de las Personas del Municipio de Guatemala, del Departamento de Guatemala, tal como lo acredito con las certificaciones de nacimiento que fueran extendidas por dicho registro y que me permito acompañar y que identifico como “ANEXOS del 2 al 5”.  

C) Que con fecha  dieciséis de abril del año dos mil diez, en forma unilateral mi esposa abandono el hogar conyugal, lo cual se hizo constar en acta Notarial de fecha dieciocho de abril del año dos mil diez, autorizada en esta ciudad por el Notario NIDIAN MARLENI LOPEZ MARTINEZ , de la cual se acompaña copia autenticada, por lo que considero que la casual que establece el inciso cuarto del artículo 155 del Código Civil, se adecua en el presente caso, para solicitar el divorcio por causal determinada, de acuerdo al artículo citado y que me permito acompañar y que identifico como anexo “6”.

 D)  Luego de la ausencia voluntaria y abandono inmotivado de mi esposa, con fecha diez de octubre del año dos mil trece, celebramos convenio en juicio Oral de Fijación  de Pensión Alimenticia, en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Familia de Guatemala, dentro del proceso identificado con el numero cero mil cincuenta y seis guión dos mil trece guión cero mil treinta y tres (01056-2013-01033), a cargo del oficial y notificador tercero. En el referido proceso se me fijo una pensión alimenticia de ochocientos quetzales mensuales a razón de cuatrocientos quetzales para cada uno de mis menores hijos EDWIN DANIEL y RONALD NOE ambos de apellidos HUERTAS PINEDA, no ha si para mis hijas JAQUELINE ARELY y NURY SARAY de apellidos HUERTAS PINEDA, pues ambas ya formaron sus respectivos hogares y actualmente formaron sus respectivas familias, así mismo en el referido convenio la señora MARIA ISABEL PINEDA SALAZAR, renuncio a la pensión alimenticia que le podía corresponder. Acompaño certificación de dicha resolución  junto al presente memorial y que corre como “ANEXO 7”.

