Contrato De Arrendamiento
Hugoepina28 de Abril de 2013
5.051 Palabras (21 Páginas)272 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE _________________ , QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL ARRENDADOR” Y POR LA OTRA PARTE, ____________________________, REPRESENTADA POR ______________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ARRENDATARIA” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
D E C L A R A C I O N E S
I.- DECLARA “EL ARRENDADOR”:
a).- Ser una persona física de nacionalidad mexicana, estar inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave No.________________ Que su representante legal cuenta con los poderes y facultades necesarios y suficientes para celebrar y obligarlo en los términos del presente contrato.
b).- Como propietario en condominio del complejo inmobiliario “World Trade Center Ciudad de México”, en lo sucesivo WORLD TRADE CENTER, ubicado en Montecito No.38, Colonia Nápoles de esta ciudad, cuenta con la facultad de otorgar en arrendamiento las oficinas corporativas del citado complejo inmobiliario, según se hace constar en la escritura pública número 75,553 que contiene el Contrato de Fideicomiso No. 93-283 y 93-284 irrevocable Traslativo de Dominio, de Administración y Garantía otorgada ante la fe del Lic. Eduardo A. Martínez Urquidi, Notario Público 56 del Distrito Federal.
c).- Por su naturaleza, el complejo inmobiliario “World Trade Center Ciudad de México” quedó constituido bajo el Régimen de Propiedad en Condominio en el que se describe a detalle la “Unidad de Condominios Torre” y la constitución de los condominios que lo integran, según consta en escritura pública número 77,289 de fecha once de junio de 1997, otorgada ante la fe del Notario Público citado en la declaración que antecede.
d).- Que es su voluntad el otorgar en arrendamiento la(s) Oficina(s) Corporativa(s) número(s) ubicada en el piso (en lo sucesivo la localidad) de la Torre de Oficinas Corporativas del citado complejo inmobiliario, con una superficie de metros cuadrados.
II.- DECLARA “LA ARRENDATARIA”:
a).- Ser sociedad mercantil constituida conforme a las leyes mexicanas, según Escritura Pública No. ______, de fecha __________, otorgada por el _______________, Notario Público No.____ del ____________, inscrita en el Registro Público de Comercio correspondiente. Que su representante legal cuenta con los poderes y facultades necesarios y suficientes para celebrar y obligarlo en los términos del presente contrato, como lo acredita con la Escritura Pública No._____, de fecha _______________, otorgada por el Lic. ______________, Notario Público No. ___ del Distrito Federal, mismos que a la fecha no le han sido modificados ni restringidos en forma alguna.
b).- Que ha visitado y conoce el estado físico tanto de la(s) oficina(s) corporativa(s) que será(n) objeto de este contrato, así como del área de estacionamiento, encontrándolos satisfactorios para sus fines. De igual forma reconoce que los mismos están sujetos al Régimen de Propiedad en Condominio a que hace mención la Declaración I inciso ©©©©, y en consecuencia a la observancia del Reglamento de Administración del Conjunto “World Trade Center Ciudad de México”.
c).- Que es su voluntad celebrar el presente contrato, a efecto de tomar en arrendamiento la(s) oficina(s) corporativa(s) que se indica(n) en la Declaración I inciso (d) que antecede, con base a los términos y condiciones que aquí se establecen.
d).- Acorde a lo que establece el contrato de fideicomiso No.93-283 y 93-284, la celebración de este contrato concede a su arrendatario el uso de __ () cajón(es) de estacionamiento indeterminados, dentro del área que tiene destinada para ello, contra el pago de la cuota de recuperación mensual de gastos de administración y mantenimiento que establece el Reglamento de Administración del Conjunto “WorldTrade Center Ciudad de México”.
Atento a lo anteriormente manifestado, las partes acuerdan sujetar este contrato a lo contenido en las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIMERA: OBJETO.- Por el presente contrato EL ARRENDADOR otorga en arrendamiento a LA ARRENDATARIA, quien acepta en tal carácter, el espacio para oficina(s) número(s) 17 ubicada(s) en el piso 27 de la torre de oficinas de WORLD TRADE CENTER. La localidad objeto del arrendamiento, así como las especificaciones y acabados como será entregada, se describen en el ANEXO 1, mismo que firmado por las partes pasa a formar parte integrante del presente contrato. El derecho a usar () cajones de estacionamiento.
SEGUNDA.- CONTRAPRESTACION MENSUAL.- Las partes convienen en fijar como contraprestación mensual por el arrendamiento de pesos por m2. ( m2.), la cantidad de $ __________________________________/100 M.N.), misma a la que deberá adicionarse el Impuesto al Valor Agregado correspondiente.
