Conceptos De Nomina
andreabmar213 de Agosto de 2013
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CONCEPTOS
A. Salario.
Es aquella remuneración que consiste en la contraprestación que el empleado da en dinero o en especie al trabajador por su trabajo.
B. Salario Mínimo.
Es la mínima remuneración a que tiene derecho todo trabajador, con el cual ha de suplir sus necesidades básicas tanto suyas como de su familia, el cual ha sido fijado en $589.500 para el 2013.
C. Pagos que constituyen salario.
Son aquellos que vienen incluidos o firmados dentro del contrato pactado. Es decir como los siguientes puntos;
• Remuneración fija u ordinaria
• El auxilio de transporte
• Las primas habituales. No se tiene en cuenta aquí la prima de servicio.
• Sobresueldo.
• Bonificaciones Habituales.
• Pago de las Horas Extras, nocturnas, dominicales o festivos.
• Auxilio de Transporte.
• La alimentación suministrada por el empleador, entre otras.
D. Pagos que no constituyen al salario.
• No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador, como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, excedentes de las empresas de economía solidaria y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones.
• gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo y otros semejantes.
• Tampoco las prestaciones sociales ni los beneficios o auxilios habituales u ocasionales acordados convencional o contractualmente u otorgados en forma extralegal por el empleador, cuando las partes hayan dispuesto expresamente que no constituyen salario en dinero o en especie, tales como la alimentación, habitación o vestuario, las primas extralegales, de vacaciones, de servicios o de navidad”.
De los pagos considerados como no constitutivos de salario que merecen especial atención por sus efectos negativos para los trabajadores y positivos para las empresas, son los pagos que pueden ser acordados como no salariales entre el trabajador y el empleador.
E. Auxilio de Transporte.
Es un auxilio como bien lo dice el concepto en dinero a cargo del empleador que constituye salario para efecto de liquidar prestaciones sociales. El cual esta fijado por $70.500 para el año en curso 2013.
F. Dotación.
La dotación (calzado y overoles), es una prestación social a cargo del empleador que se debe suministrar a los trabajadores que devenguen hasta dos veces el salario mínimo mensual.
G. Aportes de Parafiscales.
Los aportes parafiscales son una contribución especial que realizan los empleadores al SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, para que estas Entidades adelanten programas de naturaleza social, según su misión.
H. Cargas Prestacionales.
Se denomina carga prestacional a los valores:
• Protección a la seguridad social.
• Aportes parafiscales el 9%.
• Prestaciones sociales. Que en resumen totaliza una carga prestacional del valor de la nómina mensual.
I. Seguridad Social.
Es aquel sistema gestionado por el Estado dirigido a ofrecer bienestar y protección a los ciudadanos mediante asistencia sanitaria, prestaciones económicas en caso de incapacidad laboral o desempleo, pensiones de jubilación, etc. Es financiada en distinta proporción por las empresas y por los trabajadores.
J. Horas Extras.
Es aquella hora que se trabaja adicional a las 8 horas diarias o a la jornada pactada entre la partes.
K. Recargos Nocturnos.
Hace referencia al recargo que se debe pagar sobre la hora ordinaria, por el hecho de laborar en horas nocturnas.
L. Contrato de
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