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AUDITORIA VIÑA CONCHA Y TORO

Carolina_Romero12 de Noviembre de 2012

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NIC 17

Arrendamientos

ALCANCE:

 Aplicable arrendamientos distintos de exploración de minerales, gas natural, petróleo, recursos no renovables similares. Licencias para películas, grabaciones, derechos de autor, obras de teatro.

 No aplicable a inmuebles poseídos por arrendatarios contabilizaos como inversiones inmobiliarias, inversiones inmobiliarias en régimen operativo, activos biológicos en arrendamiento financiero y operativo.

 Será de aplicación para todo aquello que se ceda el derecho de uso de un activo.

DEFINICIONES:

 Arrendamiento: arrendador/arrendatario, contrato por una suma de dinero para utilizar un activo.

 Arrendamiento financiero: transferencia sustancial.

 Arrendamiento no cancelable: no revocable.

 Arrendamiento operativo: cualquiera distinto al financiero.

 Comienzo del plazo del arrendamiento: momento en que el arrendatario puede comenzar a usar el activo.

 Costes directos iniciales: costos de negociación y contratación del arrendamiento.

 Cuotas contingentes del arrendamiento: cuotas sin importe fijo.

 Inicio del arrendamiento: primera fecha, acuerdo entre el arrendador y el arrendatario.

 Inversión bruta en el arrendamiento: (pagos mínimos por el arriendo + valor residual).

 Inversión neta en el arrendamiento: (inversión bruta – interés).

 Ingresos financieros no devengados: (inversión bruta – inversión neta en el arrendamiento).

 Pagos mínimos por el arrendamiento: pagos del arrendatario, no considerado costes de servicios e impuestos.

 Plazo del arrendamiento: periodo de arriendo.

 Tipo de interés implícito en el arrendamiento: tipo de descuento.

 Tipo de interés incremental del endeudamiento del arrendatario: lo que el arrendatario debería pagar en un arrendamiento similar.

 Valor razonable: importe por el que se puede intercambiar un bien.

 Valor residual garantizado: es la garantía.

 Valor residual no garantizado: garantía vinculada solo a un tercero por parte del arrendador.

 Vida económica: periodo que se espera utilizar el activo, y las unidades de producción que se esperan obtener del activo.

 Vida útil: periodo donde la entidad espera consumir los beneficios económicos del activo.

El arrendamiento puede incluir una cláusula para ajustar los pagos.

El arrendamiento está bajo contrato de arrendamiento/compra.

CLASIFICACION DE LOS ARRENDAMIENTOS:

Dependerán del grado de riesgo y beneficio que tenga para el arrendatario (obsolescencia tecnológica, cambios en la economía).

Arrendamiento financiero Arrendamiento operativo

Transferencia sustancial de todos los riesgos y beneficios. NO transferencia sustancial de todos los riesgos y beneficios

Al término del arriendo se transfiere al arrendatario el activo. Derechos de un inmueble mantenido en régimen de

El arrendatario tiene la opción de comprar el activo a un valor inferior al valor razonable. arrendamiento, como inversión inmobiliaria

Plazo de arrendamiento tiene la vida económica mayoritaria.

Activo de naturaleza especializada donde solo el arrendatario puede usarlas.

Arrendatario puede cancelar el contrato de arrendamiento.

Pérdidas o ganancias de las fluctuaciones de valor razonables las cancela el arrendatario.

El arrendatario puede aumentar a un segundo periodo.

CONTABILIZACION DE LOS ARRENDAMIENTOS EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LOS ARRENDATARIOS

 RECONOCIMIENTO INICIAL: Activo y pasivo por el mismo monto.

 VALORIZACION POSTERIOR: carga financiera y reducción de la deuda viva.

 ARRENDAMIENTOS

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