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CUESTIONARIO DE DERECHO MERCANTIL


Enviado por   •  4 de Abril de 2019  •  Apuntes  •  1.311 Palabras (6 Páginas)  •  151 Visitas

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UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR[pic 1][pic 2]

FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

ESCUELA DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS

ASIGNATURA:

Derecho Mercantil II

LICENCIADO:

José Rafel Castro Machado

GRUPO TEORICO:

13

CICLO ACADÉMICO:

 I/2019

Apellido, Nombre

Carnet

Viscarra Alarcón, Christian Alberto

VA16037

Ciudad Universitaria, 01 de abril del 2019


CUESTIONARIO DE DERECHO MERCANTIL II.

  1. ¿En términos generales cómo se define “cosa”?

Es todo aquello que tiene existencia ya sea corporal o espiritual, natural o artificial

  1. ¿A qué clase de cosas se les llama “bienes”?

Las cosas apropiables: son aquellas sobre las cuales se puede constituir dominio. A estas cosas se les denomina bienes.

Base Legal (Art. 560 Código Civil)

  1. ¿Cómo se clasifican los bienes y cual es su base legal?
  • Bienes de dominio Privado: son aquellos que pueden ser adquiridos por particulares

Base legal (Art. 560 al 567 Código Civil)

  • Bienes de Dominio Público o Bienes Nacionales: Son aquellos que cuyo dominio pertenece a toda la nación. Se subdividen en bienes de uso publico y bienes del Estado o fiscales.

Base legal (Art. 571 al 586 Código Civil)

  • Los Bienes de uso Público: son aquellos cuyo uso pertenece a todos los habitantes de la nación como las calles, plazas, puentes y caminos, el mar adyacente y sus playas.

Base legal (Art. 571 Código Civil)

  • Los bienes del Estado o fiscales: son los bienes que pertenecen al Estado, pero son de uso exclusivo de las instituciones del mismo y no pueden ser usados por todos los habitantes.

Base Legal (Art. 571 Inc. 2° Código Civil)

  1. ¿Cuál es la diferencia legal entre un “bien Inmueble” y un “bien mueble”

Art. 561.- Son bienes inmuebles o raíces las tierras y los edificios y construcciones de toda clase adherentes al suelo.

Forman parte de los inmuebles las plantas arraigadas en el suelo, los frutos pendientes, los yacimientos de las minas, las puertas, ventanas, losas, etc., de los edificios, y en general, todos los objetos naturales o de uso u ornamentación que estén unidos de una manera fija y estable a los bienes raíces, de suerte que formen un solo cuerpo con ellos.

Son asimismo bienes inmuebles los derechos reales constituidos sobre las fincas urbanas o rústicas.

Art. 562.- Son bienes muebles todas las cosas corporales y los derechos no comprendidos en el artículo anterior.

Art. 563.- Los accesorios de un inmueble, esto es, las máquinas, herramientas, utensilios, abonos, animales, aperos y demás objetos destinados inmediatamente al cultivo de una finca o a las operaciones de un establecimiento industrial, son bienes muebles; pero si pertenecieren al dueño del inmueble se entenderán comprendidos en cualquiera enajenación o traspaso que se haga de éste, a menos de aparecer o probarse lo contrario

  1. ¿Cuál es la definición de “cosas comerciables”?

La regla general es que todas las cosas sean negociables, vendibles que puedan ser parte del tráfico comercial, que sean susceptibles de enajenación o transferencia.

  1. ¿Cómo se define “la cosa accidentalmente mercantil”?

son aquellas cosas que son mercantiles que mientras son objeto de las relaciones jurídico-mercantiles, y dejan de serlo cuando cesan de estar afectadas por tales relaciones. Son las mercancías que son cosas mercantiles mientras están formando parte de las existencias de un establecimiento mercantil o son objeto de contratos mercantiles; pero, cuando son adquiridas por los consumidores con fines de uso personal, dejan de ser mercancías y se convierten en cosas civiles.

  1. ¿Cómo se define “la cosa típicamente mercantil”?

son aquellas que han nacido para servir al comercio y cuya función esencial es esa, la cual justifica su nacimiento y continúa justificando su existencia; algunas de ellas se usan extensamente en relaciones de tipo civil, pero no obstante el uso de estas cosas típicamente mercantiles determinan la mercantilidad del acto que con ellas se realiza.

  1. ¿Qué constituyen legalmente las “cosas mercantiles” y en que cuerpo legal se regula?

Base legal: (Art. 5 Código de comercio)

Art. 5.- Son cosas mercantiles:

  1. Las empresas de carácter lucrativo y sus elementos esenciales.
  2. Los distintivos mercantiles y las patentes.
  3. Los títulos valores

  1. ¿Cómo se define teóricamente el concepto de “empresa”?

La empresa es una unidad de producción en la que se combinan los precios del capital y del trabajo con la finalidad de suministrar al mercado bienes o servicios a un determinado precio, con el fin de obtener una renta monetaria igual a la diferencia unos precios y otros. Entonces existirá ganancia si los precios de distribución o venta son superiores a los de costo y una perdida en caso contrario.

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