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DEMANDA MERCANTIL - APUNTES


Enviado por   •  8 de Marzo de 2018  •  Prácticas o problemas  •  1.345 Palabras (6 Páginas)  •  137 Visitas

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C. JUEZ MENOR DE

PRESENTE:

__________________________________________, abogados, gestionando en cuento endosatarios en procuración del C. ________________________, carácter que acreditamos de conformidad a lo dispuesto en los artículos 29 y 35 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de acuerdo al endoso que obra en hoja adherida al documento fundatorio de la acción, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos personales el despacho ubicado en la calle ________________________________, autorizando a la C._____________________, indistintamente, ante usted, con el debido respeto comparezco a exponer;

En la vía Ejecutiva Mercantil y en Ejercicio de la Acción Cambiaria DIRECTA, venimos a presentar formal demanda sobre pago de pesos frente al C. __________________________, en su carácter de obligado directo, quien tiene su domicilio en ____________________________________, de quien reclamamos las siguientes

P R E S T A C I O N E S:

1.- El pago de la cantidad de $6,696.00 (seis mil seiscientos noventa y seis pesos 00/100 m.n.) por concepto de suerte principal que adeuda a nuestra representada; como suerte principal que se deriva del título de crédito base de la acción mismo que se anexa a la presente.

2.- El pago de los intereses ordinarios a una tasa del 70.8% setenta punto ocho por ciento anual, sobre la suerte principal; así como el pago de los demás intereses que se sigan generando hasta la total solución del adeudo.

3.- El pago de los intereses moratorios a una tasa del 8.85% ocho punto ochenta y cinco por ciento porcentaje equivalente al 1.5 uno punto cinco veces la tasa de interés ordinario mensual aplicable al importe total no cubierto, desde la fecha que incurrió en mora, hasta la fecha en que realice dicho pago y/o hasta la total liquidación del adeudo.

4.- El pago de honorarios, gastos y costas procesales, mismas que se eroguen con motivo del presente trámite judicial.

Fundan y motivan la presente demanda, los siguientes hechos y consideraciones de derecho.

HECHOS:

PRIMERO.- En __________________________, con fecha 18 dieciocho de noviembre del año dos mil once 2011, el señor______________________________ suscribió a favor de Financiera Independencia S.A.B. DE C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, E.N.R., un título de crédito de nominado “pagaré” valioso por la cantidad de $6,696.00 (seis mil seiscientos noventa y seis pesos 00/100 m.n.), en el que se pacto expresamente que el pago de la anterior suma se efectuaría mediante abonos parciales y sucesivos pagados los días 2 y 17 de cada mes, hasta la liquidación total del saldo insoluto.

SEGUNDO.- De igual forma el ahora demandado, se obligo al pago de un interés ORDINARIO global a razón del 70.8% setenta punto ocho por ciento anual, intereses que se generarían desde la firma del pagare hasta la total liquidación del adeudo, y para el caso de mora en los pagos de las amortizaciones pactadas, se obligo al pago de un interés MORATORIO a una tasa de 1.5 (uno punto cinco) veces la tasa de interés ordinario mensual aplicable al importe total no cubierto, desde la fecha de vencimiento del pago respectivo, hasta la fecha en que realice dicho pago y/o hasta la total liquidación del adeudo, que después de hacer las operaciones aritméticas correspondientes, nos resulta un equivalente del 8.85% ocho punto ochenta y cinco por ciento mensual como interés moratorio.

TERCERO.- Así mismo y como se desprende de la literalidad contenida dentro del título de crédito mercantil (pagare) materia del presente juicio, no se pacto fecha de vencimiento alguna, por lo tanto el pagare se considera pagadero a la vista, sin embargo también dentro del mismo documento mercantil se estipulo y se especifica expresamente que “EL TENEDOR DEL PRESENTE PAGARE PODRA DAR POR VENCIDO ANTICIPADAMENTE EL SALDO INSOLUTO DEL MISMO, EN CASO DE FALTA DE PAGO OPORTUNO DE CUALQUIER ABONO DEL PRINCIPAL Y EXIGUIR POR CONSIGUIENTE, EN UNA SOLA EXHIBICION EL SALDO QUE PERMANEZCA INSOLUTO EN EL MOMENTO QUE SE INCURRA EN MORA…” y por ende volviéndose

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