BIENES PUBLICOS Y PRIVADOS
anamilena198524 de Marzo de 2015
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ENSAYO
BIENES PUBLICOS Y PRIVADOS
Por:
ANA MILENA MONTOYA DIOSA
Tutor-Orientador:
CARLOS MARIO LONDOÑO
Materia
Microeconomía
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA MARÍA CANO
CONTADURIA PÚBLICA
2015
Los bienes suministrados por el sector público. Bienes públicos y bienes privados
La mayoría de los bienes de nuestra economía se asignan en los mercados, en los cuales los compradores pagan por lo que reciben y los vendedores cobran por los que proporcionan. En el caso de estos bienes, los precios son las señales que guían las decisiones de los compradores y de los vendedores, y estas decisiones llevan a una asignación eficiente de los recursos. Sin embargo, cuando los bienes son gratuitos están ausentes las fuerzas del mercado que asignan normalmente los recursos en nuestra economía.
Podemos definir el concepto de bien como todo aquello que puede ser objeto de apropiación y que tiene un valor económico, es decir, que se encuentra dentro del comercio. Existen diferentes tipos de bienes y para poderlos analizar todos, resulta útil agruparlos de acuerdo con dos características:
BIENES SUMINISTRADOS POR EL SECTOR PÚBLICO
En este trabajo, nos vamos a centrar en los bienes públicos, es decir, aquellos bienes que son suministrados por el sector público.
Para meternos de lleno en este tipo de bienes, debemos delimitar previamente el concepto de sector público.
Por sector público entendemos un conjunto de instituciones, actividades y servicios en donde la Administración Pública y el Estado desarrollan un papel esencial. Estos órganos tienen, al menos, tres niveles de gobierno: las entidades locales, las comunidades autónomas y el Estado.
A lo largo del siglo XX las funciones públicas se han ampliado y diversificado en materias como sanidad, educación y demás servicios públicos. Las Administraciones públicas, para el desempeño de las tareas que le corresponde cuentan, además de con los poderes que el ordenamiento les otorga, con un conjunto de medios. Unos son medios personales, constituidos por todas aquellas personas que, bajo cualquier vínculo jurídico, prestan servicio a la Administración. Otros son medios, recursos o derechos económicos o financieros, que constituyen lo que en nuestro derecho se denomina la Hacienda Pública (art. 2 LGP). Otros, por último, son bienes distintos de los anteriores, de diversa naturaleza, así como ciertos derechos reales sobre cosas ajenas. Estos son los que calificamos de bienes públicos, lo cuales se caracterizan porque sutitularidad corresponde a una Administración Pública. El criterio esencial para identificar estos bienes es, pues, el criterio subjetivo de su pertenencia, es decir, de dónde provienen.
Al ser la Administración una organización destinada al servicio de los intereses generales (art. 103.1 CE: «La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho»), está claro que no puede usar y disponer de los bienes que le pertenecen como un propietario individual o como una organización privada. Los bienes de la Administración están destinados al cumplimiento de los fines de interés público. De ahí que el derecho establezca normas particulares de adquisición, uso y disfrute y, en su caso, enajenación de estos bienes. Y de ahí que se preocupe por arbitrar un régimen especial de protección de los bienes públicos, ya sea de su titularidad, de su posesión y utilización, como de sus características o calidad.
Las finalidades de los bienes públicos varían también significativamente:
- En unos casos se trata de garantizar el uso de algunos recursos por todos los ciudadanos.
- En otros, de conseguir una mejor ordenación y defensa de recursos naturales o un uso racional y controlado de los mismos.
- Otros bienes sirven sencillamente de soporte a las infraestructuras públicas del transporte y de las comunicaciones.
- Al reservarse o adquirir otros, el Estado o las distintas Administraciones pretenden intervenir en ciertos sectores económicos, como la producción de bienes o el mercado inmobiliario.
En definitiva, hay bienes que la Administración necesita para desempeñar sus funciones, desde edificios o sofisticados equipos médicos o informáticos, pasando por vehículos o maquinaria de muy distinto tipo, hasta los simples objetos de escritorio o el papel.
