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Acto jurídico bilateral destinado a crear, regular, modificar, transferir o modificar derechos y obligaciones entre las partes


Enviado por   •  2 de Marzo de 2018  •  Trabajos  •  742 Palabras (3 Páginas)  •  165 Visitas

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Contrato

  1. Concepto: Acto jurídico bilateral destinado a crear, regular, modificar, transferir o modificar derechos y obligaciones entre las partes.
  2. Características:
  • Libertad de contratación: Las partes son libres de realizar un contrato y determinar su contenido siempre y cuando se mantenga bajo los márgenes de la ley y no afecte la moral pública y las buenas costumbres.
  • Efectos vinculantes: En el momento en que el contrato toma validez se vuelve obligatorio para las partes y solo puede ser modificado por el acuerdo de ellas.
  • Facultades de los jueces: Estos no pueden modificar los contratos sin el pedido de una de las partes autorizada por la ley.
  • Buena fe: Los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe.
  • Carácter de las normas legales: Las normas legales aplicadas a un contrato son complementarias a la voluntad de las personas.
  • Bilateral: Las partes se obligan recíprocamente la una hacia la otra.
  • Entre vivos: Por no depender del fallecimiento de aquéllos de cuya voluntad humana.
  • Patrimonial: Establece derechos y obligaciones a las partes.
  • Voluntario: Las personas manifiestan su voluntad, no dejando dudas en los términos del contrato.
  1. Elementos:
  • Consentimiento: Es la voluntad de las partes de querer llevar a cabo el contrato. Para que el contrato sea válido, las partes deben ser capaces de contratar y el consentimiento debe ser de forma libre y consciente.
  • Objeto del contrato: Son las prestaciones que debe hacer alguna de las partes o ambas partes del mismo, según el contrato.
  • Requisitos para que el objeto sea válido:

_ Debe ser posible.

_ Debe ser lícito.

_ Debe estar determinado sin necesidad de un nuevo acuerdo entre las partes.

  • Causa del contrato: Es la finalidad económica y social por la cual se realiza el contrato. Es igual para todos los contratos del mismo tipo.
  • Requisitos para que la causa sea válida:

_ Debe existir.

_ Debe ser lícita.

_ Debe ser verdadera.

  1. Clasificación:
  • Unilateral y bilateral:
  • Unilateral: Cuando la obligación cae sobre una sola parte.
  • Bilateral: Cuando las partes se obligan mutuamente.
  • A título oneroso y a título gratuito:
  • Título oneroso: Cuando ambas partes tienen un beneficio económico (dinero o contraprestación).
  • Conmutativo: Cuando las ventajas o pérdidas del contrato se conocen de antemano. 
  • Aleatorio: Cuando las ventajas o pérdidas del contrato dependen de un acontecimiento incierto.
  • Título gratuito: Cuando una sola de las partes obtiene un beneficio económico y no se presentan contraprestaciones.
  • Principales y accesorios:
  • Principales: No dependen de ningún otro contrato.
  • Accesorios: Dependen de un contrato principal.
  • Nominado e innominado:
  • Nominado: Cuando la ley los designa bajo un determinado nombre.
  • Innominado: No están establecidos por la ley.
  • Consensuales y reales: 
  • Consensuales: Solamente se requiere el consentimiento de las partes, sin una forma establecida. Puede ser expreso o tácito.
  • Reales: Se perfeccionan con la entrega del objeto del contrato.
  • De ejecución diferida: Se ejecutan tan pronto como se celebran.
  • Adhesión: Una parte estipula las cláusulas y la otra las acepta, puede aceptar o no lo estipulado.
  1. Prueba de un contrato: Probar un contrato es demostrar que este se ha celebrado, el tiempo en que ello ocurrió, que se acordó y su contenido.

Los contratos solo se consideran judicialmente acreditados, cuando el juez del proceso adquiere convicción de su existencia y contenido.

La reconstrucción de un contrato será sencilla cuando se trate de uno instrumentado (por objeto público o privado). Será compleja cuando la forma sea solamente verbal.

  • Los contratos se pueden probar por:
  • Por Instrumentos Públicos o Privados
  • Por confesión de partes, judicial o extrajudicial
  • Por juramento judicial
  • Por presunciones legales o judiciales
  • Por testigos

Efecto de un contrato: Los efectos son el cumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes, con buena fe, lealtad y cooperación, no impidiendo el acreedor la ejecución de la prestación, y dando la colaboración necesaria.

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