La contraprestación mensual pactada se cubrirá por mensualidad adelantada, dentro de los primeros 10 (diez) días naturales de cada mes, misma que se causará a partir de la fecha de inicio de vigencia del arrendamiento. En caso de que el arrendamiento inicie en un día que no sea primero de un mes natural, se aplicará para ese mes la renta que corresponda al período que transcurra desde el día de inicio de la renta establecida hasta el final del mes.
LA ARRENDATARIA cubrirá () mensualidad(es) adelantada, a la firma del presente contrato, mismas que se causarán a partir de la fecha de inicio del arrendamiento convenida en la Cláusula Quinta del presente contrato.
Las partes convienen en que toda mensualidad será pagada íntegramente aún cuando LA ARRENDATARIA ocupe la localidad solo parte de un mes. LA ARRENDATARIA, se obliga a pagar la contraprestación mensual, así como cualesquiera otra prestación que se derive de la celebración del presente contrato o que sea consecuencia del mismo mediante depósito bancario a la cuenta que le indique EL ARRENDADOR, mismo que podrá cambiar, mediante simple aviso que por escrito le entregue a LA ARRENDATARIA cuando menos con quince días hábiles de anticipación a la fecha de pago. Independientemente de lo anterior y sin que constituya una obligación para EL ARRENDADOR, éste estará facultado para cobrar la contraprestación en la localidad objeto del arrendamiento o establecer cualquier otro procedimiento de cobro, sin que ello implique novación de la obligación mencionada a cargo de LA ARRENDATARIA.
En caso de que LA ARRENDATARIA no efectúe el pago mensual de la contraprestación pagada en el plazo señalado, conviene en cubrir a EL ARRENDADOR intereses moratorios mensuales que se calcularán en base a multiplicar por uno punto cinco la Tasa de Interés Interbancaria Promedio (TIIP x 1.5) o a la que en su caso se substituya de común acuerdo, sobre el importe insoluto de la contraprestación, cantidad que deberá acumularse mensualmente por todo el tiempo que se mantenga insoluto el adeudo, lo cual se aplicará sin perjuicio de la acción rescisoria correspondiente.
LA ARRENDATARIA no podrá retener la contraprestación mensual en ningún caso ni bajo título alguno, siendo causa de rescisión del presente contrato la contravención a lo aquí pactado, sin perjuicio de las demás obligaciones que conforme a este instrumento deba cumplir EL ARRENDADOR no estará obligado a recibir el pago de la contraprestación mensual, si no están cubiertas las anteriores, y en todo caso las cantidades pagadas a cuenta por LA ARRENDATARIA se aplicarán principalmente al pago de los intereses moratorios y, posteriormente, al principal de las contraprestaciones adeudadas, comenzando por las más antiguas.
TERCERA: AJUSTE DE LA CONTRAPRESTACION MENSUAL.- Ambas partes convienen en ajustar anualmente el monto de la contraprestación mensual a partir del inicio del plazo del arrendamiento, incrementándola en el porcentaje en que haya variado el Indice Nacional de Precios del Consumidor para la Ciudad de México, Distrito Federal, publicado mensualmente por el Banco de México, comparando el correspondiente al mes inmediato anterior al mes en que deba efectuarse el ajuste, con el correspondiente al mes inmediato anterior al mes del inicio del plazo de arrendamiento o al mes de que se trate. En caso de que a la fecha en que deba efectuarse el ajuste de la contraprestación mensual no se hubieren publicado los índices mensuales de referencia, dicho ajuste se efectuará provisionalmente con índices estimados de común acuerdo hasta en tanto se disponga de la publicación respectiva, momento en que se determinará el ajuste definitivo, mismo que se aplicará retroactivamente a partir del mes de que se trate. Los ajustes en el importe de la contraprestación no darán lugar a que se considere novado el contrato.
Será responsabilidad de EL ARRENDADOR el efectuar el cálculo del ajuste y notificarlo por escrito a LA ARRENDATARIA quien se obliga a cubrir al mes correspondiente el ajuste respectivo. De no emitir LA ARRENDATARIA por escrito, observación alguna a dicho cálculo en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles, contados a la fecha de notificación, se entenderá que el mismo es correcto y quedará firme para todos los efectos legales a que haya lugar.
CUARTA: PAGOS DE OTROS CONCEPTOS.- Será por cuenta exclusiva de LA ARRENDATARIA cubrir los pagos, honorarios, contraprestaciones, prorrateos y erogaciones que se causen por la contratación y suministro en la localidad arrendada de los servicios de energía eléctrica, teléfono, agua, uso de los servicios e instalaciones del Centro de Negocios, o cualquier otro que se preste,
...