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Unidad Pruevas Mercantiles


Enviado por   •  9 de Junio de 2013  •  644 Palabras (3 Páginas)  •  254 Visitas

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Concepto de medio preparatorio de juicio.

Son aquellos procedimientos, anteriores al juicio que tienden a proporcionar a quien los promueve elementos de conocimiento o de prueba que le permitirán promover un juicio mercantil sea ordinario o ejecutivo

Presupuestos de procedencia

Una duda, obstáculo o deficiencia que conviene o es indispensable antes de presentar el proceso principal. Se trata de pre constituir una prueba para que el juez este en posibilidad de valorarla en los considerandos al pronunciar la sentencia definitiva

Fundamento.

Los juicios mercantiles tanto ordinarios como ejecutivos necesitan constatar un hecho o verificar una prueba para evitar que pudiera desaparecer la acción por tiempo o de la persona que va a ser demandada

Limitación de los medios preparatorios en el procedimiento mercantil. Solo pueden promoverse los previstos por el código de comercio en sus artículos 1151 al 1167

El juicio podrá prepararse:

1.-Pidiendo declaración bajo protesta el que pretenda demandar, de aquel contra quien se propone dirigir la demanda acerca de algún hecho relativo a su personalidad o a la calidad de su posesión o tenencia.

2.- pidiendo la exhibición de la cosa mueble que, en su caso haya de ser objeto de acción real que se trate de entablar.

3.-Pidiendo al comprador al vendedor o el vendedor, al comprador, en el caso de evicción, la exhibición de títulos u otros documentos que se refiera a la cosa vendida.

4.-Pidiendo un socio o comunero la presentación de los documentos y cuentas de la sociedad o comunidad, al consocio o condueño que las tenga en su poder.

5.-Pidiendo el examen de testigos, cuando éstos sean de edad avanzada o se hallen en peligro inminente de perder la vida, o próximos a ausentarse a un lugar con el cual sean difíciles las comunicaciones y no sea posible intentar la acción, por depender su ejercicio de un plazo o de una condición que no se haya cumplido todavía.

6.-Pidiendo el examen de testigos para probar alguna excepción, siempre que la prueba sea indispensable y los testigos se hallen en alguno de los casos señalados en la fracción anterior.

7.-Pidiendo el examen de testigos u otras declaraciones que se requieran en un proceso extranjero, y

8.-Pidiendo el juicio pericial o la inspección judicial cuando el estado de los bienes, salud de las personas, variaciones de las condiciones, estado del tiempo, o situaciones parecidas hagan temer al solicitante la pérdida de un derecho o la necesidad de preservarlo.

Que se pide en la diligencia preparatoria. Que debe expresarse el motivo porque se solicita y el litigio que se trata de seguir o que se teme cuando se ejercita la acción que procede.

Procede

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