PROBLEMA DEL PARÁSITO O FREE-RIDER
Los bienes públicos presentan el llamado problema del parásito o free-rider. Un parásito o free-rider es una persona que recibe el beneficio de un bien pero evita pagarlo, por lo que generará un resultado de ineficiencia en el mercado.
Pongamos el caso de un empresario que decide organizar un espectáculo de fuegos artificiales. Seguramente tendría problemas para vender entradas para el acontecimiento, ya que sus posibles clientes se darían cuenta de que podrían verlos incluso sin entrada. Como los fuegos artificiales no son excluibles, los individuos tienen un incentivo para comportarse como parásitos en lugar de comprar la entrada. Esta situación provocaría pérdidas en el negocio, es decir, no sería rentable. Como consecuencia no se organizaría el espectáculo. La solución del problema la tendría la Administración Local, quien tomaría la decisión de patrocinar la celebración del evento obligando a todo el mundo a pagar un impuesto con el fin de utilizar los ingresos paracontratar al mismo empresario para que monte el espectáculo. Así, el bienestar de todos los habitantes mejoraría y el empresario podrá ayudar a lograr el resultado eficiente como empleado público, aunque no pueda hacerlo por la vía privada. En definitiva, entendemos que el problema del parásito impide al mercado privado suministrar determinados bienes.
CLASES DE BIENES PÚBLICOS
Todo lo referente a los bienes públicos viene expresado en el artículo 132 de la Constitución. De su enunciado se desprenden una serie de consecuencias jurídicas que examinaremos a continuación.
La constitución establece una serie de clases de bienes públicos. Así, se refiere a los bienes de dominio público, a los comunales, a los bienes del Patrimonio del Estado y al Patrimonio Nacional. A esto hay que añadir los bienes del patrimonio de las Comunidades Autónomas, a los que se refieren todos los Estatutos de Autonomía, y los bienes del patrimonio de las Corporaciones locales, mencionados en los artículos 79 y 80 de la Ley de Bases del Régimen Local. También son bienes públicos los del patrimonio propio de los organismos y entidades públicas dependientes de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración local, en los términos que establezca la legislación aplicable. Por tanto, del mismo texto constitucional se deduce la clasificación de los bienes públicos en cuatro categorías, cada una con una regulación jurídica propia:
• Los bienes demaniales, tambiéndenominados bienes de dominio público, son aquellos de titularidad pública, afectados al uso general o al servicio público, y los expresamente declarados por la Constitución (art.132.2 C.E. «la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental») o una ley, así como siempre los inmuebles sede de servicios, o dependencias de los Órganos constitucionales o de la Administración Pública.
• Los bienes comunales o procomunes hacen referencia a un determinado ordenamiento institucional en el cual la propiedad está atribuida a un conjunto de personas en razón del lugar donde habitan y que tienen un régimen especial de enajenación y explotación.
• Los bienes patrimoniales son aquellos de titularidad de las administraciones públicas que no tengan el carácter de bienes de dominio público, es decir, que no estén destinados directamente al uso público o afectados a un servicio público.
• Los bienes de Patrimonio Nacional abarcan palacios, parques, jardines y algunos conventos o monasterios, es decir, los llamados reales sitios.
También conviene diferenciar los bienes públicos de los bienes privados de interés público. En realidad, ésta última categoría, que comprende todos aquellos bienes privados sobre los que recae algún tipo de interés público, es una categoría muy extensa y heterogénea. Lo es porque la constitución dispone que la función social de la propiedad delimita el contenido de estederecho, de acuerdo con las leyes (artículo 33.2 CE) y con que toda la riqueza del país está subordinada al interés general (art. 128.1 CE).
BIENES PÚBLICOS IMPORTANTES
Hay muchos ejemplos de bienes públicos, pero aquí examinaremos tres de los más importantes:
• La defensa nacional. La defensa del país de los agresores extranjeros es el ejemplo clásico de bien público. Una vez que el país está defendido, es imposible impedir a nadie beneficiarse de esta defensa. Además, cuando una persona se beneficia de la defensa nacional, no reduce el beneficio que obtienen las demás. La defensa nacional no es, pues, ni excluible ni rival en el consumo. Es uno de los bienes públicos más caros. Unos dicen que la cantidad gastada es demasiado pequeña y otros que es demasiado grande, pero casi nadie duda de que es necesario destinar algún
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