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Derecho Internacional


Enviado por   •  7 de Octubre de 2013  •  3.539 Palabras (15 Páginas)  •  249 Visitas

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Cap. 3. LA CONDICION JURIDICA DEL EXTRANJERO EN MEXICO

Art 60. de la Ley General de Población- que dispone que los extranjeros solo podrán dedicarse a las actividades expresamente autorizadas, y para que puedan dedicarse a alguna otra actividad requieren permiso de la Secretaria de Gobernación.

La internación y residencia en México podrán realizarse con las cualidades migratorias de: NO INMIGRANTE Y DE INMIGRANTE

Calidad migratoria de NO INMIGRANTE- Se entiende por los extranjeros que se internan en el país temporalmente. Se divide en 11 características migratorias, turista, transmigrante, visitante, ministro de culto o asociación religiosa, asilado político, refugiado, estudiante, visitante distinguido, visitante local, visitante provisional, corresponsal.

Turista- Persona que se interna en el país con fines de recreo, salud, para actividades artísticas, culturales o deportivas no remuneradas ni lucrativas, con temporalidad máxima de seis meses improrrogables. Tiene 2 rasgos distintivos: supone que las actividades que se efectúan a su amparo no serán remuneradas ni lucrativas, y su temporabilidad se limita a seis meses.

Transmigrante- Es el extranjero en tránsito hacia otro país que puede permanecer en territorio nacional hasta por 30 días.

Visitante- Es el extranjero que se interna en el país para dedicarse al ejercicio de una actividad lucrativa o no, siempre que sea licita y honesta, con autorización para permanecer en el país hasta un año.

Ministro de culto o asociación religiosa- para ejercer el ministerio de cualquier culto, que coincidan con los fines de la asociación religiosa a la que pertenezca, es necesario que esta cuente con registro previo ante la secretaria y que posea con antelación, el carácter del ministro de culto o de asociado en los términos de la Ley de Asociaciones Religiosas y culto Público. Permiso por un año y podrán concederse hasta 4 prorrogas con entradas y salidas múltiples.

Asilado político- es el extranjero que se interna en territorio nacional para proteger su libertad, o su vida, de las persecuciones políticas en su país, autorizado por el tiempo que la secretaría de gobernación juzgue conveniente.

Refugiado- Es el extranjero que se interna en territorio nacional, para proteger su vida, seguridad o libertad cuando hayan sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos u otras circunstancia que hayan perturbado gravemente el orden público en su país de origen, que lo hayan obligado a huir a otro país.

Diferencia entre asilado político y refugiado? El refugiado se comprende a grupos o núcleos de población que se desplazan y migran a México; y el asilado político se trata de la inmigración al país de personas consideradas individualmente.

Estudiante- Es el extranjero que se interna en territorio nacional para iniciar, completar o perfeccionar estudios, con prorrogas anuales y con autorización para permanecer en el país solo el tiempo que duren sus estudios y el que sea necesario para obtener la documentación final escolar respectiva, pudiendo ausentarse del país, cada año, hasta 120 días en total.

Visitante distinguido- es el científico o humanista extranjero, de prestigio internacional, a quien la secretaría de gobernación, en casos especiales y de manera excepcional, podrá otorgarle permisos de cortesía para internarse y residir en el país hasta por 6 meses.

Visitante local- Es el extranjero autorizado para visitar puertos marítimos o ciudades fronterizas, sin que su permanencia exceda de 3 días.

Visitante provisional- Es toda persona extranjera a la que la Secretaria autoriza hasta 30 días, como excepción, su desembarco provisional cuando llegue a puertos de mar o aeropuertos con servicio internacional.

Corresponsal- es el extranjero que se interna en el país para realizar actividades propias de la profesión de periodista, para cubrir un evento especial o para su ejercicio temporal, siempre que acredite debidamente su nombramiento o ejercicio de la profesión en los términos que determina la Secretaría de Gobernación.

Calidad migratoria de INMIGRANTE- Es el extranjero que se interna legalmente en el país con el propósito de radicar en el, en tanto adquiere la calidad migratoria de inmigrado. Esta calidad se divide en 8 características migratorias, rentista, inversionistas, cargo de confianza, científico, técnico, familiares, artistas y deportistas, asimilados.

Rentista- Es la persona que ha decidido llegar a territorio mexicano con objeto de vivir de sus recursos traídos del extranjero, de los intereses que produzca la inversión de su capital en certificados, títulos y bonos del Estado o de las instituciones nacionales de crédito u otras que determine la Secretaría de Gobernación o de cualquier ingreso permanente que proceda del exterior.

Inversionistas- son los extranjeros que se internan en el país, para invertir su capital en la industria, el comercio y los servicios de conformidad con las leyes nacionales, siempre que contribuyan al desarrollo económico y social del país.

Cargo de confianza- esta calidad se le autoriza al extranjero que ingresa en territorio nacional, para asumir cargos de dirección, de administrador único u otros de absoluta confianza en empresas o instituciones establecidas en la Republica, siempre que ha juicio de la Secretaría de Gobernación no haya duplicidad de cargos y el servicio de que se trate amerite la internación.

Científico- es el extranjero que se interna en el país con objeto de dirigir o realizar investigaciones científicas, para difundir sus conocimientos científicos, preparar investigadores o realizar trabajos docentes.

Técnico- Es el extranjero que ingresa al país para realizar la investigación aplicada dentro de la producción o desempeñar funciones técnicas o especializadas que no pueden ser prestadas, por los residentes del país.

Artistas y deportistas- se trata de personas que ingresan en el país para realizar actividades propias de su profesión, ya sean artísticas o deportivas, siempre que se trate de actividades benéficas para el país.

Asimilados- se refiere a un considerable número de personas extranjeras que por diferentes motivos en algún momento se internaron en territorio nacional y ya sea mediante matrimonio, o por tener hijos mexicanos, se asimilaron al medio nacional , permite a los extranjeros

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