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ACTA CONSTITUTIVA


Enviado por   •  22 de Abril de 2013  •  2.242 Palabras (9 Páginas)  •  464 Visitas

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ACTA CONSTITUTIVA.

Nombre de los integrantes de la empresa:

EVA IVET SANCHEZ FLORES

JANNET ALEJANDRA SANCHEZ CARDENAS

ROSA ANGELICA GARCIA NAVARRO

JOSE EDUARDO GARCIA CORONA

RICARDO MARTINEZ CHAVEZ

CRISTIAN GONZALES LOPEZ

MARTHA YOANA GARCIA MIRANDA

LUIS MANUEL PRESIADO MIRANDA

Que otorgue un contrato de constitución de productos bajo la denominación de:

LA CAVERNA Razón Social

El cual se regirá de acuerdo por los estatutos que más adelante se relacionen y para tales efectos los comparecientes solicitaron y obtuvieron de la secretaría de relaciones exteriores el permiso correspondiente marcado con el número 04, expediente 004, folio 004, con la fecha de día, 15 mes agosto del año 2012. El cual marcado con la letra A, se agrega en este momento al apéndice de la presente escritura.

Ejemplar del mencionado documento le agregaré a los testimonios que de la presente escritura se expida.

Expuesto lo anterior, los comparecientes otorgan lo que contiene en los siguientes:

ESTATUTOS

TITULO I

DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO, DURACION, Y NACIONALIDAD.

PRIMERA. La Razón Social será: LA CARVENA .La cual invariablemente irá seguida de la abreviaturas: ejemplo S.A DE C.V

SEGUNDA. El objeto de la sociedad es:

Ofrecer calidad en los productos y servicios que nuestra empresa les ofrece a los clientes y hacer que sientan la comodidad de sus hogares.

TERCERA. El domicilio de la sociedad será en la ciudad de El sabino en el estado de Michoacán, sin perjuicio de poder establecer agencias, sucursales y representaciones en cualquier lugar de la República Mexicana o del extranjero.

CUARTA. La duración de la sociedad será de: 12 meses, contando a partir de la fecha de su constitución

QUINTA. Ninguna persona extranjera, física o moral, podrá tener participación social a alguna o ser propietaria de acciones de la sociedad. Si por algún motivo, algunas de las personas mencionadas anteriormente, por cualquier evento llegará a adquirir una participación social a o hacer propietaria de una o más acciones, contraviniendo así lo establecido en el párrafo que antecede se conviene desde ahora en que dicha adquisición será nula y, por tanto cancelada y sin ningún valor la participación de que se trate los títulos que la represente, teniéndose por reducido en capital social en una cantidad igual al valor de la participación cancelada.

TITULO II

CAPITAL SOCIAL Y LAS PARTES SOCIALES.

SEXTA. El capital Social será de la cantidad de $8,000 representado por partes sociales, quedando pagado por los socios en la forma y términos que se expresan en las disposiciones transitorias correspondientes.

SÉPTIMA. Los socios no podrán ser obligados a efectuar nuevas aportaciones si no es que consienten ello en forma mayoritaria y, los socios que posteriormente no estén conformen, pueden separarse de la sociedad sin incurrir en responsabilidades.

OCTAVA. La aportación de cada socio representada en el capital social no podrá estar representada por títulos o documentemos que no formen parte del programa de emprendurismo.

NOVENA. La sociedad llevará un libro de “registro de socio”, en el cual se inscribirán el nombre y el domicilio de cada uno, con indicación de sus aportaciones y la transmisión de derechos sociales. Este libro estará al cuidado del socio administrador o de los socios administradores, que responderán de su existencia regular y de exactitud de los datos.

TITULO III

DE LOS SOCIOS

DECIMA. Son socios los otorgantes del presente contrato y las personas que en el futuro sean admitidas como tales por la junta de socios.

Para tal fin podrá haber diversas clasificaciones, incluyendo la de socios y asociados, las cuales, en todo caso, se otorgan en funciones de la antigüedad, el tipo de servicio prestado a la sociedad, ingresos de los mismos, etc., sujetándose en todo caso a la aprobación de criterios de aplicación y necesidades administrativas que la junta de socios determine para el mejor funcionamiento de la sociedad.

DECIMA PRIMARA. Solo los socios tendrán derecho de vos y voto en los asuntos de la sociedad y sobre los vienes o derechos de la misma.

DECIMA SEGUNDA. Los socios gozaran del tanto. Si varios socios quieren hacer uso de este derecho les corresponderá su ejercicio de en la proporción que represente en el capital social. A la renuncia para ejercer dicho derecho por socio, acrecentará la parte correspondiente a los demás. Sin embargo, la junta de socios podrá admitir a nuevos socios por resolución de dicha junta.

DECIMA TRERCERA. Todos los socios están obligados a contribuir con todos sus esfuerzos, trabajos y capacidades a la realización del objeto social.

DECIMA CUARTA. Los socios no podrán ceder, ni total ni parcialmente, sus derechos sin el consentimiento previo de la junta de socios por resolución tomada por mayoría de los votos.

DECIMA QUINTA. Las obligaciones sociales estarán garantizadas subsidiariamente por la responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios que administren y los demás solo estarán obligados hasta el monto de sus aportaciones.

DECIMA SEXTA. Serán miembros de la sociedad las personas que la junta de socios admita en esa calidad.

DECIMA SEPTIMA. Los miembros de la sociedad tendrán derecho a voz y voto en los asuntos de la sociedad y sobre los bienes o derechos de la misma.

TITULO V

JUNTA DE SOCIOS

DECIMA OCTAVA. Las convocatorias para las juntas

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