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AUDITORIA LABORAL

pimpollo123 de Abril de 2014

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Ahora bien respecto de los contratos por tiempo determinado y por obra determinada, se propone como modelo de contrato los siguientes:

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE POR TIEMPO DETERMINADO CELEBRAN POR UNA PARTE EL C. ___________________________EN REPRESENTACION DE JOINT COMMUNICATIONS, S.C., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “PATRON” Y POR LA OTRA AL C. _____________________________ QUE SE CONTRATA POR TIEMPO DETERMINADO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "TRABAJADOR", EL CUAL FORMALIZA AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- JOINT COMMUNICATIONS, S.C. Es una persona moral, constituida conforme a las Leyes Mexicanas como una Sociedad Civil, cuyo objeto social es ________________, siendo que su número de Registro Federal de Contribuyentes _________, con domicilio en el ubicado en calle ________________________________________

SEGUNDO.- El C. _____________________________ declara ser representante legal de JOINT COMMUNICATIONS, S.C., quien acredita su personalidad mediante el testimonio de la escritura pública número_____________de fecha__________________, pasada ante la fe del Notario Público número________ de esta ciudad.

TERCERO.- “EL TRABAJADOR” manifiesta no tener ningún impedimento para celebrar el presente contrato y obligarse en los términos que más adelante se señalan; así mismo, manifiesta ser de sexo ________, su estado civil es ________, su nacionalidad es ___________ y que tiene su domicilio en calle___________ de esta ciudad.

CUARTO.- Que estando de acuerdo con los antecedentes anteriores, concurren a la celebración del presente contrato, al tenor de las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA.- Ambas partes se reconocen mutuamente la personalidad con la que se ostentan.

SEGUNDA.- La duración de este contrato será por tiempo DETERMINADO de UN ________ a partir de su firma, es decir a partir del día ____________de ___________ de 2012, mismo que concluirá el día ______ de ______ de ________.

TERCERA.- “EL TRABAJADOR” se obliga a prestar al contratante su servicio personal y subordinado como ______________, con eficiencia y esmero bajo la dirección de éste, debiendo desempeñar sus labores en congruencia con los usos y costumbres del patrón, obedeciendo en todo las ordenes que reciba de sus Superiores Jerárquicos, reportando a éstos de sus actividades de manera periódica o cuando le sea requerido, el trabajador se obliga desde el momento de la firma del presente, a prestar sus servicios en cualquiera de las zonas en las se le sea encomendado trabajo, dada la naturaleza de trabajo a la cual se dedica “EL PATRÓN” que lo es precisamente lo relativo a la___________, dicha actividad la desempeña en diversos Estados de la República, por lo que el trabajador se obliga a trasladarse al lugar que se le indique y en la que se requiera de su presencia y trabajo, en estos casos se convendrá con el patrón el monto diario de los viáticos y el sistema de transporte que se deberá de utilizar para tal efecto, y en caso de ser necesario si la situación así lo amerita se convendrá el hospedaje, previa comprobación de los gastos, lo anterior para el mejor desempeño de sus servicios que presta. Las partes convienen que si “EL TRABAJADOR” no acepta en su momento el cambio de lugar de trabajo será causa de rescisión del presente contrato sin responsabilidad para “EL PATRON”.

CUARTA.- El empleado se obliga a informar por escrito de cualquier cambio de domicilio personal que tenga, ya que la falta de este informe será lugar a que se tenga como tal el señalado en este contrato para todos los efectos legales.

QUINTA.- Ambas partes convienen que la duración de la jornada de Trabajo será de las ________ horas a las ________ horas, otorgándosele ________ horas de descanso par tomar sus alimentos fuera de la fuente de trabajo, comprendido este de las ______ a las ________, de ______ a______, descansando los días ________ de cada semana, conviniendo ambas partes que de acuerdo a las necesidades de las actividades que realiza el patrón, éste podrá en todo caso modificar la jornada de trabajo sin exceder los máximos legales establecido por la ley de la materia, lo anterior de conformidad con los artículos 59, 60, 61, 62, 63 de la Ley Federal del Trabajo.

SEXTA.- El salario base diario como retribución por los servicios del empleado será de $______.00 (________ PESOS 00/100 M. N.), pagaderos de manera semanal los días sábado de cada semana, a la hora que fije “EL PATRON”, durante la jornada de trabajo, en el lugar donde desempeñe la relación laboral y en moneda de curso legal.

