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Beneficios De Mypes


Enviado por   •  16 de Diciembre de 2012  •  998 Palabras (4 Páginas)  •  542 Visitas

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BENEFICIOS OTORGADOS A LAS PYMES

La ley N° 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, promulgada el 3 de julio del 2003, tiene por objeto la promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de las micro y pequeñas empresas para incrementar el empleo sostenible, su productividad y rentabilidad, su contribución al Producto Bruto Interno (PBI), la ampliación del mercado interno y las exportaciones, y su contribución a la recaudación tributaria.

1. Licencias Municipales

Con el fin de agilizar la creación de una MYPE, la municipalidad donde se abre el negocio, en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles, otorga en un solo acto la licencia de funcionamiento provisional previa conformidad de la zonificación y compatibilidad de uso correspondiente. Si vencido el plazo, la municipalidad no se pronuncia sobre la solicitud del usuario, se entenderá otorgada la licencia de funcionamiento provisional.

La licencia provisional de funcionamiento tendrá validez de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. La empresa deberá realizar los trámites para obtener la licencia municipal de funcionamiento definitiva.

2. Impuesto a la Renta

El Impuesto a la Renta se aplica sobre las rentas obtenidas en el país por personas naturales y por personas jurídicas (empresas).

El régimen tributario al que se acojan las personas naturales y jurídicas depende de las características del negocio:

A partir del gráfico anterior podemos concluir que existen tres regímenes distintos: el Régimen Único Simplificado (RUS), el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) y el Régimen General del Impuesto a la Renta. El régimen correspondiente se asigna según se trate de una persona natural o de una persona jurídica y de acuerdo con las características propias de cada empresa.

3. Régimen Laboral Especial de las Microempresas

Las microempresas gozan de un régimen especial de contratación, que estará vigente hasta el 4 de julio de 2008.

Para poder beneficiarse de este régimen, los microempresarios (empresas o personas naturales con negocio) deberán cumplir en todo momento con los requisitos de máximo de ventas y máximo de trabajadores estipulados por la ley.

En caso contrario, el empresario no podrá acogerse a este beneficio y pasará automáticamente a regirse por las disposiciones generales de contratación. Con el fin de acogerse al régimen especial de contratación.

BENEFICIOS TRIBUTARIOS

• Pagan una tasa única por concepto de impuesto a la renta, correspondiente al 1.5% de sus ingresos netos mensuales, siempre que esté en el régimen especial de renta - RER.

• Llevan una contabilidad muy simple, que sólo les exige llevar dos libros contables: Registro de Compras y Registro de Ventas.

• Hacen una declaración jurada anual de inventarios al 31 de diciembre de cada año.

• Podrán aplicar la depreciación acelerada a 3 años. Esto significa que a partir del presente año las adquisiciones de bienes muebles, maquinarias y equipos nuevos podrán ser depreciadas en 3 años, lo que contablemente

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