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Demanda Familiar


Enviado por   •  6 de Abril de 2014  •  1.766 Palabras (8 Páginas)  •  328 Visitas

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VIA. CONTROVERSIA FAMILIAR POR PAGO DE PENSIÓN ALIMENTICIA.

ACTOR:RUBEN FAZ MARTINEZ.

DEMANDADO: KAREN VALERIA REYNOSO ROSTRO

ESCRITO INICIAL DE DEMANDA.

CIUDADANO/A JUEZ EN TURNO DE LO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

RUBEN FAZ MARTINEZ, mexicano, mayor de edad, por mis propios derechos, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 107 (ciento siete) de la Ley Adjetiva Civil para el Estado de San Luís Potosí, me permito designar para todos los efectos legales a que haya lugar domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, aún las de carácter personal, el ubicado en calle Laureles numero 2152 colonia Las flores de esta Ciudad.

En la Vía DE CONTROVERSIA FAMILIAR por medio del presente ocurso, vengo a demandar a KAREN VALERIA REYNOSO ROSTRO, por los siguientes:

PRESTACIONES

a) Por el pago y aseguramiento de una pensión alimenticia provisional durante la secuela del presente juicio, en favor del suscrito misma que no deberá ser inferior del 50% del total de las percepciones que obtenga la demandada.

b) Por el pago y aseguramiento de una pensión alimenticia definitiva al momento de dictarse el fallo en el presente litigio en favor del suscrito misma que no deberá ser inferior del 50% del total de las percepciones que obtenga el demandado.

c) Por las costas y gastos que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio.

HECHOS

1.- Con fecha 03 DE OCTUBRE DE 1998 el suscrito y mi ahora demandada contrajimos Matrimonio Civil ante la Fe del Oficial .QUINTO del Registro Civil del municipio DE SAN LUIS POTOSI, S.L.P., como lo acredito con la copia debidamente certificada del acta de matrimonio, misma que acompaño como anexo número 1 (uno).

2.- Durante nuestro matrimonio PROCERAMOS 2 HIJOS, DE NOMBRES RUBEN FAZ REYNOSO Y VALERY FAZ REYNOSO SEGÚN LO ACREDITO CON LAS COPIA DEBIDAMENTE CERTIFICADAS.

3.- la señora tiene mayor ingreso económico.

DERECHO

I.- Es Usted competente para conocer del presente juicio según lo estipulan los artículos 143 (ciento cuarenta y tres), 144 (ciento cuarenta y cuatro), 152 (ciento cincuenta y dos), 155 (ciento cincuenta y cinco), Fracción XIV (décima cuarta) y demás relativos y aplicables de la Ley Adjetiva Civil Vigente para el Estado de San Luís Potosí.

II.- La Vía y Procedimiento propuestos mediante los cuales se entabla el presente juicio son los correctos, de acuerdo con el artículo 1137 (mil ciento treinta y siete), 1138 (mil ciento treinta y ocho), 1139 (mil ciento treinta y nueve) y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado de San Luis Potosí.

III.- La personalidad con la que comparezco al presente juicio encuentra sustento legal en lo señalado por los artículos 44 (cuarenta y cuatro) 45 (cuarenta y cinco) de la Ley Adjetiva Civil Vigente en el Estado de San Luis Potosí, en relación con los artículos 373 (trescientos setenta y tres), 374 (trescientos setenta y cuatro), y demás relativos y aplicables del Código Civil Vigente para el Estado de San Luís Potosí.

IV.- La autorización realizada en favor de los profesionistas que mencionamos en el cuerpo del presente ocurso, se regula conforme lo prevé el artículo 118 (ciento dieciocho) del Código de Procedimientos Civiles Vigente para el Estado de San Luís Potosí.

V.- El pago de las costas y gastos que se origine con motivo de la tramitación del presente juicio se regula conforme a lo dispuesto por el numeral 135 (ciento treinta y cinco) de la Ley Adjetiva Civil Vigente en el Estado de San Luís Potosí.

VI.- La designación del domicilio señalado para oír y recibir toda clase de notificaciones aún las de carácter personal encuentra sustento legal en lo dispuesto por el artículo 107 (ciento siete) del Código de Procedimientos Civiles Vigente para el Estado de San Luís Potosí.

VII.- Las acciones ejercitadas se fundamentan de acuerdo a lo estipulado por los artículos, 140, 141, 143, 145, 150, DEL CODIGO FAMILIAR VIGENTE EN EL ESTADO Y demás relativos y aplicables del Código Familiar Vigente para el Estado de San Luís Potosí.

PRUEBAS

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1140 (mil ciento cuarenta) de la Ley Adjetiva Civil Vigente para el Estado de San Luís Potosí, me permito ofrecer las siguientes:

1.- CONFESIONAL .- Con cargo a la señora KAREN VALERIA REYNOSO ROSTRO prueba que se ofrece en los siguientes términos:

a) Esta probanza se ofrece con fundamento en lo que disponen los artículos número 301 (trescientos uno), 302 (trescientos dos), 303 (trescientos tres) y demás relativos y aplicables al Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luís Potosí.

b) La absolvente señor deberá ser notificado para absolver posiciones en el domicilio que señale para oír y recibir notificaciones, al momento de que ocurra ante este Honorable Juzgado a producir su contestación, quien al momento de ocurrir a este Honorable juzgado deberá hacerlo en forma personal y no por conducto de apoderado legal.

c) El absolvente, deberá presentarse a absolver posiciones el día y hora que para tal efecto señale su Señoría, apercibiéndolo legalmente para el caso de no comparecer sin justa causa, de conformidad con lo estipulado por el artículo número 302 (trescientos dos) de la Ley

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