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Comision De Bancos Y Seguros


Enviado por   •  9 de Abril de 2015  •  910 Palabras (4 Páginas)  •  422 Visitas

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Ley de la Comision Nacional de Bancos y Seguros

Se origino:

Ante la liberalización de que están siendo objeto la economía expone a nuevos riesgos a la instituciones financieras por lo que se conviene fortalecer los sistemas de supervisión vigilancia y control de las mismas por parte de la Constitucion de la Republica , el titular del poder Ejecutivo

se decreta :

Ley De La Comision Nacional De Bancos Y Seguros

La comisión esta totalmente desconectada de la presidencia de la Republica con independencia funcional , esto quiere decir q la comisión no necesita fondos de la presidencia ni de otra institución ya que es autosuficiente .

La Comisión es una entidad desconcentrada de la Presidencia de la República, con independencia funcional, presupuestaria y facultades administrativas suficientes para asegurar la habilidad técnica y financiera necesaria para el cumplimiento de sus objetivos.

La Comisión supervisará las actividades financieras, de seguros, provisionales, de valores y demás relacionadas con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público; y otras instituciones financieras y actividades determinadas por el Presidente de la República en Consejo de Ministros; además vigilará que las instituciones supervisadas cuenten con sistemas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, haciendo cumplir las leyes que regulan estas materias, con sujeción a los criterios siguientes:

a) Que el desarrollo de dichas actividades esté en concordancia con las leyes de la República y con el interés público

b) Que el ejercicio de tales actividades se desarrolle en cumplimiento de la función económica prevista para cada una.

c) Que en tales actividades se respeten los derechos de los usuarios de los servicios ofrecidos por las instituciones supervisadas y preferentemente, el de los ahorrantes, depositantes, asegurados e inversionistas.

d) Que las instituciones supervisadas cuenten con los niveles de patrimonio adecuado para salvaguardar su solvencia.

Requisitos para los integrantes de la comisión

La Comisión estará integrada por tres miembros propietarios que reúnan requisitos de idoneidad, honorabilidad, experiencia y competencia necesarios para desempeñar el cargo, los que serán nombrados por el Presidente de la República, de una lista de seis (6) candidatos propuestos por el Directorio del Banco Central de Honduras.

Para ser miembro de la Comisión se requiere ser hondureño, mayor de treinta años, estar en el libre ejercicio de los derechos civiles, ostentar título profesional de nivel universitario, de reconocida honorabilidad, competencia y notoria experiencia en asuntos bancarios, de seguros, financieros de auditoría o legales.

Responsabilidades que ejercerá la comisión y realizara

La Comisión, basada en normas y prácticas internacionales, ejercerá por medio de las Superintendencias la supervisión, vigilancia y control de las instituciones bancarias públicas y privadas, aseguradoras, reaseguradoras, sociedades financieras, asociaciones de ahorro y préstamo, almacenes

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