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ARENAS Y TRANSPORTES EL CARMEN REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2015  •  Ensayos  •  828 Palabras (4 Páginas)  •  132 Visitas

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ARENAS Y

TRANSPORTES EL CARMEN

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

Razón Social:

ARENAS Y TRANSPORTES EL CARMEN.

Identificación – NIT:

***************

Ciudad:

Tocancipa

Departamento:

Cundinamarca

Dirección:

TOCANCIPA Vereda la esmeralda

Teléfono:

8575616

Centros de Trabajo:

1 MINA LA PALMA.

Administradora de Riesgos Laborales:

POSITIVA ARL

Póliza No.:

15615

Clase de Riesgo:

V

Código Actividad (Dec. 1607 de 2002):

51414101

Descripción Actividad Económica según Decreto 1607/2002:

Extracción de arenas y gravas silíceas incluye solamente a la explotación de minas de arena.

Descripción actividades desarrolladas:

Extracción de mineral arena y gravas.

Prescribe el siguiente reglamento contenido en los siguientes términos:

ARTICULO 1. ARENAS Y TRANSPORTES EL CARMEN Se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206, 217, 220, 221, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, Ley 9 de 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto Ley 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 1016 de 1989, Resolución 6398 de 1991, Decreto 1295 de 1994, Ley 776 de 2002, Ley 1562 de 2012 y demás normas que con tal fin se establezcan.

ARTICULO 2. ARENAS Y TRANSPORTES EL CARMEN se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO), de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Decreto 1295 de 1994 y Resolución 1016 de 1989 y del Comité de Convivencia Laboral de conformidad con lo establecido en la Ley 1010 de 2006 y las Resoluciones 652 y 1356 de 2012.

ARTICULO 3. ARENAS Y TRANSPORTES EL CARMEN se compromete a destinar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes de conformidad con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, elaborado de acuerdo con el Decreto Ley 614 de 1984 y Resolución 1016 de 1989, que contemplan como mínimo los siguientes aspectos:

  1. Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo, orientado a promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todos los oficios; prevenir cualquier daño a su salud ocasionado por la condiciones de trabajo; protegerlos en su empleo de los riesgos generados por la presencia de agentes y procedimientos nocivos; colocar y mantener al trabajador en una actividad acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicosociales.

  1. Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, dirigido a establecer las mejores condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los procedimientos que conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgos que se originen en los lugares de trabajo o que puedan ser causa de enfermedad, di confort o accidente.

ARTICULO 4. – Los riesgos existentes en ARENAS Y TRANSPORTES EL CRMEN están constituidos especialmente por:

  • Mecánicos: Manejo de máquinas, vehículos, equipos y herramientas.

  • Locativos: Instalaciones locativas, trabajos en altura, señalización, demarcación, orden y limpieza.
  • Físicos: Ruido ambiental.
  • Químicos: Material particulado, polvo.
  • Biomecánicos: Posiciones forzadas, sobreesfuerzos, movimientos                     repetitivos, manipulación de carga.
  • Psicosociales: Trabajo bajo Presión, rutina, carga de trabajo, nivel de responsabilidad.
  • Públicos: Asalto, atraco, robo.
  • Biológicos: Bacterias, hongos, plagas, virus.

PARÁGRAFO. - A efecto que los riesgos contemplados en el presente Artículo, no se traduzcan en Accidente de Trabajo o en Enfermedad Laboral, ARENAS Y TRANSPORTES EL CARMEN ejerce su control en la fuente, en el medio transmisor o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de INDUSTRIA NACIONAL AGROPECUARIA, el cual se da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella.

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