E) Es el caso señor Juez, que hasta la presente fecha he cumplido con al obligación impuesta por el referido tribunal de familia lo cual lo pruebo con la copia autenticada de los depósitos efectuados a la cuenta a nombre de la señora MARIA ISABEL PINEDA SALAZAR, del Banco G&T Continental, registrada con el número 78 1-004377-7, los cuales se identifican de la siguiente forma: 1) número C novecientos noventa y cuatro mil, seiscientos veintiocho de fecha doce de septiembre del año dos mil catorce; 2) número C novecientos noventa y cuatro mil seiscientos cincuenta y uno, de fecha treinta de septiembre del año dos mil catorce; 3) número C novecientos noventa y cuatro mil, seiscientos ocho de fecha veintinueve de agosto del año dos mil catorce; 4)  número C novecientos noventa y cuatro mil, quinientos veintitrés de fecha catorce de agosto del año dos mil catorce; 5) número C novecientos noventa y cuatro mil cuarenta y cuatro de fecha treinta y uno de julio de julio del año dos mil catorce; 6) número C novecientos noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y uno, de fecha quince de julio del año dos mil catorce; 7) número C novecientos noventa y cuatro mil trescientos noventa y dos, de fecha catorce de junio del año dos mil catorce; 8) número C novecientos noventa y cuatro mil, trescientos cincuenta y siete de fecha treinta de mayo del año dos mil catorce; 9) número novecientos noventa y cuatro mil trescientos siete, de fecha quince de mayo del año dos mil catorce; 10) número C novecientos noventa y cuatro mil cuarenta y dos, de fecha quince de abril del año dos mil catorce; 11) número C novecientos noventa y cuatro mil doscientos cincuenta y seis, de fecha once de abril del año dos mil catorce; 12) número C novecientos noventa y cuatro mil, cuarenta y uno de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil catorce; 13) número C novecientos noventa y cuatro mil cuarenta; de fecha catorce de marzo del año dos mil trece; 14) número C novecientos noventa y cuatro mil treinta y nueve, de fecha veintiocho de febrero del año dos mil catorce, 15) número C novecientos noventa y cuatro mil treinta y ocho, de fecha catorce de febrero del año dos mil catorce; 16) número treinta y seis millones ochocientos doce mil seiscientos cincuenta y dos, de fecha tres de febrero del año dos mil trece; 17) número treinta y seis millones ochocientos doce mil seiscientos cincuenta y uno, de fecha tres de febrero del año dos mil catorce; 18) treinta y seis millones ochocientos doce mil seiscientos cincuenta y tres de fecha treinta y uno de enero del año dos mil catorce; 19) treinta y seis millones ochocientos doce mil novecientos cuatro de fecha treinta de diciembre del año dos mil trece; 20) número treinta y seis millones ochocientos doce mil seiscientos cincuenta de fecha diecisiete de diciembre del año dos mil trece; 21) número treinta y seis millones ochocientos doce mil seiscientos cuarenta y nueve de fecha quince de noviembre del año dos mil trece; 22) número treinta y seis millones ochocientos doce mil seiscientos cuarenta y seis de fecha treinta y uno de octubre del año dos mil trece; 23) número treinta y seis millones ochocientos doce mil seiscientos cuarenta y ocho de fecha quince de octubre del año dos mil trece; 24) número C cuatro millones ciento dieciocho mil setecientos noventa y uno de fecha diez de octubre del año dos mil trece; 25) número treinta seis millones ochocientos doce mil seiscientos cuarenta y siete de fecha ocho de octubre del año dos mil trece; 26) treinta y seis millones ochocientos doce mil seiscientos uno de fecha treinta de septiembre del año dos mil trece; 27) número treinta y seis millones ochocientos doce mil seiscientos catorce de fecha catorce de septiembre del año dos mil trece; 28) treinta y seis millones ochocientos doce mil seiscientos doce de fecha trece de septiembre del año dos mil trece, 29) número B siete millones trescientos diecisiete mil novecientos noventa de fecha treinta de agosto del año dos mil trece, 30) número B siete millones trescientos diecisiete mil novecientos sesenta y tres, de fecha catorce de agosto del año dos mil trece; 31) número B siete millones trescientos diecisiete mil ochocientos setenta y cinco, de fecha treinta y uno de julio del año dos mil trece; 32) número C un millón trescientos setenta y dos mil cuatrocientos nueve; de fecha quince de julio del año dos mil trece; 33) número B siete millones trescientos diecisiete mil setecientos noventa y nueve, de fecha veintisiete de junio del año dos mil trece; 34) número B siete millones trescientos diecisiete mil setecientos sesenta y cuatro, de fecha quince de junio del año dos mil trece; 35) número B nueve millones cuatrocientos cuarenta y tres mil doscientos sesenta y seis, de fecha treinta y uno de mayo del año dos mil trece; 36) número B siete millones trescientos diecisiete mil seiscientos cuarenta y ocho, de fecha quince de mayo del año dos mil trece; 37) número B siete millones trescientos diecisiete mil seiscientos cinco, de fecha dos de mayo del año dos mil trece; 38) número treinta y seis millones ochocientos doce mil quinientos veinticuatro, de fecha treinta de abril del año dos mil trece; 39) número B siete millones trescientos diecisiete mil quinientos noventa y siete de fecha diecinueve de abril del año dos mil trece; 40)número B siete millones trescientos diecisiete mil  quinientos setenta y tres, de fecha veintiséis de marzo del año dos mil trece; 41) número B siete millones trescientos diecisiete mil quinientos cincuenta y tres, de fecha veinte de marzo del año dos mil trece; 42) número B siete millones trescientos diecisiete mil cuatrocientos ochenta y dos, de fecha cuatro de marzo del año dos mil trece; 43) número B siete millones trescientos diecisiete mil cuatrocientos setenta y dos, de fecha veintiocho de febrero del año dos mil trece; 44) número B siete millones trescientos diecisiete mil cuatrocientos cincuenta y seis, de fecha dieciocho de febrero del año dos mil trece;  45) número A cinco millones quinientos veintidós mil cuarenta y seis, de fecha treinta y uno de enero del año dos mil trece.  Acompaño copia legalizada de los mismos que corren como “ANEXOS  8, 9, 10 y 11”.

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