Capital Semilla
VianeyEM22 de Marzo de 2013
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TERCERA SECCION
SECRETARIA DE ECONOMIA
Reglas de Operación para la asignación del subsidio canalizado a través del Programa Nacional de Financiamiento
al Microempresario (PRONAFIM) para el ejercicio fiscal 2013 (Continúa en la Cuarta Sección).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 28, último párrafo de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo; 28 y 32 de la Ley de Planeación; 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181 y 217 del Reglamento de la
Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1 y 2 de la Ley para el Desarrollo de la
Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; 3, 4, 5, fracción XVI y 12 del Reglamento Interior de
la Secretaría de Economía; 29 y 30 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
2013, y
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Federal en su interés de propiciar la igualdad de oportunidades para la población menos
favorecida y de eliminar el círculo vicioso de pobreza y violencia en el que están atrapados hombres y mujeres
que habitan en comunidades apartadas y aisladas de los grandes centros urbanos, decide implementar una
política de microfinanzas así como el Programa Nacional de Prevención del Delito que permita atacar estos
problemas fomentando un mayor nivel de desarrollo y mejores condiciones de vida que prevengan conductas
delictivas en las comunidades, facilitando a la población de bajos ingresos el acceso al crédito y otros
servicios necesarios para llevar a cabo actividades productivas que mejoren sus niveles de ingreso.
Que el sistema financiero tiene una importancia central en el establecimiento de condiciones para que las
y los emprendedores mexicanos traduzcan su capacidad e iniciativa en negocios rentables que mejoren su
ingreso.
Que el Gobierno Federal impulsa estrategias orientadas a lograr que la población de bajos ingresos, que
tradicionalmente ha enfrentado dificultades para tener acceso a los servicios financieros, tenga acceso a los
recursos financieros necesarios para llevar a cabo proyectos productivos y emprendimientos en el medio
urbano y rural.
Que las Microfinanzas constituyen una de las estrategias que permitirá al Gobierno Federal lograr que
cada mexicano, sin importar su lugar de origen, su género o su nivel de ingreso tenga acceso a oportunidades
de desarrollo.
Que para alcanzar los objetivos mencionados, el Gobierno Federal ha instrumentado diversos programas
de apoyo a las iniciativas productivas y a los emprendimientos de la población de escasos recursos, entre los
cuales se encuentra el Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (PRONAFIM).
Que el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone en su Anexo B, los Programas del
Gobierno Federal correspondientes al Ramo 10 Economía que podrán apoyar en la instrumentación de la
mencionada Cruzada, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementará a partir
de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la
Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de
organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento
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