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DEMANDA CICPC


Enviado por   •  28 de Junio de 2015  •  2.284 Palabras (10 Páginas)  •  375 Visitas

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Ciudadana

Abg. Graciela Benavides García

Fiscal Superior del Ministerio Público

De la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa

Su Despacho

Nosotros, Tarcisio Frías, portador de la cédula de identidad número 2.729.972, de 67 años de edad, de nacionalidad venezolana, de domicilio, la urbanización la comunidad, vereda 21, Sector II, casa 11, del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, quien presenta una discapacidad auditiva y Omar Lenin Linares Guevara, portador de la cédula de identidad número 12.164.687, de 38 años de edad, de nacionalidad venezolana , de domicilio, Barrio El Progreso, Sector II, calle 17, casa número 12-93; estudiantes del V año y segundo trimestre de Derecho, de la Universidad Experimental Rómulo Gallegos, convenio Misión Sucre, turno fines de semana, sección B, en la Aldea Universitaria, ubicada en la Escuela José María Vargas, de la ciudad de Guanare del Estado Portuguesa, ante usted ocurrimos respetuosamente, para exponerle los siguientes hechos: El día domingo 04 de mayo de 2014, siendo las 09:30 am, nos encontrábamos los estudiantes, de la sección B de la carrera de Derecho Municipalizado del Trayecto V, Trimestre II, del turno Fin de Semana, presentes en la Aldea Universitaria José María Vargas, los ciudadanos y ciudadanas, Narváez María CI 9.406.948, Urquiola Wuilmar CI 10.729.462, Peña Dicxón CI 13.039.376, Peña Dorcas CI 13.738.367, Arroyo Vianny CI 14.570.438, Meléndez Wuilmary CI 15.400.343, Betancourt Yamileth CI 17.616.090, Toro Norielcy CI 17.829.021, Aguilera Armando CI 18.296.961, Morales Irelvira CI 18.351.138, Tarcisio Frías CI 2.729.972, Omar Linares CI 12.164.687, y la abogada Yamileth Aguirre CI 14.204.764 (facilitadora de las cátedra de Orientación Profesional y Protección y Garantías Procedimentales) para cumplir con las actividades académicas, cuando se presenta una discusión debido a que la facilitadora Yamileth Aguirre no quería permitir que el ciudadano Tarcisio Frías, recuperara una evaluación en la que por razones del traslado de nuestra sección, desde la Aldea Universitaria Juan Fernández De León en la cual estábamos ubicados anteriormente hasta la Aldea Universitaria José María Vargas, (esto sin previo aviso) lo que genero confusión en la mayoría de los estudiantes trayendo como consecuencia que solamente cinco (5) estudiantes (Yamileth Betancourt CI. 17.616.090, Naudy Mejías CI 17.616.259, Dicxon peña CI. 13.039.376, Norielcy Toro CI. 17.829.021 e Irelvira Morales CI. 18.351.138) estuvieran presentes el día de la evaluación correspondiente al domingo 27 del mes de Abril del 2014, quedando inasistente el resto del grupo (María Narváez CI. 9.406.948, Wuilmary Meléndez CI 15.400.343, Vianny Arroyo CI. 14.570.438, Dorcas Peña CI. 13.738.367, Armando Aguilera CI. 18.296.961, Omar Lenin Linares CI. 12.164.687, Wuilmar Urquiola CI. 10.729.462, Duneysla Cavaneiro CI 12.581.653, Tarcisio Frías CI. 2.729.972) los cuales según la profesora Yamileth Aguirre CI 14.204.764 manifestaba para el momento (domingo 04 de Mayo del 2014) no tenían derecho a presentar los estudiantes que no estuvieron presente en dicha evaluación. Lo que genera que algunos compañeros reclamen a la profesora el derecho del estudiante Tarcisio Frías a presentar su evaluación, generando una discusión sobre el tema por lo que la estudiante Irelvira Morales CI 18.351.138 interviniendo en la discusión de forma acalorada, genera que se produzcan alzamiento de voz entre ella (Irelvira) y el estudiante Tarcisio Frías, a lo que la estudiante Irelvira Morales CI 18.351.138 abandona el recinto universitario acompañada de la estudiante Norielcy Toro CI 17.829.021 las cuales se dirigen a la sede del C.I.C.P.C del Municipio Guanare, asumiéndose que esta estudiante (Irelvira), valiéndose de sus contactos e influencias, lograra que en un lapso de tiempo no mayor a quince (15) minutos se presentara una comisión del C.I.C.P.C., entrando hasta el salón de clase sin identificarse, portando sendas armas de manera intimidatoria, sin una orden judicial, preguntando quienes eran los ciudadanos Tarcisio Frías y Omar Lenin Linares, por lo que al darnos a conocer a los funcionarios, estos nos exigieron que saliéramos del aula de clase, por lo que para evitar un amedrentamiento mayor, salimos y les acompañamos, en todo momento los funcionarios del C.I.C.P.C. hicieron caso omiso a la observación que le hacíamos de que el estudiante Tarcisio Frías de 67 años edad presenta una discapacidad auditiva por lo cual debido a su condición de discapacitado y de ser adulto mayor debía de ser tratado de manera especial, sin embargo aun desconocíamos los motivos por lo cual se quería realizar este atropello e irrespetando la presencia de la coordinadora de la Aldea Universitaria José María Vargas la Licenciada Emilia Caraucan portadora de la cedula de identidad Nº V- 11.377.479, quien se encontraba presente dentro del aula. De allí (Aldea Universitaria José María Vargas) fuimos sacados y llevados hasta una patrulla donde se nos obliga a montarnos sin información ninguna de que se nos acusaba, en ese vehículo del C.I.C.P.C. modelo Toyota, tipo chasis largo, rotulado con las insignias del C.I.C.P.C. en el cual fuimos trasladado hasta las instalaciones de la sede principal de este órgano (C.I.C.P.C.) en el sector la comunidad del Municipio Guanare, donde se nos despojo de manera inmediata de nuestros teléfonos, negándosenos el derecho de comunicarnos con nuestros familiares y/o defensores (as). Estando en dicha sede nos percatamos que al momento es cuando la ciudadana Irelvira Morales esta formulando una denuncia en contra nuestra, cosa que no entendemos porque es precisamente en el momento que estamos detenidos cuando la ciudadana Irelvira Morales formula aparentemente una denuncia en contra nuestras. Por lo que, sí ésta (Irelvira), está haciendo la denuncia en ese instante, ¿Cuál es el hecho punible por el cual habíamos sido detenidos al momento de sacarnos del recinto universitario?, de haber un hecho punible ¿de qué magnitud pudo haber sido que ameritara el allanamiento y violación del recinto universitario?, hechos que nos hacen tener por seguro que primero movilizaron influencias y personas conocidas dentro de este organismo de seguridad como lo es el C.I.C.P.C. luego se asesoraron como proceder para hacer una simulación de hecho punible; esto nos hace recordar aquella frase de un Presidente Venezolano, quien decía: “disparen primero y averigüen después (Rómulo Betancourt)”. Durante este proceso transcurrieron cinco (5) horas de total incomunicación, siendo reseñados de igual forma como delincuentes, recibiendo ataques psicológicos y amedrentamiento de parte de un funcionario

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