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Asosiacion En Participacion


Enviado por   •  1 de Noviembre de 2014  •  753 Palabras (4 Páginas)  •  136 Visitas

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La asociación en participación es un contrato por el cual se le permite a otros que aporten bienes/servicios, participen en las utilidades y pérdidas de una negociación o actividad de comercio; la asociación no puede ser considerada como una Sociedad Mercantil. El carácter esencial es la existencia de un fin común, los asociados aportan los medios para realizarlo y debe de existir un contrato escrito para que sea todo válido. Dicho contrato obliga a los convenidos (asociados) a entregar la aportación acordada mientras que el asociante se compromete a realizar las operaciones de comercio buscando el beneficio común. Una asociación civil no tiene fines de lucro, políticos, académicos, deportivos o culturales; simplemente cobran cuotas de recuperación. En una sociedad civil el fin común es meramente económico mientras que en una sociedad mercantil existe la especulación comercial.

Las sociedades tienen personalidades, el carácter de las personas y sus voluntades son los factores que les dan forma. Las “personas-sociedades” tienen capacidad jurídica por lo que son sujetos a derechos y obligaciones, además de un patrimonio, un nombre (denominación/razón social), un domicilio (donde está el principal asiento de la negociación) y una nacionalidad. El patrimonio social es el conjunto de bienes y derechos de la sociedad formado por las aportaciones de los socios; no se debe confundir con el capital social. El núcleo del patrimonio es el capital social y no puede reducirse a menos que se publique un acuerdo (tres veces) con intervalos de 10 días en el periódico oficial local. Esto se puede “bloquear” si los acreedores sociales se oponen con justificación o por la norma de fidelidad del balance que indica que se debe comprobar la existencia de utilidades antes de dividirlas. El 5% de las utilidades debe ser, por ley, llevada a una cuenta de reserva por lo que sólo se puede contar con el 95% libremente hasta que el monto de reserva sea igual a la quinta parte del capital social.

El derecho positivo consagra la absoluta distinción entre la sociedad como conjunto y los socios. Los socios responden con su propio patrimonio de las deudas sociales, algunas veces de modo limitado y otras veces hasta el límite de alguna cantidad. Las obligaciones de los mismos son aportar los medios necesarios para la realización del fin común antes establecido. Existen aportaciones de dinero, en especie, de créditos que tienen como finalidad ayudar a la asociación. Los derechos que se tienen como socios los facultan para exigir una prestación, contar con una cuota de liquidación, aparte de otros de carácter corporativo que no tienen valor apreciable. Las utilidades de pueden repartir de acuerdo con las aportaciones, los socios industriales tendrán derecho a la mitad y la dividirán también de acuerdo a sus porcentajes de aportación. La diferencia entre las partes de interés y las acciones es que las primeras

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