SÉPTIMA.- La base para el cálculo del pago de prestaciones a "EL TRABAJADOR" se establecerá en relación al salario base que tiene asignado. Quedando "EL TRABAJADOR" obligado a suscribir los recibos correspondientes, por el pago de todas y cada una de las prestaciones devengadas que por concepto de servicios prestados se le cubran, otorgando con ello finiquito amplísimo en favor de "EL PATRON", respecto de las cantidades cuyos recibos de pago suscriba.

OCTAVA.- El trabajador acepta que del salario que perciba se cubran las cuotas del IMSS que marca la Ley y que se le retengan los impuestos sobre productos del trabajo.

NOVENA.- Le queda estrictamente prohibido a “EL TRABAJADOR” laborar tiempo extraordinario, y solo para el caso de que concurran circunstancias extraordinarias o conforme a las necesidades de "EL PATRON", éste último ordenará por escrito a "EL TRABAJADOR" laborar tiempo extra, obligándose éste a prestar sus servicios en jornada extraordinaria, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana, pagándose las horas de trabajo extraordinario con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada. En el entendido que de no presentarse la orden por escrito el patrón no esta obligado a pagar el tiempo extraordinario. Lo anterior de conformidad con los artículos 65, 66, 67 y 68 de la Ley Federal del Trabajo.

DÉCIMA.- "EL PATRON" pagará a "EL TRABAJADOR" antes del día 20 de diciembre de cada año, la parte proporcional por concepto de aguinaldo anual, cantidad que nunca será menor al mínimo establecido por la Ley Federal del Trabajo en su Art. 87.

DÉCIMA PRIMERA.- En el entendido que "EL PATRON" se encuentra facultado para rescindir el presente Contrato Individual de Trabajo, dando por terminada toda relación laboral que lo unía con "EL TRABAJADOR", sin responsabilidad para aquel, en los supuestos establecidos en la Cláusula Segunda de este contrato y el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo.

DÉCIMA SEGUNDA.- En caso de terminación de la relación laboral por cualquier causa "EL TRABAJADOR" se compromete a devolver todo aquel material que le haya sido otorgado para el desempeño de su trabajo, así como toda la correspondencia que con fines de la presente relación de trabajo hubiese recibido, sin quedarse con copia de ésta.

DÉCIMA TERCERA.- “EL PATRON” se compromete a proporcionar al "TRABAJADOR" la capacitación y adiestramiento a que se refiere el Capítulo III Bis de la Ley Federal del Trabajo, de acuerdo con los planes y programas que al efecto se realizan, quedando obligado "EL TRABAJADOR" a asistir a las mismas y a cumplir en sus términos con el artículo antes mencionado.

DÉCIMA CUARTA.- Las partes convienen en que a falta de estipulación expresa en este Contrato Individual de Trabajo, se sujetará a lo dispuesto en las condiciones generales de trabajo, a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo y sus Reglamentos.

DÉCIMA QUINTA.- El trabajador esta obligado a guardar escrupulosamente los secretos técnicos comerciales a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, o de los cuales tenga conocimiento por razón del trabajo que desempeñen, así como los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación puedan causar perjuicios a la empresa. Lo anterior de conformidad con el artículo 134, fracción XIII de la Ley Federal del Trabajo.

DÉCIMA SEXTA.- Ambas partes convienen, que en relación a la cláusula que antecede y de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Ley Federal de Derechos de Autor, los derechos patrimoniales de las obras que se realicen como consecuencia de esta relación laboral, corresponderán única y exclusivamente a “EL PATRON”.

DÉCIMA SEPTIMA.- Ambas partes convienen que una vez concluido el presente contrato el día ________ de _______ de 2012, concluirá la relación de trabajo entre las partes sin responsabilidad alguna para el patrón, quedando liberado éste inmediatamente de cualquier responsabilidad que determine la Ley Federal del Trabajo.

Leído que fue por las partes el presente contrato, lo suscriben en Santiago de Querétaro, Qro.; a los ___ días del mes de _________ de 2012.

“EL PATRON” “EL TRABAJADOR”

______________________________ ______________________________

C._______________________

REPRESENTANTE LEGAL DE JOINT COMMUNICATIONS, S.C. C. ________________.

En ese orden de ideas también se recomienda, que se firme un convenio de terminación del contrato por tiempo determinado, mismo que será llenado al mismo tiempo que los datos del contrato, pero con la fecha como si nos trasladáramos a la fecha de terminación, esto debe de ser en un solo momento para que no se dejen espacios y no se

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