ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONTRATO DE ALQUILER DE LOCAL COMERCIAL

pameartiedaTrabajo4 de Diciembre de 2015

866 Palabras (4 Páginas)214 Visitas

Página 1 de 4

DOCUMENTOS PRIVADO

(CONTRATO DE ALQUILER DE LOCAL COMERCIAL)

Conste por el presente Documento Privado de Contrato de Alquiler del Local Comercial suscrito de manera voluntaria entre las partes interesadas según cláusulas siguientes y que, si las condiciones ameritan, este adquirirá el carácter del Documento Privado.

PRIMERA.- DE LAS PARTES INTERVINIENTES.- Intervienen en el presente Contrato de local comercial, Mary Janett Harb Vda. De León, mayor de edad, vecina de esta ciudad, hábil por derecho con C.I. N° 1504780 S.C., que en adelante se denominará el ARRENDADOR y el Señora, Maria Justiniano Terrezas mayor de edad, vecino de la ciudad de Santa Cruz, hábil por derecho y con C.I. N° 5329369 S.C., quien en adelante se denominará el ARRENDATARIO.

SEGUNDA.- DEL OBJETO DEL CONTRATO.- El objeto del Contrato es que el ARRENDADOR accede en alquiler al ARRENDATARIO un LOCAL COMERCIAL ubicado sobre la Avenida Cordecruz, calle N°3, # 59 Uv. 67 Mz. 42 Zona Norte de la Ciudad de Santa Cruz consistente en lo siguiente: un local de dos ambientes, un pasillo, y un baño con lavandería que en adelante se denomina el LOCAL, con los servicios básicos de agua y energía eléctrica necesarios, reuniendo las condiciones de habitabilidad y de uso como negocio.

TERCERA.- DEL PLAZO E IMPORTE DEL ALQUILER.- El alquiler del local por lo estipulado en cláusula anterior tendrá el plazo de seis meses calendario que se inicia el día 15 de Enero del año en curso. El monto del alquiler mensual es de $us. 220,00 (DOSCIENTOS VEINTE 00/100 DÓLARES AMERICANOS) o su equivalente en Bolivianos con el Tipo de Cambio TC/ 7,00 y que será cancelado el 15 de cada mes en forma adelantada correspondiente durante la duración del presente contrato.

Se hace constar que este importe mensual no incluye el costo por el servicio de energía eléctrica, el arrendatario correrá con dichos gastos del local a ser arrendado.

Se hace constar además que, el precio del alquiler mensual estará sujeto a una revisión periódica semestral a efectos de convenir un precio mutuamente conveniente entre ambas partes. Por otro lado, se aclara que no se extenderá factura alguna por el importe del alquiler, caso contrario, el arrendatario tendrá que cumplir con las obligaciones impositivas establecidas por la ley.

CUARTA.- DEL MONTO DE GARANTÍA.- Conforme a convenio inicial, se establece que el ARRENDATARIO hará la entrega de $us. 220,00 en efectivo (DOSCIENTOS VEINTE  00/100 DÓLARES AMERICANOS) equivalente a un (01) mes de alquiler al ARRENDADOR bajo el concepto de Garantía para efectos de compensación en gastos de refacción y algunas otras obligaciones exceptuando las del alquiler mensual. Este monto o el saldo del mismo, le será devuelto al ARRENDATARIO cuando se haga la entrega del local libre de cualquier obligación o deterioro.

QUINTA.- DE LAS OBLIGACIONES Y UDO ESPECÍFICO DEL LOCAL.- El ARRENDATARIO dará uso exclusivamente al negocio comercial y no tendrán derecho, motivo, razón o circunstancia alguna de acceder o proponer a otras instancias ni a terceras personas, dado el hecho de habérsele accedido únicamente en calidad de alquiler y para uso específico por el ARRENDATARIO. Asimismo, está plenamente prohibido introducir al inmueble sustancias controladas por la Ley 1008, y cualquier objeto o muebles regidos por dicha Ley.

SEXTA.- DEL RESGUARDO Y SEGURIDAD DEL LOCAL.- Se hace constar que el ARRENDADOR no asume con las obligaciones ni responsabilidades de resguardo y de seguridad de los bienes que tuviera el ARRENDATARIO, debiendo por consiguiente el ARRENDATARIO tomar las precauciones que viere conveniente, previo conocimiento del ARRENDADOR.

SÉPTIMA.- DE LAS CONDICIONES DE DEVOLUCIÓN DEL LOCAL.- El ARRENDATARIO deberá hacer la devolución del local al ARRENDADOR, en las mismas condiciones físicas como se le fue entregado, por lo que se estipula la condición de mantenimiento (refacción repintado u otros necesarios) de la vivienda si el caso exigiere (Uso del monto de garantía, cláusula CUARTA). Asimismo, la devolución deberá efectuarse impostergable al cabo de haberse cumplido el plazo señalado en la cláusula TERCERA, y/o en caso de desocupación tendrá que dar a conocer al ARREDADOR 60 días antes de la desocupación,  por lo que bajo ningún motivo, ni causa, ni circunstancia alguna, se da el derecho al ARRENDATARIO de continuar con el alquiler del local sin que previamente se haya suscrito un Documento Privado que reúna las condiciones y cláusulas que ambos conviniesen voluntariamente.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (6 Kb) pdf (85 Kb) docx (13 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com