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Contrato De Transporte


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2013  •  840 Palabras (4 Páginas)  •  264 Visitas

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Contrato de Transporte

1. Concepto y naturaleza mercantil

Según la vía y medios utilizados y la naturaleza de lo transportado se habla de transporte terrestre, marítimo y aéreo, de carga y de pasajero. El terrestre se da por tierra o vías pluviales, el marítimo por mar y el aéreo por el espacio aéreo. Cada tipo de transporte esta sometido a una regulación especial, con convenios y organizaciones internacionales. El transporte público colectivo y selectivo de pasajeros tiene su propia regulación, que no es del caso examinar en esta obra. Nos limitamos a estudiar el contrato mercantil de transporte terrestre de carga.

Este contrato esta disciplinado desde el artículo 663 al artículo 727 del Código de Comercio. Como ya es usual indicar, el articulado no ofrece un concepto legal del mismo. Empieza por aclarar que el porteador puede efectuar el transporte por sí mismo, por medio de sus empleados o por terceros. El porteador no deja de ser tal, por el hecho de contratar a su vez a otros porteadores para trasladar la carga a sus destino, existiendo una pluralidad de contratos de transporte entre el porteador contratado por el cargador y los demás porteadores contratados por él. Incluso si es factible el transporte multimodal, en el que se emplean varias vías y medios de transporte.

La pluralidad de porteadores puede resultar, de un lado, de sucesivos contratos celebrados por el porteador original, para auxiliarse en su obligación de llevar la carga a su destino; o del servicio combinado, del otro lado, en el que hay un solo contrato con varios porteadores, que se obligan a la plena ejecución del contrato, con su intervención por tramos. El cargador tiene acción contra los porteadores que contrataron con él o contra los demás porteadores que hubieran recibido sin reserva los bienes transportados. El porteador que paga tiene acción contra el porteador que incumplió su parte o tramo, siendo responsable de los daños y perjuicios causados en el contrato de servicio combinado. E l porteador que entrega asume las acciones y derechos de los que le hubieren precedido en el traslado de la cosa.

En el contrato de transporte intervienen el cargador y el porteador. El cargador es el que se obliga a entregar la carga que va a ser transportada; no requiere ser el dueño de la mercadería , puesto que puede ser mandatario o comisionista de éste. El porteador es quien se obliga a trasladar la carga al mismo lugar de destino, sea por si mismo, sus empleados o por otra persona o compañía.

El consignatario, a pesar de no ser parte del contrato, eventualmente puede ejercer derechos y soportar responsabilidades, v.gr rehusar el recibo de la carga que presenta averías y pagar el porte o precio del servicio de transporte. El consignatario es el destinatario de los géneros; es a quien el cargador envía o remite los objetos

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