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CICPC


Enviado por   •  10 de Mayo de 2013  •  Trabajos  •  2.578 Palabras (11 Páginas)  •  4.256 Visitas

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INDICE

Introducción…………………………………………………………………………...…..3

Historia del CICPC...…………………………………………..….…………..…...……..4

Funciones del CICPC……....................................................................................…8

Valores y Principios del CICPC……………………...…….…………………….……...9

Conclusión……………………………………………………………….....……...….…11

Bibliografía……………………………………………..…………………..……...….….12

INTRODUCCIÓN

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), antes conocido como Cuerpo Técnico de Policía Judicial (CTPJ) y en sus orígenes como Policía Técnica Judicial (PTJ), es el principal organismo de investigaciones penales de Venezuela. Se encarga del esclarecimiento científico de los delitos con miras a la posterior aplicación de la justicia por los órganos competentes.

La historia de este organismo se remonta a mediados del siglo XX. El 20 de febrero de 1958 el presidente de la Junta Cívico-Militar de Gobierno, Contralmirante Wolfgang Larrazábal, decidió la creación de un cuerpo policial dedicado a la investigación de los diversos crímenes mediante el decreto N° 48 de la Junta, además de establecer su función como auxiliar del Poder Judicial, con el nombre de Policía Técnica Judicial. La Ley de Policía Judicial del 8 de julio de 1975 estableció su estructura y organización institucional, pero fue posteriormente sustituida por la Ley de Policía de Investigaciones Penales del 11 de septiembre de 1998.

Eventualmente se promulgó de la constitución de 1999, que estableció en su Artículo 332 la necesidad de crear un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas. Tal denominación pasó a sustituir a la de Policía Técnica Judical. En 2001 comenzó una reforma a la estructura y organización del organismo, el cual se delimitó finalmente en 2003. 

HISTORIA DEL CICPC

Antecedentes de la Investigación criminal en Venezuela a partir del la creación del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, año 1958

La investigación de los delitos de acción penal en Venezuela a mediados del siglo XX se institucionaliza el 20 de febrero de 1958 cuando el presidente provisional de la Junta de Gobierno Contralmirante Wolfgang Larrazabal, dentro del esquema político del momento, promulga el decreto Nº 48 con Fuerza de Ley, que estableció la base legal para la creación de un “Cuerpo de Policía especializado para la investigación de los delitos de Acción Penal”. Organismo que dependería del Ministerio de Justicia asignándosele el nombre de “Cuerpo Técnico de Policía Judicial”. Asumió la dirección de este nuevo cuerpo de investigación criminal el Abogado Rodolfo Plaza Márquez; constituyéndose su estructuración y organización para ese momento difícil, debido a que la policía político civil que le antecedió denominada Seguridad Nacional al momento de ser desmantelada, como consecuencia del derrocamiento del gobierno del General Marcos Pérez Jiménez, no contó con una edificación adecuada ni un instituto académico para la formación científica de los investigadores.

El Cuerpo Técnico de Policía Judicial empezó a funcionar en un pequeño local del centro de Caracas ubicado en el Pasaje Capitolio, con tan solo doce funcionarios, se crean las primeras delegaciones: Chacao, La Guaira y Los Teques. Para la formación académica del personal a ingresar para trabajar en el campo investigativo y dando cumplimiento a lo establecido en el decreto, se pone en funcionamiento la primera escuela en fecha 6 de agosto de 1958, ubicada entre las esquinas de Principal y Santa Capilla en la antigua Casa Guipuzcoana. Ya a partir de los años 70 hasta los 80, el Cuerpo Técnico de Policía Judicial va en avanzada, constituyéndose como una de las mejores policías de investigación criminal a nivel mundial en lo técnico-científico, contando con una serie de recursos. Pero a partir de los años 80 a causa de la indiferencia del organismo gubernamental encargado, con respecto a la seguridad ciudadana se va produciendo un deterioro.

Camino a la “Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas”.

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas es el organismo de investigación criminal contemporáneo, consecuencia del proyecto de Seguridad Ciudadana, llevado por el Ejecutivo Nacional. El Teniente Coronel Hugo Rafael Chávez Frías, al principio de su mandato presidencial, dentro del proceso de revolución democrática, participativa y protagónica; orientado en el principio de corresponsabilidad de los ciudadanos. Constituyéndose en una realidad el 16 de diciembre de 1999, con la promulgación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Quedando establecido en el Título VII de la Seguridad de la Nación Capítulo IV de los Órganos de Seguridad Ciudadana artículo 332, ordinal 2 que:

“El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden público, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales, de conformidad con la ley, organizará:

• Un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas. ”

Haciendo efectivo lo establecido en la carta magna, el Ejecutivo Nacional pronunció el decreto Nº 1.511 con fuerza de ley “de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas”, de fecha 20 de noviembre de 2001. Consolidándose la ley como marco de fortalecimiento en materia de investigación criminal. Entra en vigencia el 24 de noviembre de 2001. Asumiéndose a partir de esa fecha formalmente el nombre correspondiente a:

“Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística”.

Estableció la ley en los artículos 31, 32, 33, las funciones y misión del C.I.C.P.C. y en las disposiciones transitorias, consideró su organización estructural,

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