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CONTABILIDAD EN LAS ORGANIZACIONES


Enviado por   •  15 de Mayo de 2013  •  1.372 Palabras (6 Páginas)  •  321 Visitas

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ACTIVIDAD 1

TAREA: Luego de leer el Material del Curso y la demás documentación, contestar las siguientes preguntas.

1. Que son Bienes

R/ Los Bienes, en términos generales, son objetos útiles, provechosos o agradables que proporcionan a quienes los consumen un cierto Valor de uso o Utilidad. Los Bienes Económicos, más específicamente, son objetos que se producen para su Intercambio en el Mercado, es decir, son mercancías. Para que un objeto pueda ser considerado un Bien Económico es preciso que el mismo tenga una cierta Demanda, es decir, que sea considerado por algunas personas como un objeto capaz de satisfacer sus necesidades, y que el Bien resulte escaso en relación a esa Demanda. Un Bien de Oferta ilimitada no pasa a formar parte de los intercambios entre seres humanos; se considera entonces un Bien libre o no económico. En economía resulta de suma importancia la clasificación de los Bienes de acuerdo a sus características: se habla entonces de bienes de Capital, Bienes Intermedios y Bienes De Consumo; de Bienes privados, públicos o mixtos; de Bienes Complementarios o sustitutivos.

2. Que son Bienes gravados, excluidos y exentos

R/ Gravados: Son los que están sometidos a gravamen, ya que por importación o comercialización se aplica el impuesto a la tarifa general o las diferenciales vigentes.

Excluidos: Son los que por expresa disposición de la Ley no causan el impuesto; por consiguiente quien comercializa con ellos no se convierte en responsable ni tiene obligación alguna en relación con el gravamen. Si quien los produce o comercializa pagó impuestos en su etapa de producción o comercialización, dichos impuestos no dan derecho a descuento ni a devolución, y por lo mismo constituyen un mayor costo del respectivo bien.

Exentos: Los bienes exentos son aquellos que no están alcanzado por el gravamen (impuesto), ya sea porque son productos de primera necesidad o para que no sea mucho el precio. Un bien exento es un bien gravado, por tal razón, quienes produzcan bienes exentos, son responsables del impuesto a las ventas, y como tal deben declarar IVA. Quienes comercialicen bienes exentos no son responsables del impuesto a las ventas, sólo lo son los productores, por tanto, sólo los productores de bienes exentos pueden solicitar como descuento el IVA pagado en sus compras. El ser responsables del IVA y presentar su respectiva declaración, les asiste el derecho de solicitar como descuento los valores que hayan pagado por concepto de IVA en la compra de materia prima y demás gastos relacionados con la producción o comercialización de los bienes exentos. Como se puede ver, los bienes exentos dan derecho al descontar el IVA pagado, y como el IVA generado es del 0%, siempre resultará un saldo a favor, el cual pueden solicitar en devolución. A quien comercialice un bien exento le devuelven el IVA sin límite alguno. Las diferencias, pues, están en que los bienes exentos son gravados y dan derecho a devolución de IVA, y los bienes excluidos no causan IVA y por tal razón no se pueden descontar los valores pagados por IVA, y como consecuencia no tienen derecho a devolución de IVA. En el impuesto a las ventas los bienes y/o servicios son gravados cuando se configura el hecho generador del artículo 420 del Estatuto Tributario, en caso contrario son no gravados; por expresa disposición del legislador algunos bienes y/o servicios gravados se clasifican en exentos y excluidos, los exentos se caracterizan porque los IVA pagados no se acumulan al precio venta al consumidor, mientras que en los excluidos si hay acumulación. Al no acumularse los IVA pagados, el precio de venta al consumidor de los bienes exentos es menor frente a los excluidos y gravados.

3. Cuales son los elementos del IVA.

R/ Sujeto Activo, Sujeto Pasivo, Hecho Generador, Base Gravable y Tarifa

Sujeto activo: Es aquel que tiene la facultad de exigir el pago del impuesto y el cumplimiento de las obligaciones inherentes al mismo.

Sujeto pasivo: Son las personas naturales, jurídicas, y/o asimiladas que recaudan el impuesto y que, por lo tanto, asumen obligaciones con la DIAN, a quienes en el caso del IVA se les ha catalogado como responsables.

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