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Caso: Diezmo en obra pública


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2023  •  Tareas  •  1.159 Palabras (5 Páginas)  •  20 Visitas

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15. Caso: Diezmo en obra pública. Autor: PUCP, Christian Chocano. Área del Derecho: Contrataciones del Estado. Instituciones de responsabilidad profesional:

El gerente legal de una empresa constructora informa al gerente general que funcionarios de la Alta Dirección de un Gobierno Regional le han comunicado que para poder adjudicarse un proyecto de la cartera de obras que se ejecutarán en el año, es necesario aportar un diezmo equivalente al 10% del valor del contrato. De otro modo, no ganarían ninguna obra con el Gobierno Regional.

El gerente general le informa que obtener un proyecto con ese gobierno regional es indispensable para la continuidad de la empresa y que en el Perú así es como se viabilizan las inversiones.

¿Consideras necesario aceptar el diezmo? ¿Cómo actuaría desde su rol de gerente legal? ¿De qué depende que los profesionales acepten el diezmo o no?

Resumen del caso:

Es fundamental tener en mente algunos conceptos básicos antes de abordar las preguntas relacionadas. Las contrataciones del Estado son procesos por los cuales una entidad pública se vincula con una persona natural o jurídica para proveerse de bienes, servicios y obras. Esta importante decisión se toma a través de un riguroso proceso de selección, que dependiendo del proceso, seguirá las reglas de la Ley de Contrataciones del Estado. En los últimos años, muchas noticias e informes han revelado la actuación ilícita de funcionarios públicos que se han coludido con proveedores o contratistas a fin de otorgarles beneficios en las obras públicas a cambio de recibir “diezmos”, que viene a ser el pago del 10% del valor referencial de la obra como soborno para ser favorecido con la adjudicación, conforme podemos apreciar en el caso propuesto, funcionarios de la Alta Dirección de un Gobierno le solicita al gerente legal de la empresa Constructora el pago de un “diezmo” a fin de otorgarles la adjudicación en un proyecto de carretera.

Problema ético

Los procesos de contratación regulados por la Ley y su Reglamento se rigen por principios, axiomas que rigen la actuación de los agentes públicos y privados que intervienen en las contrataciones estatales, tales como la moralidad, libre concurrencia y competencia, imparcialidad, publicidad y transparencia, principios que deben ser velados y respetados durante todas las fases del proceso de contratación. Principios y reglas que le brindan al proceso de selección esa característica de transparencia y justicia, pero esta se ve infringida cuando funcionarios y profesionales en busca de beneficio propio, actúan de manera incorrecta. Sin duda, este comportamiento que calza en actos de corrupción vinculados a los delitos de peculado de uso o malversación de fondos, van en contra de la deontología tanto del desempeño profesional de los proveedores como de los funcionarios y servidores públicos.

De acuerdo a la Ley del Código de Ética de la Función Pública, el funcionario público debe ajustarse a los principios de respeto por la constitución y las leyes; actuar con probidad, rectitud, honradez y honestidad, desechando todo provecho o ventaja personal; debe justo y equitativo, otorgando a quien lo merece a través de sus méritos, lo que es debido, en sus relaciones con el Estado o con los administrados. En tanto a la ética profesional de los postores, en su actuar deben reflejar los valores y las metas de su profesión, incluyendo la transparencia, calidad en los servicios y la responsabilidad hacia sus clientes. Al contravenir tales bases, los principios y valores éticos quedan desplazados, convirtiendo a los buenos profesionales, en profesionales sin alma.

Análisis

Sentadas estas bases, podemos proceder a analizar el caso propuesto, a primera instancia, reconocemos que el  “diezmo” es una mala práctica profesional que refleja la corrupción en las contrataciones del Estado, estas deben de guiarse por los procesos establecidos en la Ley y en los principios, adecuando y sometiendo su comportamiento al marco normativo vigente, alejando todo tipo de interés o beneficio personal que pudiera interferir en los procesos de selección, caso contrario, tales actuaciones apoyan el incremento de la corrupción en nuestro país.

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