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Análisis De La NIC 41


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2013  •  1.664 Palabras (7 Páginas)  •  634 Visitas

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1.- Alcance de la Norma

La NIC 41 es una norma contable cuyo objetivo principal es el de regular el tratamiento contable de los activos bilógicos a lo largo del periodo de crecimiento, degradación, producción y procreación, es decir, el proceso de transformación biológica, también toma en cuenta la valoración de los productos agrícolas en espera de su cosecha o recolección tomando en cuenta los aspectos más importantes del valor razonable en virtud a los costos o cargos asociados a la actividad, sin embargo cuando este valor razonable no pueda ser determinado de forma certera. La NIC 41no se desempeña tras el procesamiento de recolección, es decir, si se recolecta maíz para procesar cachapa o se sacrifica un cerdo para procesar el jamón.

La NIC 41 exige a las empresas que estas valoren sus activos biológicos según su costo menos la amortización acumulada y las pérdidas acumuladas por el deterioro, en el momento que los activos puedan valorarse de forma certera y fiable la empresa deberá de darle un valor razonable ya que estos productos son fruto de activos bilógicos tras el transcurso de un periodo de tiempo, para ser incluidos como parte de la ganancia o pérdida neta del ejercicio económico en la actividad agrícola. Los cambios en los atributos físicos de un animal vivo o planta repercutirán en el aumento o disminución de forma directa en el beneficio que recibirá la empresa.

También esta ley exige que las subvenciones gubernamentales por medio de la administración pública relacionado con activos biológicos reconozca la las empresas los costos estimados en el punto de venta de acuerdo al valor razonable como ingresos para que estas subvenciones se conviertan en exigibles, si la subvención es condicional lo cual exigirá que las empresas no realicen una determinada actividad agrícola y solo estas subvenciones serán reconocidas como ingresos cuando las empresas cumplan con las condiciones fijadas por la Administración Pública. Esta norma tiene como vigencia para los estados financieros a partir del 1 de enero de 2003.

El alcance de esta norma para la contabilización siempre y cuando se encuentre relacionado con la actividad agrícola: activos biológicos, productos agrícolas en el punto de su cosecha o recolección y subvenciones gubernamentales comprendidas por la Administración Pública. Esta norma no aplicara para: terrenos relacionados con la actividad agrícola, material, inmuebles de inversión y activos inmateriales. El objetivo de esta norma es determinar el tratamiento contable para la presentación de los estados financieros y toda la información relacionada con la actividad agrícola.

Se le recomienda a las empresas presentar con detalle una descripción cualitativa de cada grupo de activo biológico que posea, resaltando los que tenga para el consumo o los que tiene para producir frutos, a su vez, estos deberán de ser clasificados como maduros y por madurar para poder llevar un control por grupo, esto puede servir de mucha ayuda para estudiar el calendario de los flujos futuros de efectivos y la empresa deberá de revelar la base del cálculo de estas proyecciones. Los activos biológicos consumibles serán los recolectados como productos agrícolas o vendidos como activos biológicos.

2.- Proyecto de Enmienda NIC 41. Agricultura: Plantas para Producir Frutos.

Esta proyecto de enmienda propone mejorar la NIC 41con el propósito que las plantas para producir frutos la cual se utiliza para la producción o suministros de los productos agrícolas que pueda producir más durante un largo y no sea vendida como una planta viva o cosechada como producto agrícola. Esta enmienda estipula que las plantas para producir frutos sean tomadas como propiedad de acuerdo con la norma NIC16 en lugar de la NIC41 a la hora de la contabilización, existes plantas perennes que pueden producir por más de dos años al pasar el tiempo esta se ajusta a la tierra esta norma promueve que este tipo de plantas sean consideradas como plantas para producir frutos y no vendida como cosecha.

Esta enmienda establece el cambio para el concepto de valor razonable sobre las plantas para producir frutos tal como productividad, perfiles de edad, estimación de cantidades físicas de las plantas para producir frutos, y la producción de productos agrícolas, esta información se resalta de forma adicional y debe de ser parte del valor razonable dentro de la NIC41. Esta proposición destaca en extraer de lo que conforma los activos biológicos como plantas, arbustos, árboles frutales. De los productos agrícolas: algodón y caña cortada. De los productos que son resultados del proceso tras la cosecha: hilo de algodón, vestido, azúcar, frutas procesadas.

Los productos que crecen en las plantas para producir frutos como por ejemplo: uvas, hojas de té, frutas y látex de sabia se encuentran dentro de la NIC 41, las plantas que no son clasificadas para producir frutos son: las plantas cultivadas para producir productos agrícolas, plantas mantenidas para su uso en la producción o suministros de productos agrícolas que también estarán destinadas a ser recolectadas como productos agrícolas o ser vendidas como plantas vivas distintas a las vendidas como desperdicios incidentales, las plantas cultivadas solamente para la venta, cultivos anuales, los productos en las plantas que crecen para producir frutos cuando estas no pueden producir más frutos son cortadas y vendida como desperdicios.

3.- Definiciones

Activo Biológico: Esta conformado por las plantas y animales vivos bajo el control de un empresa por medio de un arreglo legal que son reconocidos como activos conforme a normas internacionales de contabilidad.

Actividad Agrícola: es el proceso por el cual una empresa se encarga de la transformación biología de activos biológicos

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