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Caso de Análisis ENERSIS antimonopolio.


Enviado por   •  7 de Junio de 2016  •  Informes  •  1.627 Palabras (7 Páginas)  •  226 Visitas

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TEMA: ANALISIS DE UN FALLO EN MATERIA DE LEY ANTIMONOPOLIO

1.- EXPLICACION DEL CASO

2.- SEÑALAR LAS DOS POSICIONES RESPECTO DE LA INFRACCION (VISION DEL SUPUESTO INFRACTOR Y VISION DEL FISCAL)

3.- ANALISIS DE LA CONCLUSION DEL FALLO (POR QUE SE CONDENO O POR QUE SE ABSOLVIO)

I. EXPLICACION DEL CASO: Enersis

En abril de 1990, al celebrarse la junta de accionista de ENDESA S.A., y de acuerdo con una denuncia efectuada por el abogado Ramón Briones ante la FNE, la sociedad Enersis y sus filiales, dedicadas a la distribución de electricidad (CHILECTRA), se habrían coludido con un grupo de AFP para elegir de común acuerdo a cuatro directores de ENDESA, con el objetivo de tomar el control de su directorio y, por esa vía, formar un monopolio que integraría verticalmente las actividades de generación, transporte y distribución de electricidad en el país, pues ENDESA concentraba las dos primeras fases de este mercado.

Según el denunciante, esa situación atentaba contra las normas del DL Nº 211 debido a que al integrarse dos empresas distintas bajo el control de un mismo grupo económico, que en principio debían competir entre sí y tener intereses antagónicos en el mercado, ello “influiría negativamente en la fijación de políticas tarifarias y otros aspectos de comercialización, en perjuicio de los consumidores de energía eléctrica” . Tras acoger la denuncia y dar curso a la respectiva investigación, la Fiscalía presentó un requerimiento a la Comisión Resolutiva en el que solicitó, entre otros, que se prohibiera a Enersis y sus filiales aumentar su capital accionario en ENDESA; lo que atentaría contra la transparencia y la libre competencia en el mercado de la energía eléctrica, considerando que Enersis tiene como giro principal la distribución y ENDESA es la principal generadora y la única transmisora de electricidad en el país. Finalmente, planteó que esta integración vertical “crearía de hecho un poder monopólico que podría originar discriminaciones o abusos en perjuicio de los usuarios y de terceros competidores”.

II. SEÑALAR LAS DOS POSICIONES RESPECTO DE LA INFRACCION

Los abogados defensores de los acusados y de una serie de entes públicos vinculados al ámbito de la energía eléctrica, entre otros, la Comisión resolvió rechazar el requerimiento del Fiscal Nacional Económico considerando, en lo fundamental, que al estar la actividad del sector eléctrico sometida a diversas regulaciones y que los precios en las distintas fases, con algunas excepciones, eran fijados por la autoridad de acuerdo con criterios técnico-económicos definidos por ley, contaba con resguardos suficientes para su adecuado funcionamiento.

Por otra parte, tras analizar las normas relacionadas con el control de sociedades anónimas y las distintas figuras para su administración, estableció que el porcentaje de propiedad que Enersis ostentaba a la fecha en ENDESA (12,15%) no la transformaba en controladora y que de acuerdo con la legislación vigente, nada impedía que pudiera aumentar esa participación hasta un 20%. Asimismo, también determinó que no se había acreditado colusión alguna entre los accionistas de Enersis y otros de ENDESA para pactar una administración conjunta de la empresa.

Sin embargo, el fallo de la Comisión no fue unánime. Dos de sus cinco integrantes, el Superintendente de Valores y Seguros, y el de quien subrogaba al director del Instituto Nacional de Estadísticas, respaldaron el requerimiento del fiscal, aduciendo que en el mercado eléctrico se observaba un elevado grado de concentración de la propiedad accionaria de ENDESA en poder de los grupos económicos representados en Enersis; que era contrario a una debida transparencia y a la libre competencia en ese mercado que Enersis aumentara su participación accionaria en ENDESA; y que la integración vertical en ese sector: “podría crear un poder monopólico que eventualmente pudiere dar origen a discriminaciones o abusos en perjuicio de los usuarios y de terceros competidores” .

Tras conocerse la resolución adversa, el fiscal Gilberto Villablanca apareció en la prensa con un titular destacado: “Fiscal Económico pidió congelar participación de Enersis en ENDESA”. Planteando que el fallo de la Comisión Resolutiva que permitía aumentar la participación de Enersis en ENDESA era “inconveniente y contrario a la transparencia del mercado eléctrico”, informó a la opinión pública que había presentado un recurso de queja contra ese dictamen ante la Corte Suprema, solicitando que mientras no hubiera pronunciamiento definitivo al respecto, se limitara la participación de Enersis en la generadora al 12,5% con que contaba en ese momento. Agregó que ya se estaban recibiendo denuncias de “discriminación monopólica” en el cobro de peajes en la transmisión de energía por parte de otras generadoras, como Colbún, que habían denunciado precios abusivos y discriminación a favor de empresas relacionadas o controladas por Enersis.

También manifestó que las regulaciones e intervenciones de las autoridades en este sector no eran suficientes en sí mismas para garantizar la protección de la transparencia y competencia en el sector eléctrico, ni de los consumidores en general. Remató afirmando que lo ideal era que la presencia de Enersis se hubiese restringido a

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