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Dercho Mercantil-apuntes


Enviado por   •  29 de Julio de 2013  •  2.142 Palabras (9 Páginas)  •  366 Visitas

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1.-Definir que es un establecimiento mercantil.

Establecimiento: lugar donde se ejerce una profesión o industria.

Mercantil: perteneciente o relativo al mercader, a la mercancía o al comercio.

Nuestras leyes definen el concepto de establecimiento mercantil como “el lugar donde desarrollan actividades es una negociación o empresa mercantil dedicada a la venta o alquiler de satis factores o servicios con fines de lucro.

El antecedente de los establecimientos comerciales se puede encontrar en las ferias durante la Edad media, donde agricultores, ganaderos y artesanos intercambian sus productos. Más adelante, para evitar desabastecimientos entre feria y feria, surgen los almacenes o pequeños depósitos, donde un comerciante vende los artículos básicos. Así aparece el comercio minorista. Los establecimientos comerciales es el lugar físico donde reside un negocio y desarrolla sus operaciones de obtener un lucro.

El comercio es el puente entre la producción y el consumo, el comerciante debe concebir el establecimiento mercantil o comercial como un elemento fundamental de su actividad puesto que es el lugar donde se desarrolla la conexión llega a ser incluso más importante que la propia, puesto que de ello depende el éxito comercial.

2.- Definición de la sociedad mercantil y cuales son.

Es aquella sociedad que tiene por objeto la realización de uno o más actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil. Se diferencia de un contrato de sociedad civil.

Persona jurídica, creada por mínimo dos personas denominadas “socios”, los cuales se obligan a combinar sus recursos o esfuerzos para la realización de un fin común, lícito y persiguiendo el lucro, de acuerdo con las normas establecidas en su contrato social y las que por ministerio de ley le correspondan.”

Tipos de sociedades

1) Sociedad en Nombre Colectivo.

2) Sociedad en Comandita Simple.

3) Sociedad de Responsabilidad Limitada.

4) Sociedad en Comandita por Acciones.

5) Sociedad Cooperativa

6) Sociedad Anónima

3.- Clasificación de las sociedades cooperativas

Según su tipo de capital

-Capital Social: no puede ser modificado, sino por una modificación de los estatutos.

-Capital Variable: (C.V.): es variable puede disminuir y aumentar conforme el avance de la sociedad, sin procedimientos complejos.

Según su constitución

Se clasifican en sociedades de capital, sociedades de personas y sociedades mixtas.

-De capital o Compañía anónima: En esta las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y los socios solo están obligados a responder por el monto de su acción, así que al cancelar el monto de su acción o paquete accionario se deslinda de responsabilidad sobre las obligaciones de la empresa que pudieran superar este aporte.

-De sociedad o Compañía a nombre colectivo: En esta las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de todos los socios. Esto quiere decir que todos los socios están en el deber de afrontar todas las obligaciones de la empresa, por tanto si un socio fuera incapaz de responder por falta de dinero u otros motivos los demás socios asumirían el compromiso. Este sistema esta en desuso por el alto nivel de riesgo que representa que cada socio deba afrontar la totalidad de las obligaciones de la empresa, así si una división de la empresa hace un mal negocio y quiebra arrastra a todas las demás, aún sin tener nada que ver en el proceso. En su origen fue viable porque se basaba en propiedades familiares y cada uno de los miembros de las familias con un alto valor ético y moral respondían solidariamente por las obligaciones contraídas.

-De sociedad mixta o compañía de comandita: Aquí se agrupan las dos modalidades, habiendo socios cuya responsabilidad social se limita a una suma determinada y otros llamados socios solidarios o comanditantes en el que a cada uno que responden por el total de las obligaciones de la empresa.

-Compañía de responsabilidad limitada: Aquí las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado dividido en cuotas de participación. Se diferencia de las compañías en que no son fácilmente transmisibles ya que las cuotas no se pueden representar en acciones ni títulos negociables.

4.- Diferencias entre las sociedades cooperativas

1.- Sociedad en nombre colectivo.- Es aquella que existe bajo una razón social, por otra parte los socios responden de una manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.- Esta es una sociedad que prácticamente ha desaparecido de la vida jurídica, esta integrada por dos tipos de socios los cuales pueden ser los socios industriales y los socios socios capitalistas.

Socios industriales.- Los primeros aportan conocimientos y experiencia a la Sociedad, y que tienen la característica esencial que por Ley solo les corresponde una representación en la Asamblea, pero dicha representación tendrá igual valor a la del socio capitalista mayoritario, salvo disposición en contrario en los estatutos sociales, estos socios (los industriales), solo pueden exigir el pago de alimentos en una fecha determinada y que será a cuenta de utilidades.

Socios capitalistas.- Como su nombre lo dice son aquellos que aportan el Capital y estos accionistas tienen además de los alimentos mencionados con anterioridad derecho a una prestación extra en virtud tanto de la administración, como de la aportación hecha a la empresa.

2.- Sociedad en Comandita Simple.- Es aquella que existe bajo una razón Social, y en la cual encontramos dos tipos de socios, los comanditados, los cuales pueden ser uno o más y responden de manera solidaria, subsidiaria e ilimitada de las obligaciones sociales y los comanditarios los cuales solo responden hasta por el monto de su obligación.

3.- Sociedad de Responsabilidad Limitada.- Es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones sociales, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables a la orden o al portador, pues solo son cedibles en los casos que expresa la

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