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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2015  •  Tareas  •  646 Palabras (3 Páginas)  •  1.262 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL

Conste por el presente documento el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL que celebran de una parte la Sr. RUBEN ANGEL RAMIREZ VALENCIA, identificada con DNI. 15616331, con domiciliado en Coronel Portillo 139 Int. 15 provincia de Huaura, Distrito de Huacho, departamento de Lima, a quien en adelante se le denominará LA PROPIETARIO, y de la otra parte, la Sra. CELINDA GREGORIA ROJAS GIRON, identificada con DNI. 15645101 domiciliada en av. cincuentenario s/n provincia de Huaura, Distrito de Hualmay, departamento de Lima, a quien en adelante se le denominará LA ARRENDATARIA, bajo los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO.-

Por el presente contrato EL PROPIETARIO da en arrendamiento da favor de LA ARRENDATARIA – quien toma y acepta el arrendamiento – del local comercial de mi propiedad, ubicado en CALLE ADAN  ACEVEDO 273– Huacho, para ser destinado exclusivamente a uso comercial (restaurante).

SEGUNDO.-

El plazo de arrendamiento será de un (12) meses calendario computados a partir del día 12 de agosto del 2014 y finalizado tal plazo el día 14 de setiembre  del 2015, pudiéndose renovar el contrato con los respectivos ajustes o de lo contrario deberá entregar el local comercial  AL PROPIETARIO. 

TERCERO.-

La merced conductiva se pacta en S/. 1,200.00, que se pagará en forma mensual y adelantada. Para luego ser canjeado por su recibo correspondiente.

CUARTO.-

Son obligaciones de LA ARRENDATARIA el pago puntual de los arbitrios municipales (serenazgo y limpieza pública; agua, luz de acuerdo a su consumo). Igualmente son de cargo de LA ARRENDATARIA la licencia de funcionamiento.

QUINTO.-

LA ARRENDATARIA no podrá subarrendar, traspasar, ceder o realizar cualquier otro acto que signifique la pérdida parcial o total en el ejercicio de la posesión del local comercial  materia del presente contrato.

SEXTO.-

LA ARRENDATARIA no podrá efectuar modificaciones del local comercial sin previo consentimiento del PROPIETARIO.

SÉPTIMO.-

Las partes declaran que LA ARRENDATARIA se somete a la cláusula de allanamiento a futuro, prevista en el artículo 594 del código procesal civil. En  consecuencia, en caso de incurrir en más de dos meses y medio de incumplimiento en el pago de la renta convenida o de haberse concluido el plazo del contrato,  

EL ARRENDATARIO, deberá desocupar y restituir inmediatamente el bien a EL ARRENDADOR, conforme a los términos del mencionado artículo. En ese sentido, EL ARRENDATARIO se compromete a contradecir dicha demanda solo si ha pagado l las rentas convenidas o el contrato aún sigue vigente.

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